FUERZAS ARMADAS

El Gobierno oficializa la renovación del Servicio Militar Voluntario: las condiciones

El Gobierno nacional definió nuevas exigencias académicas, procesos de admisión y normas para mantenerse en las Fuerzas Armadas
Por iProfesional
ACTUALIDAD - 02 de Junio, 2025

El Gobierno decidió avanzar con una serie de modificaciones en el Servicio Militar Voluntario, un programa que existe desde hace varias décadas. Estas actualizaciones fueron formalizadas mediante el Decreto 372/2025, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial. La firma del decreto corresponde al presidente Javier Milei, al jefe de Gabinete Guillermo Francos, y al ministro de Defensa, Luis Petri.

Esta actualización, que ya había sido anticipada la semana pasada por el vocero presidencial, Manuel Adorni, modifica la reglamentación de la Ley 24429 y afecta a todos los ciudadanos que deseen sumarse a las Fuerzas Armadas como voluntarios.

Cuáles son los nuevos requisitos y procesos de ingreso

El decreto introduce como novedad la exigencia de que los soldados voluntarios que no hayan completado la educación secundaria deben finalizarla obligatoriamente. Asimismo, fortalece la formación en oficios y la certificación oficial de competencias laborales, aplicable tanto a quienes permanezcan en las Fuerzas Armadas como a quienes luego se incorporen al ámbito laboral civil.

La medida busca adecuar el Servicio Militar Voluntario a las exigencias operativas actuales de las Fuerzas Armadas, así como a los cambios en las políticas de defensa y educación. Estos cambios afectan tanto a los soldados voluntarios, actuales y futuros, como a las autoridades militares responsables de su formación y gestión.

Los nuevos requisitos para ingresar

El decreto reemplaza varios artículos centrales de la reglamentación previa. El artículo 3° establece que la cantidad de tropas voluntarias a incorporar será definida por cada fuerza armada en función de sus necesidades dentro del planeamiento para la defensa nacional. La inscripción y verificación de requisitos quedará a cargo de cada fuerza.

El nuevo artículo 8° exige acreditar la finalización de la educación primaria y aprobar un examen psicofísico. Los aspirantes tendrán que realizar un curso de admisión de entre 10 y 12 semanas, luego de lo cual serán incorporados "en comisión" como Soldados Voluntarios de Segunda por un período máximo de dos años.

El artículo 4° establece que los soldados voluntarios están obligados a finalizar la educación secundaria, conforme al artículo 29 de la Ley de Educación Nacional 26.206. Para ello, el Ministerio de Defensa diseñará un programa académico que será enviado a la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano para su validación. La incorporación a este programa no interferirá con las responsabilidades habituales del servicio militar.

El artículo 9° establece que, al momento de la desvinculación, el Ministerio de Defensa junto con la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social otorgarán un certificado oficial de oficios y competencias, reconocido a nivel nacional, incluso para aquellos voluntarios que no hayan finalizado la educación secundaria. Según el texto, estas formaciones técnicas estarán "directamente vinculadas a las necesidades del servicio".

Únicamente en situaciones excepcionales, cuando un soldado voluntario haya mostrado un rendimiento sobresaliente y evidenciado progresos verificables en la educación secundaria, una Junta de Calificaciones podrá sugerir hasta dos prórrogas de dos años cada una. Si después de seis años no se completa la formación escolar mínima requerida, el soldado será dado de baja y trasladado a la reserva.

Además, el artículo 16 establece la exclusión del Servicio Militar Voluntario para aquellas personas que cuenten con antecedentes penales o policiales que impliquen un peligro para la comunidad, así como para quienes hayan sido expulsados por motivos disciplinarios de las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad Federales, las Policías Provinciales o los Servicios Penitenciarios Provinciales.

Soldados voluntarios más preparados: la actualización del régimen militar

El decreto señala que la actualización del régimen pretende tener soldados voluntarios "altamente calificados, instruidos y preparados, de acuerdo a las necesidades operacionales actuales de las Fuerzas Armadas".

La medida también tiene como objetivo favorecer la salida laboral de quienes finalizan su servicio, garantizando la culminación del secundario y la acreditación de competencias técnicas.

Para concluir, el decreto enfatiza la necesidad de formación específica para el desarrollo de misiones subsidiarias, tales como el apoyo humanitario en casos de emergencia y desastres.

En esta línea, señala que "la ampliación de la instrucción militar debería incluir la capacitación para el cumplimiento de las misiones subsidiarias asignadas a las Fuerzas Armadas, brindando el apoyo necesario a la comunidad con ayuda y asistencia humanitaria ante situaciones de emergencias y desastres".

Cuál es el sueldo promedio de un soldado voluntario de Argentina en 2025

Las personas que desempeñan tareas en las Fuerzas Armadas recibieron en mayo un nuevo incremento salarial, tal como aparece en la última resolución conjunta del Ministerio de Defensa y el Ministerio de Economía.

El aumento impacta en el personal del Ejército Argentino, la Armada y la Fuerza Aérea. La normativa marca los montos exactos para cada cargo y, las partidas dependen del presupuesto general de la administración pública nacional del Ministerio de Defensa.

De esta forma, los salarios fueron los siguientes:

  • Teniente General, Almirante, Brigadier General: $2.613.259
  • General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor: $2.330.450
  • General de Brigada, Contralmirante, Brigadier: $2.123.272
  • Coronel, Capitán de Navío, Comodoro: $1.859.800
  • Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro: $1.617.005
  • Mayor, Capitán de Corbeta: $1.273.932
  • Capitán, Teniente de Navío: $1.055.067
  • Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente: $938.420
  • Teniente, Teniente de Corbeta: $846.017
  • Subteniente, Guardiamarina, Alférez: $766.215
  • Suboficial Mayor: $1.306.627
  • Suboficial Principal: $1.158.356
  • Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante: $1.026.898
  • Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar: $903.271
  • Sargento, Cabo Principal: $810.933
  • Cabo Primero: $727.764
  • Cabo, Cabo Segundo: $673.588

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