• 2/1/2026
ALERTA

El Gobierno frena por decreto las contrataciones en el sector público: qué sectores quedan exceptuados

El Gobierno dispuso un freno general a las contrataciones en el Estado, con excepciones puntuales y un esquema de reemplazos controlados desde 2026
02/01/2026 - 09:56hs
El Gobierno avanzó con un decreto para frenar las contrataciones en el sector público

El Gobierno nacional resolvió suspender de manera general las nuevas contrataciones y designaciones de personal en la administración pública nacional, medida que alcanza a organismos y entidades bajo control estatal. La decisión se enmarca en una estrategia de reducción y control del gasto, impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

La medida quedó formalizada con la publicación del Decreto 934/2025 en el Boletín Oficial, donde también se detallan las excepciones permitidas y los criterios que regirán cualquier incorporación futura, bajo un esquema de mayor restricción y supervisión.

Qué establece el decreto

Según el texto oficial, las jurisdicciones y entidades comprendidas en el Sector Público Nacional no podrán avanzar con designaciones ni contrataciones de personal bajo ninguna modalidad.

Conforme el decreto, "las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8°, incisos a) y c) de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza".

En la práctica, la norma deja sin efecto las incorporaciones a plantas transitorias y las contrataciones temporales, ya sean a plazo fijo, por tiempo indeterminado, a tiempo parcial o de carácter eventual.

El alcance de la suspensión

La restricción también se extiende a los contratos por prestación de servicios con profesionales independientes, las designaciones transitorias en planta permanente y cualquier forma de vínculo laboral, exista o no relación de dependencia.

De este modo, el Gobierno busca limitar el crecimiento de la dotación estatal y avanzar con un ordenamiento integral del empleo público.

Cuáles son los sectores exceptuados

El decreto contempla una serie de excepciones. Quedan fuera de la suspensión las siguientes áreas y actividades:

  • Educación universitaria
  • Servicio Penitenciario Federal
  • Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad (con excepción del personal civil)
  • Profesionales que se desempeñen en hospitales, centros de salud e institutos de investigación y producción
  • Contrataciones en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego
  • Cuerpo de guardaparques nacionales

Reemplazos bajo control a partir de 2026

El texto introduce además un mecanismo de reemplazo limitado: desde 2026, solo se autorizará una incorporación por cada dos bajas efectivas, siempre que no correspondan a retiros voluntarios ni a salidas consensuadas.

Para concretar estos reemplazos, cada dependencia deberá solicitar autorización a la Subsecretaría de Modernización y Desarrollo del Empleo Público, que analizará la pertinencia del pedido antes de habilitar cualquier incorporación.

En casos excepcionales, y en coordinación con la Secretaría de Hacienda, se podrá autorizar el ingreso de dos personas por cada baja, siempre que el organismo demuestre una necesidad estratégica debidamente justificada y haya avanzado previamente en un proceso de racionalización de su plantel.

Otras excepciones previstas

El decreto exceptúa a las contrataciones de artistas y profesionales vinculados a la Secretaría de Cultura, limitadas a tareas intelectuales o a reemplazos dentro de cuerpos artísticos estables.

La medida tampoco afecta a las siguientes situaciones:

  • Prórrogas de designaciones transitorias y contratos en curso
  • Nombramientos de personal de gabinete conforme a la Ley Marco de Empleo Público Nacional
  • Incorporaciones a través del Programa de Movilidad y Búsquedas Internas (MoBI)
  • Ingresos derivados de concursos para plantas permanentes

Cupo de discapacidad y alcance ampliado

El decreto ratifica la prioridad en el cumplimiento del cupo laboral para personas con discapacidad, garantizando la cobertura de los cargos previstos por la Ley N° 22.431.

La decisión también alcanza a las empresas públicas y fondos fiduciarios con mayoría estatal, cuyos representantes deberán implementar criterios equivalentes de control de personal, extendiendo así la política a otros ámbitos del sector público.

Cambios normativos y prórrogas

En paralelo, el Gobierno derogó el Decreto N° 1148 del 30 de diciembre de 2024, que regulaba las condiciones de contratación en el sector público, y decidió prorrogar la vigencia de la Decisión Administrativa N° 28, publicada en febrero de 2024, que ya imponía límites a las incorporaciones.

"Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de la Decisión Administración Nº 28 del 1° de febrero de 2024 prorrogada por la Decisión Administrativa N° 1 del 6 de enero de 2025″, informaron oficialmente. A su vez, se indicó que las menciones al presupuesto 2023 deberán ser adecuadas al esquema presupuestario actualmente en vigencia.