• 10/6/2025

Cuáles son los barrios más caros y más baratos de CABA

Según un informe realizado por Zonaprop, para la adquisición de departamentos en pozo, Puerto Madero sigue siendo el lugar más caro
05/06/2025 - 21:15hs
Departamentos en dólares

Zonaprop elaboró un informe en el que revela que en la Ciudad de Buenos Aires, el precio promedio del metro cuadrado de departamentos en pozo se ubica en u$s2893, registrando un aumento del 3,3% desde enero. Por ejemplo, una unidad de dos ambientes tiene un valor aproximado de u$s150.022, mientras que una de tres ambientes se ofrece a u$s225.657.

La adquisición de un inmueble en pozo se puede hacer a través de un fideicomiso destinado a la construcción o mediante un boleto de compraventa para la unidad a desarrollar. Este método generalmente proporciona la opción de abonar un anticipo seguido de cuotas a medida que avanza la obra.

Puerto Madero sigue siendo la zona más barata y La Boca una de las más económicas

El relevamiento que hizo Zonaprop resalta que un departamento de dos ambientes de 50 m² en pozo se cotiza en u$s150.022, y uno de tres ambientes de 70 m² tiene un precio de u$s225.657. En cuanto a los barrios porteños, Puerto Madero se posiciona como el más caro, con un precio medio de u$s6294 por metro cuadrado. Otros barrios destacados son Núñez, donde la inversión comienza desde u$s4129/m2, y Palermo, que alcanza un valor medio de u$s3973/m2.

En paralelo, La Boca presenta precios más accesibles, con un promedio de u$s1701/m2; Floresta, con u$s1806/m2; y Villa Lugano, con un costo que empieza en u$s1879/m2. Según el informe de Zonaprop, las unidades de dos ambientes constituyen el 66% de la oferta total de departamentos en pozo, mientras que el restante 34% corresponde a unidades más amplias.

En comparación con el año anterior, la demanda de unidades en pozo ha crecido un 4,9%, y la oferta ha aumentado un 10,7%. Además, el mercado se encuentra predominantemente concentrado en Palermo, con un 9% de participación, seguido por Belgrano y Caballito, que representan el 5% y el 4% de los anuncios disponibles en venta, respectivamente.

Se elevó el monto para comprar propiedades con dólares sin declarar su origen

El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la resolución 78/2025, que establece modificaciones relevantes en los controles aplicables a la compra de inmuebles, automóviles y depósitos en efectivo. El objetivo central de la medida es fomentar la utilización de los llamados "dólares bajo el colchón" —aquellos que no están bancarizados ni declarados—, facilitando su incorporación al circuito económico formal.

Una de las principales novedades de esta resolución es la elevación del umbral de las operaciones que deben ser informadas a la Unidad de Información Financiera (UIF). Hasta ahora, las compraventas inmobiliarias por un valor superior a 200 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) —aproximadamente $62.680.000, o u$s53.500 al tipo de cambio actual— debían reportarse obligatoriamente. 

Con la nueva normativa, ese umbral se incrementa a 750 SMVM, equivalentes a unos $235.050.000 o u$s200.000. Esto significa que solo las operaciones por encima de ese monto deberán ser comunicadas mensualmente a la UIF por parte de los registros. Dicha suma alcanzaría para un departamento de dos ambientes, según los datos mencionados previamente, pero no para uno de 3.

Esta modificación, según el texto oficial, responde a un "desfasaje actual de los valores existentes en materia de umbrales" y se enmarca dentro de un enfoque de gestión basado en riesgos, tal como promueve el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Los registros continuarán reportando la información de forma digital hasta el día 15 de cada mes.

La resolución se complementa con otras medidas previamente anunciadas por el Gobierno, como el nuevo régimen simplificado del impuesto a las ganancias para personas físicas, que ya no exige la presentación de declaraciones patrimoniales al inicio ni al final del año fiscal. Esto implica la eliminación del "cruce patrimonial", herramienta que permitía a la AFIP detectar discrepancias entre ingresos y bienes.

También se eliminó el régimen del COTI (Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles), que obligaba a declarar ante la AFIP cualquier operación inmobiliaria por encima de cierto monto. A diferencia del COTI -cuyo propósito era registrar las operaciones ante el organismo recaudador-, la resolución 78/2025 se refiere a los reportes exigidos por la UIF, que se encarga de prevenir delitos financieros como el lavado de dinero, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

Estos cambios buscan flexibilizar los requisitos previos para concretar operaciones inmobiliarias o vehiculares, en un intento por dinamizar el mercado y permitir que se concreten transacciones que hasta ahora se frustraban por la imposibilidad de justificar el origen de los fondos. Sin embargo, las autoridades mantienen facultades de fiscalización. La norma no implica una legalización automática del uso de dinero no declarado; si el Estado detecta inconsistencias, puede iniciar acciones legales por evasión fiscal.

En términos prácticos, se espera que la nueva normativa facilite las operaciones de compraventa de inmuebles de hasta u$s200.000, un segmento donde predominan los ahorros informales. Se prevé que esta flexibilización contribuya a movilizar activos que, hasta ahora, permanecían fuera del circuito económico formal, con el potencial de reactivar el sector inmobiliario en el corto plazo.

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