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Después de días de paro, la Ciudad dejó sin efecto la Ley de Residencias

La legislatura porteña había aprobado una norma que despertó la molestia de los médicos residentes y concurrentes de los hospitales de la Ciudad
04/12/2019 - 17:07hs
Después de días de paro, la Ciudad dejó sin efecto la Ley de Residencias

Después de días de paro de residentes y concurrentes de la Ciudad de Buenos Aires, el gobierno porteño dejó sin efecto la ley que habían aprobado días atrás. La norma, impulsada por el bloque oficialista de la Legislatura porteña, había sido aprobada el pasado jueves como "una política estratégica, integral y de calidad para el desarrollo del capital humano, cuyo propósito es coordinar y complementar la formación de profesionales en función de las necesidades de la población", como dice el primer artículo de la ley sancionada según la web oficial de dicha entidad.

A partir de su sanción, los médicos residentes y concurrentes de los hospitales porteños decidieron un paro a modo de protesta, puesto que la norma introducía una serie de cambios en el Régimen. Una medida que había sido dispuesta para el viernes 29 acabó por extenderse hasta este miércoles, cuando finalmente la norma quedó sin efecto y los médicos afectados vieron su reclamo hecho realidad.

Cabe recordar que la ley, que hubiera entrado en vigencia el 1° de enero de 2020, derogaba viejas ordenanzas de 1985, 1987 y 1991 por considerarlas "desactualizadas y poco integradas con la dinámica actual de la formación profesional de posgrado en el sistema público estatal de la Ciudad".¿Qué decía la ley?

Uno de los puntos centrales de la norma era que establecía una serie de requisitos para ingresar al Régimen de Residencias. Entre ellos, se encontraban ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, o extranjero que acredite residencia en el país; tener condiciones de conducta e idoneidad; aptitud psicofísica requerida; tener título de grado expedido por Universidades o Instituciones Oficiales de la República Argentina; poseer matrícula profesional habilitante para ejercer la profesión en el ámbito de la Ciudad y haber cumplimentado las condiciones del Concurso Anual de Residencias, el cual constará de un examen objetivo de conocimientos.

A su vez, establecía que durante la práctica profesional, los residentes tendrían derecho a percibir una remuneración; podrían acceder a un régimen de licencias; a instalaciones hospitalarias apropiadas para el descanso y estudio; obtendrían comidas necesarias para el día en el servicio; acceso a medio informáticos de calidad; derecho sindical; derecho de formación; percepción de estipendio por investigación y aguinaldo, entre otros. Otro artículo de la ley definía los parámetros sobre la carga horaria del programa. Según indica la información oficial decía: "La residencia implica una carga horaria mínima de 36 horas semanales y una máxima de 64 por semana. La distribución de dicha carga horaria será definida por la Autoridad de Aplicación, en función de lo requerido por cada Programa Docente General para la formación del perfil profesional".

Fue precisamente ese el punto que generó más controversia. De acuerdo a lo indicado desde la Legislatura, la ley afirmaba: "la carga horaria máxima a cumplir por cada residente incluirá la distribución de actividades formativas supervisadas durante días hábiles y no hábiles, y actividades de formación intensiva continua, si el Programa de Formación así lo contempla. La carga horaria máxima para actividades habituales será de hasta 9 horas diarias -exceptuando la formación intensiva continua- en días y horarios determinados por la Adaptación Local del Programa de formación, y de acuerdo al Programa Docente General de la Residencia de la especialidad y/o disciplina".

Por otro lado, se establecía que el ingreso al Régimen de Residencias será realizado una vez al año mediante concurso público abierto, garantizando la transparencia, equidad e inclusión en el acceso al mismo.