Cuándo es el próximo fin de semana largo y cómo se pagará por trabajar
El mes de noviembre trae el último fin de semana largo del 2025, aunque no todos los días de descanso tienen el mismo carácter legal. En esta oportunidad, el viernes 21 de noviembre fue declarado día no laborable con fines turísticos, mientras que el feriado por el Día de la Soberanía Nacional, que normalmente se conmemora el 20, se trasladará al lunes 24 de noviembre.
De esta forma, el calendario ofrece cuatro días consecutivos de descanso: viernes 21, sábado 22, domingo 23 y lunes 24 de noviembre. Sin embargo, el tratamiento laboral y la forma de pago difieren entre ambas fechas.
Qué significa que el 21 de noviembre sea no laborable
A diferencia de los feriados nacionales, los días no laborables no implican descanso obligatorio. De acuerdo con el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), en esas fechas el trabajo es optativo para el empleador, salvo en sectores específicos como bancos, seguros o servicios esenciales, donde se aplican reglas propias.
Esto significa que cada empresa puede decidir si otorga el día libre o mantiene la jornada habitual. Si el empleador dispone que se trabaje, el pago será el salario simple, sin ningún tipo de recargo. En cambio, si la empresa decide no convocar al personal, el trabajador debe percibir su remuneración habitual, como si hubiera prestado servicios normalmente. Es decir, el empleado no puede sufrir descuentos por no asistir ese día si la empresa resolvió no abrir o suspender actividades.
Cómo se paga si trabajás el feriado del 21 de noviembre
Durante los días no laborables, quienes trabajen cobrarán su salario normal, sin el adicional del 100% que se aplica en los feriados. Por ejemplo, un empleado de comercio o una trabajadora de casas particulares que preste servicios el viernes 21 percibirá el valor común de la jornada, sin pago doble.
Del mismo modo, si la empresa otorga el día libre, el trabajador también recibirá su sueldo habitual, ya que la jornada se considera abonada como si se hubiera trabajado. La diferencia principal con los feriados nacionales radica justamente en este punto: en los feriados el descanso es obligatorio, y si el empleado presta tareas, el empleador debe pagar el doble del salario correspondiente a ese día.
Feriado del Día de la Soberanía Nacional: lunes 24 de noviembre
El Día de la Soberanía Nacional, que recuerda la Batalla de la Vuelta de Obligado de 1845, se trasladará al lunes 24 de noviembre. A diferencia del 21, esta fecha sí tendrá carácter de feriado nacional. En consecuencia, las empresas deberán otorgar el descanso obligatorio o, si el trabajador presta servicios, abonarle el día con un recargo del 100%. Esto significa que el empleado cobrará el doble de su salario habitual por esa jornada trabajada.
De esta forma, el último fin de semana largo del año combina un día no laborable y un feriado nacional, generando un esquema particular en el que las condiciones de pago y descanso dependen del tipo de jornada y la decisión del empleador.