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Cuidado si usás lentes de contacto: ANMAT prohibió la venta de conocida marca

La ANMAT prohibió en todo el país varios productos para lentes de contacto de la marca NOVMAS por carecer de registro sanitario y rotulado obligatorio
Por iProfesional
SALUD - 06 de Marzo, 2026

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, venta y distribución en Argentina de distintos artículos relacionados con el cuidado de lentes de contacto.

La medida se formalizó a través de la Disposición 1099/2026, luego de que el organismo detectara que los productos circulaban en el mercado sin la habilitación sanitaria correspondiente.

Lentes de contacto sin información esencial

La decisión alcanza a todos los lotes, colores y presentaciones de tres artículos de la marca NOVMAS, entre ellos lentes de contacto y una solución óptica destinada a su limpieza y conservación.

De acuerdo con el informe oficial, durante inspecciones realizadas por el Departamento de Control de Mercado se encontraron unidades que carecían de información básica en su etiquetado. Entre los datos ausentes figuraban el número de lote, la fecha de fabricación, el vencimiento y el registro sanitario

ANMAT advierte sobre riesgos por productos médicos sin registro sanitario

Desde el organismo explicaron que los productos médicos que se comercializan sin registro sanitario no pasan por evaluaciones técnicas ni controles de calidad. Por esa razón, no existe garantía sobre su seguridad, eficacia o condiciones de uso.

Ante este escenario, la ANMAT advirtió que el empleo de estos artículos podría implicar riesgos para quienes los utilicen.

Prohibición en todo el país

Con el objetivo de impedir que estos productos continúen circulando, el organismo resolvió su prohibición total en el territorio nacional.

Además, recordó a los consumidores que los dispositivos médicos deben adquirirse únicamente en comercios habilitados y con la correspondiente autorización sanitaria.

La ANMAT simplificó la importación de productos médicos, cosméticos y de higiene

Por otro lado, ANMAT oficializó un nuevo esquema regulatorio que simplifica los requisitos para la importación y comercialización de productos médicos, cosméticos y de higiene. La medida fue formalizada mediante la Disposición 236/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

La normativa se inscribe en el proceso de simplificación administrativa impulsado por el Gobierno nacional y se apoya en lo dispuesto por el Decreto N° 892/2025, que promueve un modelo de confianza regulatoria basado en el reconocimiento de certificaciones emitidas por autoridades sanitarias de referencia internacional.

El nuevo régimen comprende a productos médicos de riesgo clase I y II, productos de diagnóstico in vitro (IVD) de clase A y B que no requieran cadena de frío, productos domisanitarios, de higiene personal, cosméticos y perfumes.

También quedan incluidos los productos de higiene oral de uso odontológico, los productos higiénicos descartables de uso externo y los productos higiénicos de uso intravaginal, siempre que sean de origen extranjero y cumplan con la normativa sanitaria vigente en la Argentina.

Declaración jurada y notificación previa

Uno de los ejes centrales de la disposición es la implementación de un sistema de inscripción y autorización mediante declaración jurada, que tendrá carácter de notificación previa a la puesta en el mercado. El trámite deberá realizarse a través de las plataformas digitales de la ANMAT.

Según explicaron desde el organismo, este mecanismo permitirá contar con información precisa sobre los productos importados sin generar demoras innecesarias en su ingreso y comercialización.

Requisitos para las empresas importadoras

La norma establece que los productos alcanzados solo podrán ser importados y comercializados por empresas debidamente habilitadas. Además, cada producto deberá encontrarse inscripto y autorizado ante la ANMAT, aun cuando se aplique el nuevo esquema simplificado.

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