iProfesionaliProfesional

Las reformas de Ganancias y Monotributo se debatirán la próxima semana en el Senado

La sesión especial será solicitada, a más tardar, este lunes 5 de abril por el presidente del bloque del Frente de Todos, José Mayans
03/04/2021 - 19:06hs
Las reformas de Ganancias y Monotributo se debatirán la próxima semana en el Senado

El proyecto de ley que exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores que cobren hasta $150.000, junto con una iniciativa para reformar el régimen de Monotributo, serán debatidos la semana próxima en una sesión especial de la Cámara de Senadores, y se descuenta que serán convertidos en ley ya que ambas iniciativas cuentan con el respaldo del oficialismo y de la oposición.

La sesión especial será solicitada, a más tardar, este lunes 5 de abril por el presidente del bloque del Frente de Todos, José Mayans, con la intención de que el miércoles o el viernes los temas puedan ser debatidos en el recinto de sesiones luego de su aprobación, el fin de semana pasado, por Diputados.

Ambos proyectos cuentan, tal como ocurrió en la Cámara baja, con el apoyo de Juntos por el Cambio, por lo que su sanción está prácticamente garantizada.

El proyecto para modificar el alcance del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores que cobren hasta $150.000 mensuales, también se extiende a los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos.

Los trabajadores que cobren entre $150.000 y $173.000 pagarán el gravamen, pero la AFIP establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos.

Asimismo, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social).

La ley tendrá vigencia al 1 de enero de este año, por lo que el Gobierno devolverá los descuentos ya realizados

Los trabajadores que cobren entre $150.000 y $173.000 pagarán el gravamen, pero la AFIP establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos

Uno de los cambios introducidos a último momento en la Cámara de Diputados, establece que los ex presidentes y vicepresidentes de la Nación pagarán Ganancias sobre las asignaciones vitalicias.

Asimismo, se establece que la ley tendrá vigencia al 1 de enero de este año, por lo que el Gobierno devolverá los descuentos ya realizados.

Tampoco el aguinaldo de los sueldos hasta $150.000 brutos pagará impuesto a las Ganancias, mientras que el personal de salud seguirá eximido hasta septiembre por las guardias u horas extras, en virtud de la pandemia de coronavirus.

El proyecto establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

Los gastos de guardería sobre niños de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de $67.000. Asimismo, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado que en la actualidad es de $78.833, y se elimina el tope de edad.

También quedan eximidos del impuesto los bonos productivos hasta un tope del 40% de la ganancia, y las horas extras de los recolectores de residuos.

Otro de los beneficios incluidos en el proyecto es que se podrá deducir de Ganancias herramientas educativas de los trabajadores asalariados. Por otro lado, la reforma del régimen de Monotributo propone actualizar los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso de contribuyentes al régimen general.

Monotributo

La iniciativa contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo.

La reforma propiciada por la AFIP busca armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar las personas monotributistas.

Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.

La iniciativa contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020

Los que superaron ese monto se tendrán que pasar al régimen general, y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.

De acuerdo con el texto, podrán deducir además en el primer año el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercer año.

Finalmente, el proyecto establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Cambios al proyecto de Ganancias

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto elevado por Sergio Massa y ahora resta el visto bueno de los senadores para que la propuesta se convierta en ley y se implementen todos los cambios.

Mucho se habló de la iniciativa y recibió varios ajustes antes de ser debatida en el recinto. Por este motivo, es ideal hacer un repaso por el texto aprobado el sábado pasado.

El proyecto aprobado no sólo ajustó las deducciones que pueden computar los empleados y jubilados que cobran hasta $150.000 brutos mensuales, sino que también agregó nuevos conceptos a la lista.

También, definió el alcance del impuesto para determinados conceptos, mantuvo algunas exenciones y deducciones, y estableció algunas aclaraciones para computar algunos gastos.

Iván Sasovsky, socio fundador y CEO de Sasovsky & Asociados
Iván Sasovsky, socio fundador y CEO de Sasovsky & Asociados

Todas las modificaciones se pueden resumir en tres grandes conjuntos: exenciones, deducciones y aclaraciones para determinar el cálculo de determinados conceptos. A continuación, el detalle de cada uno:

Exenciones

La iniciativa aprobada incluyó tres nuevas exenciones. Se trata de los incisos "x)", "y)" y "z)" que se suman al artículo 26. Los mismos establecen:

  • Inciso x): está exento el salario que perciban los trabajadores en relación de dependencia en concepto de bono por productividad, fallo de caja, o conceptos de similar naturaleza, cuyos sueldos brutos no superen los $300.000 mensuales. Tope: 40% de la ganancia no imponible (hoy la ganancia no imponible es de $167.678,40, por lo que el tope es de $67.071,36).
  • Inciso y): están exentos los suplementos particulares del salario que perciba el personal militar en relación de dependencia.
  • Inciso z): está exento el SAC para sujetos con remuneración y/o haber bruto que no supere los $150.000 mensual.

Respecto de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, no alcanza a los siguientes conceptos:

  • Las asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación dispuestas por la Ley 24.018.

Asimismo, mantiene la siguiente exención:

  • Personal de salud y recolección de residuos: prorroga hasta el 30 de septiembre de 2021 la exención de los rubros adicionales (tales como horas extras, guarias u otros conceptos específicos y adicionales) que hayan surgido en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el COVID.

Deducciones

La propuesta aprobada por Diputados modifica las siguientes deducciones:

  • Conviviente o concubino: $156.320,63 (iguala la situación de los cónyuges con quienes no están casados en términos legales). Tiene las mismas restricciones que las de los cónyuges, o sea que se pueden deducir siempre que el conviviente o concubino no posea ingresos superiores a S167.678,40 anuales, sea residente del país y estén a cargo del contribuyente.
  • Deducción por hijo incapacitado: se duplica la deducción respecto de la existente para hijos incapacitados. El monto a deducir será ahora de $157.666,16 anuales.
  • Deducción especial para empleados con remuneraciones inferiores a $150.000 brutos mensuales: esta deducción será variable de acuerdo a los ingresos, de modo que la base imponible para aquellos con sueldos brutos de $150.000 mensuales sea igual a cero ("0"). No se considera el SAC a la hora de determinar el tope de $150.000 mensuales.
  • Deducción especial para contribuyentes con remuneraciones y/o haberes que superen los $150.000 pero no excedan los $173.000 brutos mensuales: habilita al Poder Ejecutivo para definir una deducción adicional.
  • Deducción especial para jubilados: esta deducción será variable de acuerdo a los ingresos, de modo que la base imponible para aquellos con haberes brutos de $150.000 mensuales sea igual a cero ("0"). Si ese importe (es decir, los $150.000 brutos mensuales) es menor al equivalente a 8 haberes mínimos garantizados, se debe considerar este último como base de cálculo para determinar la deducción variable. No corresponderá este criterio cuando el jubilado tenga ingresos por otra actividad superiores a $167.678,40 anuales o sea contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales.
Ganancias: punto por punto, cuáles fueron las modificaciones que aprobó Diputados
Ganancias: punto por punto, cuáles fueron las modificaciones que aprobó Diputados

Asimismo, incorpora las siguientes deducciones:

  • Gastos de guardería: el reintegro por gastos de guardería por hijos de hasta 3 años (siempre que la empresa no tenga instalaciones) quedará excluido de Ganancias (no define tope alguno).
  • Herramientas educativas: están excluidos los gastos por provisión de herramientas educativas para hijos de los trabajadores (no define tope alguno).
  • Cursos o seminarios de capacitación o especialización: estarán excluidos, siempre que no sean indispensables para el desempeño y desarrollo de la carrera del empleado o dependiente dentro de la empresa, con un tope del 40% de la ganancia no imponible (o sea, que tiene un tope de $67.071,36 anuales).

Por último, mantiene la siguiente deducción:

  • Empleados o jubilados zona desfavorable: incremento del 22% de las deducciones personales computables.

Aclaraciones para determinar el cálculo de determinados conceptos

La propuesta elevada por el diputado Sergio Massa también establece las siguientes aclaraciones para definir algunos conceptos deducibles:

  • Movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas: quedarán eximidas las sumas definidas por tales conceptos determinadas en los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) o en los efectivamente liquidados (si no están estipulados en el CCT). Tope del 40% de la ganancia no imponible (o sea, que tiene un tope de $67.071,36 anuales).
  • Transporte de larga distancia: se entiende como transporte de larga distancia a la conducción de vehículos cuyo recorrido exceda los 100 kilómetros del lugar habitual de trabajo.
  • Gastos personales: no podrán deducirse, salvo aquellos que defina expresamente la nueva Ley.

La norma entrará en vigencia con efecto retroactivo al 1 de enero de 2021, aunque el Poder Ejecutivo podrá modificar los importes referentes a las deducciones especiales durante este mismo período fiscal 2021.

Si bien resta la discusión en la Cámara de Senadores, lo cierto es que no se esperan mayores cambios a la propuesta aprobada en Diputados. Por ende, estos serían los cambios que abría que implementar ni bien el texto aprobado sea publicado en el Boletín Oficial.

Iván Sasovsky, socio fundador y CEO de Sasovsky & Asociados

Temas relacionados