BOLETÍN OFICIAL

Anmat retira del mercado un suplemento dietario por irregularidades en su documentación

La Anmat prohibió la fabricación, venta y comercialización de un suplemento de creatina monohidrato por carecer de registros y ser falsamente rotulado
Por iProfesional
SALUD - 29 de Agosto, 2025

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso, a través de la Disposición 6195/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial, prohibir la fabricación, el fraccionamiento y la venta online de un suplemento dietario en todo el país.

El "suplemento dietario a base de creatina monohidrato en polvo sabor durazno, marca Wolf Nutrition, RNPA: EX-2024-36557-GDEBA-DAYPANMG" carecía de registros de establecimiento y de producto, y su rótulo mostraba números de RNE y RNPA inexistentes. La Anmat lo consideró ilegal y ordenó su retiro del mercado.

El inicio de la investigación

El procedimiento se activó tras la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), lo que motivó un proceso de inspección. Intervino la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires, que determinó la infracción.

La Anmat precisó que, "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la Argentina".

Protección al consumidor

Además, la autoridad sanitaria destacó: "A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos que carecen de registros, motivo por el cual no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto".

Los suplementos, que se ofrecían a través de plataformas de venta online y redes sociales, prometían mejorar la salud y controlar el peso. La Anmat los calificó como ilegítimos y prohibió su fabricación y comercialización "en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".

La ANMAT prohíbe un suplemento dietario por incumplir requisitos de importación

A principios de agosto, la Anmat había ordenado prohibir la producción y comercialización de un suplemento dietario que no cumplió con el procedimiento oficial para importar alimentos y fue catalogado como ilegal.

La medida fue establecida mediante la disposición 5661/2025, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a varias presentaciones de la marca Carbón Coco, conocida por utilizar estrategias de marketing con influencers.

La disposición afecta a todos los lotes, presentaciones, fechas de vencimiento y contenidos netos de los siguientes productos:

  • Blanqueador dental Natural Teeth Whitening Coco
  • Blanqueador dental Natural Teeth Whitening Menta
  • Blanqueador dental Natural Teeth Whitening Limón
  • Blanqueador dental Natural Teeth Whitening Frutilla
  • Enjuague bucal Activated Charcoal Alcohol Free Rinse
  • Mascarilla facial Mask

Según detalla la normativa, ninguno de estos productos cuenta con inscripción ante el organismo regulador y se detectaron irregularidades en su rotulado, incluyendo datos falsos.

Por este motivo, la Anmat los declaró "ilegítimos" y dispuso su retiro del mercado para "proteger a los usuarios de los efectos derivados de su uso", ya que "no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos".

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