El Gobierno frena por decreto las contrataciones en el sector público: qué sectores quedan exceptuados

El Gobierno dispuso un freno general a las contrataciones en el Estado, con excepciones puntuales y un esquema de reemplazos controlados desde 2026
El Gobierno avanzó con un decreto para frenar las contrataciones en el sector público

El Gobierno nacional resolvió suspender de manera general las nuevas contrataciones y designaciones de personal en la administración pública nacional, medida que alcanza a organismos y entidades bajo control estatal. La decisión se enmarca en una estrategia de reducción y control del gasto, impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

La medida quedó formalizada con la publicación del Decreto 934/2025 en el Boletín Oficial, donde también se detallan las excepciones permitidas y los criterios que regirán cualquier incorporación futura, bajo un esquema de mayor restricción y supervisión.

Qué establece el decreto

Según el texto oficial, las jurisdicciones y entidades comprendidas en el Sector Público Nacional no podrán avanzar con designaciones ni contrataciones de personal bajo ninguna modalidad.

Conforme el decreto, "las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8°, incisos a) y c) de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza".

En la práctica, la norma deja sin efecto las incorporaciones a plantas transitorias y las contrataciones temporales, ya sean a plazo fijo, por tiempo indeterminado, a tiempo parcial o de carácter eventual.

El alcance de la suspensión

La restricción también se extiende a los contratos por prestación de servicios con profesionales independientes, las designaciones transitorias en planta permanente y cualquier forma de vínculo laboral, exista o no relación de dependencia.

De este modo, el Gobierno busca limitar el crecimiento de la dotación estatal y avanzar con un ordenamiento integral del empleo público.

Cuáles son los sectores exceptuados

El decreto contempla una serie de excepciones. Quedan fuera de la suspensión las siguientes áreas y actividades:

  • Educación universitaria
  • Servicio Penitenciario Federal
  • Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad (con excepción del personal civil)
  • Profesionales que se desempeñen en hospitales, centros de salud e institutos de investigación y producción
  • Contrataciones en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego
  • Cuerpo de guardaparques nacionales

Reemplazos bajo control a partir de 2026

El texto introduce además un mecanismo de reemplazo limitado: desde 2026, solo se autorizará una incorporación por cada dos bajas efectivas, siempre que no correspondan a retiros voluntarios ni a salidas consensuadas.

Para concretar estos reemplazos, cada dependencia deberá solicitar autorización a la Subsecretaría de Modernización y Desarrollo del Empleo Público, que analizará la pertinencia del pedido antes de habilitar cualquier incorporación.

En casos excepcionales, y en coordinación con la Secretaría de Hacienda, se podrá autorizar el ingreso de dos personas por cada baja, siempre que el organismo demuestre una necesidad estratégica debidamente justificada y haya avanzado previamente en un proceso de racionalización de su plantel.

Otras excepciones previstas

El decreto exceptúa a las contrataciones de artistas y profesionales vinculados a la Secretaría de Cultura, limitadas a tareas intelectuales o a reemplazos dentro de cuerpos artísticos estables.

La medida tampoco afecta a las siguientes situaciones:

  • Prórrogas de designaciones transitorias y contratos en curso
  • Nombramientos de personal de gabinete conforme a la Ley Marco de Empleo Público Nacional
  • Incorporaciones a través del Programa de Movilidad y Búsquedas Internas (MoBI)
  • Ingresos derivados de concursos para plantas permanentes

Cupo de discapacidad y alcance ampliado

El decreto ratifica la prioridad en el cumplimiento del cupo laboral para personas con discapacidad, garantizando la cobertura de los cargos previstos por la Ley N° 22.431.

La decisión también alcanza a las empresas públicas y fondos fiduciarios con mayoría estatal, cuyos representantes deberán implementar criterios equivalentes de control de personal, extendiendo así la política a otros ámbitos del sector público.

Cambios normativos y prórrogas

En paralelo, el Gobierno derogó el Decreto N° 1148 del 30 de diciembre de 2024, que regulaba las condiciones de contratación en el sector público, y decidió prorrogar la vigencia de la Decisión Administrativa N° 28, publicada en febrero de 2024, que ya imponía límites a las incorporaciones.

"Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de la Decisión Administración Nº 28 del 1° de febrero de 2024 prorrogada por la Decisión Administrativa N° 1 del 6 de enero de 2025″, informaron oficialmente. A su vez, se indicó que las menciones al presupuesto 2023 deberán ser adecuadas al esquema presupuestario actualmente en vigencia.