Seguinos en las redes
Política

Desde 2027 los estatales de Río Negro podrán elegir cobertura y derivar sus aportes

La provincia aprobó una reforma que termina con la afiliación obligatoria a IPROSS y permite a los empleados estatales elegir otra cobertura desde 2027

25/09/2026
Actualizado 12:06hs

Los trabajadores estatales de Río Negro dejarán de estar obligados a permanecer en la obra social provincial. La Legislatura aprobó una reforma que convierte la afiliación a IPROSS en optativa. De esta forma, los empleados públicos, activos y pasivos, podrán elegir otra entidad para cubrirse a ellos y a su grupo familiar.

El cambio empezará a aplicarse en 2027, una vez que el Gobierno reglamente la nueva ley. Para los empleados públicos, implica que podrán decidir qué cobertura utilizar y llevar sus aportes personales a la entidad que elijan, en lugar de quedar vinculados de manera obligatoria al sistema provincial.

Cómo funcionará la libre elección de obra social

La reforma alcanza a los afiliados directos de IPROSS, tanto trabajadores activos como jubilados y pensionados, y la decisión también comprende al grupo familiar primario. Es decir, no se podrá elegir una cobertura distinta solamente para el titular y mantener al resto de la familia dentro del esquema anterior.

Es decir, una vez reglamentada la Ley, en un plazo de 120 días, el trabajador podrá optar por otra obra social o entidad de salud que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa.

Además, hay un límite para evitar cambios permanentes entre coberturas. Quien abandone IPROSS deberá permanecer al menos 12 meses en la entidad elegida. Después de ese período podrá optar por otra cobertura, mientras que para regresar a IPROSS como afiliado obligatorio directo deberá esperar 36 meses desde la primera vez que ejerció la opción.

La ley contempla una excepción si la cobertura elegida deja de prestar el servicio por una causa ajena al afiliado. En ese caso, podrá regresar a IPROSS sin esperar el plazo establecido y sin períodos de carencia.

Qué pasa con los aportes del trabajador

Uno de los principales puntos de la reforma es la cuestión monetaria. Para los trabajadores activos, el aporte personal del 4% podrá ser derivado a la entidad elegida. En el caso de los pasivos, el porcentaje correspondiente es del 5,5%.

La contribución patronal, en cambio, seguirá dentro de IPROSS. El Estado mantiene el aporte del 7%, por lo que el cambio de cobertura no supone que todos los recursos que actualmente recibe la obra social provincial sigan al trabajador.

De esta forma, si la cobertura seleccionada cuesta más que el aporte que se deriva, el trabajador deberá pagar la diferencia de su bolsillo. La ley establece que los costos o diferencias arancelarias que cobre la entidad receptora quedan a cargo del afiliado.

Qué pasará con IPROSS

El cambio también modifica la posición de la obra social provincial. Hasta ahora, los trabajadores estatales alcanzados por la ley tenían a IPROSS como cobertura obligatoria. Con el nuevo esquema, el Instituto deberá competir para conservar a sus afiliados frente a otras obras sociales y entidades de medicina prepaga.

Ese es uno de los argumentos que utilizó el Gobierno provincial para defender la reforma. El gobernador Alberto Weretilneck sostuvo que la posibilidad de elegir debería generar mayor competencia y obligar a IPROSS a mejorar sus prestaciones para retener afiliados.

El impacto sobre las cuentas del Instituto dependerá, en buena medida, de cuántos trabajadores decidan cambiar de prestador.

Es importante aclarar que, si bien IPROSS dejará de recibir los aportes personales de quienes se pasen a otra cobertura, conservará las contribuciones patronales correspondientes dentro del esquema previsto por la nueva ley.