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El Gobierno postergó la decisión de levantar la cuarentena para los argentinos que regresen de viajes laborales

El Ejecutivo había establecido que la medida comenzaría a regir desde el viernes. Pero, finalmente aplazó la resolución por tres semanas más
28/08/2021 - 20:34hs
El Gobierno postergó la decisión de levantar la cuarentena para los argentinos que regresen de viajes laborales

El viernes, el Gobierno decidió exceptuar de cumplir con la cuarentena obligatoria de 14 días a aquellas personas que regresen a la Argentina tras un viaje al exterior por razones laborales o comerciales y que estén completamente vacunadas contra el coronavirus. Sin embargo, de acuerdo a una decisión administrativa publicada este sábado en el Boletín Oficial, la medida recién comenzará a regir el 20 de septiembre.

Según la Decisión Administrativa 846/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el beneficio alcanza tanto a los argentinos y extranjeros residentes en el país como a los extranjeros no residentes que fueron autorizados a ingresar al país por la Dirección Nacional de Migraciones "para desarrollar una actividad laboral o comercial esencial para la que fueron convocados".

La excepción de la cuarentena obligatoria regirá desde el 20 de septiembre

"La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial", señalaba la Decisión 846/2021. Sin embargo, la Decisión Administrativa 853/2021 publicada este sábado señala en su primer artículo: "Establécese que la Decisión Administrativa N° 846/21 resultará de aplicación a partir del día 20 de septiembre de 2021″.

Como posible justificación, en los "considerando", el nuevo texto señala "que corresponde disponer las condiciones para la correcta implementación e instrumentación de los mecanismos de ingreso y control dispuestos en la Decisión Administrativa N° 846/21″. Por otra parte, la comunicación del viernes ya advertía que la dirección de Migraciones podría dictar "las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación de la presente medida".

Quiénes están exceptuados

De acuerdo a la medida que lleva las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de la ministra de Salud, Carla Vizzotti, para que los viajeros puedan acceder a la excepción se deben cumplir los siguientes requisitos:

Acreditar esquema de vacunación completo, con una antelación de por lo menos 21 días a su ingreso al país. Las personas vacunadas en territorio nacional consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la Dirección de Migraciones, mientras que quienes se hubieran vacunado en el exterior, lo acreditarán con la documentación respaldatoria que adjuntarán a la citada declaración jurada.

Adicionalmente a la prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las 72 horas previas al embarque y al test de antígenos exigido al ingreso al país, deberán realizarse 2 pruebas PCR, una al quinto día y la otra al décimo día, computados desde la realización del primer test, cuyos resultados deberán ser negativos. El costo de los tests quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

Uno de los requisitos: acreditar esquema de vacunación completo, con una antelación de por lo menos 21 días

Desarrollar sus actividades laborales y/o comerciales extremando la observancia de las medidas de prevención y cuidado, por el plazo de 10 días computados desde la toma de muestra de la prueba PCR negativa en origen, realizada dentro de las 72 horas previas al embarque.

Consignar en la declaración jurada el motivo laboral y/o comercial del viaje de que se trate y los datos del empleador, contraparte comercial o referente de la actividad comercial y/o laboral en cuestión, adjuntando la certificación y/o la documentación respaldatoria pertinentes.

Hasta el momento, las personas que regresaban al país debían someterse a las condiciones fijadas en el DNU 260/20 que obligaba a los viajeros a mantener un aislamiento obligatorio de 14 días. Incluso se exigía información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para "determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción".

La normativa habilitaba a las autoridades en general a radicar una denuncia penal en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento.

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