Militares no llegan a fin de mes y el Gobierno les permitirá tener otro trabajo para que no abandonen la fuerza
La crisis salarial es evidente, inocultable en el sector privado y público de la economía. La particularidad de la situación de los oficiales de la Armada, Ejército y Aeronáutica es terminal. iProfesional había señalado que muchos oficiales abandonaban las fuerzas luego de años de instrucción y de una carrera meritorio porque, sencillamente, no llegaban a fin de mes.
Marinos, aviadores, oficiales de artillería, caballería que comenzaron a prestar servicio en compañías de seguridad privadas, en el mejor de los casos por ser temas de su incumbencia profesional, hasta choferes de aplicaciones o de reparto de comida a domicilio. Una situación insólita, extravagante. Un oficial del Ejército repartiendo pizza.
Militares no descartan un éxodo de las Fuerzas Armadas: la idea del Gobierno
En un primer momento, los generales, brigadieres y almirantes prohibieron que sus oficiales realizaran estas actividades paralelas que, por lo demás, comprometen la disciplina, el descanso, y la dedicación de los militares en su labor de custodiar la patria y la Nación Argentina.
Sin embargo, ante la gran cantidad de oficiales que comenzaron a solicitar la baja del servicio activo los comandantes debieron ceder y, recientemente, habilitaron la posibilidad para que los oficiales puedan tener otros trabajos u ocupaciones que les permitan sobrevivir en una economía de bajos ingresos por habitante.
El Gobierno nacional autorizó al personal de las Fuerzas Armadas a desarrollar actividades laborales complementarias fuera de su horario de servicio, una medida que fue impulsada por el Ministerio de Defensa que conduce Carlos Presti. Flexibiliza las restricciones que hasta ahora limitaban la posibilidad de que soldados, suboficiales y oficiales desempeñaran trabajos privados.
De esta manera, los integrantes de las Fuerzas Armadas podrán sumar ingresos mediante tareas compatibles con la función militar, como conducción en plataformas de transporte, reparto de pedidos, seguridad privada y otros servicios.
¿Se puede trabajar en el Ejército y tener otro empleo?: esto pasa en el resto del mundo
Si repasamos algunos casos de países integrantes de la OTAN nos encontraremos con una situación similar donde es posible que oficiales trabajen en otros lugares mientras que en países vecinos de Latinoamérica puede hasta ser considerado un delito grave.
El permiso para que los militares en servicio activo tengan un doble trabajo o "pluriempleo" varía considerablemente según las leyes de cada nación. Por regla general, los países que lo permiten exigen una autorización expresa de los mandos superiores, prohíben estrictamente los conflictos de interés y establecen que el segundo empleo jamás debe interferir con las obligaciones o la disponibilidad militar.
A continuación se detallan los principales países que contemplan esta posibilidad y sus respectivas condiciones y la situación en Argentina.
Estados Unidos
El personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas de EE. UU. puede tener un empleo secundario civil (conocido coloquialmente como moonlighting).
- Condiciones: Requiere la aprobación previa del comandante de la base o unidad mediante un memorándum oficial.
- Restricciones: El trabajo debe realizarse estrictamente fuera de las horas de servicio. Está prohibido usar el uniforme, el equipo militar o los rangos con fines comerciales. Los empleos comunes suelen ser plataformas de transporte como Uber o Lyft, reparto de comida, seguridad privada, docencia o consultoría técnica.
España
Los miembros de las Fuerzas Armadas españolas y de la Guardia Civil pueden ejercer un segundo trabajo en el sector privado gracias a regulaciones sobre compatibilidad laboral.
- Condiciones: Se debe solicitar formalmente una resolución de compatibilidad ante el Ministerio de Defensa.
- Restricciones: El segundo empleo no puede superar las 20 horas semanales. Tampoco puede provocar conflictos de interés con su labor pública ni realizarse en sectores que afecten la neutralidad de la defensa. No se permiten segundos empleos en empresas que contraten directamente con el Ministerio de Defensa.
Argentina
El Gobierno flexibilizó de forma definitiva las restricciones históricas a través de reformas normativas y decretos oficiales (como el Decreto 34/2026), permitiendo que los uniformados accedan legalmente al pluriempleo.
- Condiciones: La medida se diseñó para contrarrestar el impacto de las crisis salariales y evitar la deserción de cuadros calificados.
- Restricciones: El personal militar puede desempeñarse en otros puestos fuera del servicio activo —incluyendo funciones civiles dentro de la estructura del Ministerio de Defensa— sin perder sus beneficios salariales, su antigüedad ni afectar sus expectativas de ascenso en la carrera profesional.
Canadá
Las Fuerzas Armadas Canadienses permiten que sus miembros tengan un empleo civil secundario bajo un estricto control de rendimiento.
- Condiciones: El militar debe demostrar de manera continua que el segundo empleo no merma su rendimiento físico ni mental en sus tareas principales.
- Restricciones: Cualquier llamada al servicio militar por emergencias nacionales o despliegues internacionales anula de inmediato los horarios acordados en el empleo civil.
Tipos de trabajos habitualmente autorizados
En los países donde es legal, las actividades secundarias permitidas suelen limitarse a:
- Docencia y academia: Dar clases en universidades o centros de formación técnica.
- Sector salud: Médicos, enfermeros o paramédicos militares que cubren guardias en clínicas privadas.
- Economía de plataformas y servicios: Conducción, entregas o logística los fines de semana.
- Creación de contenido y tecnología: Desarrollo de software, consultorías de ciberseguridad o traducción.
Países con prohibición absoluta
En contraste, la gran mayoría de los países de América Latina (como México, Colombia o Chile) y de otras regiones mantienen el principio de dedicación exclusiva. En estas legislaciones, ser militar activo es incompatible con cualquier otra actividad económica remunerada, tipificándose el pluriempleo como una falta disciplinaria grave o delito.