DERECHO DE ADMISIÓN

Nuevas restricciones en el fútbol: endurecen controles e impiden el ingreso a estadios a deudores alimentarios

El Gobierno amplió el régimen de Tribuna Segura e incorporó a deudores alimentarios morosos entre quienes pueden quedar fuera de estadios
Por iProfesional
ACTUALIDAD - 13 de Mayo, 2026

El Poder Ejecutivo sumó un nuevo criterio al sistema que regula el ingreso a espectáculos futbolísticos: las personas que tengan deuda de cuota alimentaria podrán ser excluidas de los estadios. La decisión se formalizó a través de la Resolución 429/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y se integrará al programa Tribuna Segura cuando exista una disposición judicial o administrativa activa.

La medida introduce una actualización del artículo 2° de la Resolución 354/2017, que establece el régimen de Restricción de Concurrencia Administrativa a eventos de fútbol. Desde el Gobierno explicaron que la modificación busca adaptar el sistema a nuevas situaciones detectadas en distintas provincias, en los que distintos tribunales empezaron a dictar prohibiciones de acceso a estadios a raíz del incumplimiento de obligaciones alimentarias.

Un nuevo motivo para restringir accesos

Con esta actualización, se incorpora un supuesto adicional dentro del listado de personas alcanzadas por prohibiciones. En adelante, asimismo quedarán comprendidos quienes tengan una resolución judicial o administrativa vinculada a su inscripción en un Registro de Deudores Alimentarios Morosos o en bases equivalentes creadas por legislaciones locales.

La prohibición se extenderá mientras se mantenga el motivo que la originó y se integra a un sistema ya vigente que contempla casos de violencia, delitos y distintos tipos de alteraciones del orden durante espectáculos deportivos.

Según argumentó la cartera de Seguridad, la Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos recibió múltiples requerimientos judiciales solicitando la incorporación de personas al sistema Tribuna Segura por incumplimientos en materia alimentaria.

En varios casos, esas decisiones también incluían prohibiciones de acceso a clubes o estadios como un recurso de apoyo para reforzar el cumplimiento de esas obligaciones establecidas.

Marco legal en distintas provincias

La resolución hace referencia a normativas específicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la provincia de Salta.

  • En CABA: la Ley 269 estableció el Registro Público de Alimentantes Morosos y determinó que quienes integren ese listado no puedan ingresar a estadios en ocasión de encuentros oficiales de la AFA, la FIFA o la Conmebol, quedando a cargo de los organismos de control de acceso la aplicación de esa restricción.
  • En Salta: la Ley 7411 también creó un registro similar que contempla la prohibición de ingreso a espectáculos deportivos y culturales pagos. Asimismo, el texto oficial señala que existen mecanismos similares en otras jurisdicciones del país.

Qué otros casos siguen alcanzados

La actualización no elimina ni reduce las causales previas del régimen, sino que las reorganiza y mantiene vigentes. Entre ellas, continúan:

Las limitaciones de ingreso alcanzan también a quienes estén imputados, procesados o hayan sido condenados por conductas comprendidas en la Ley 23.184 sobre violencia en espectáculos deportivos.

  • Quienes enfrenten causas por delitos dolosos que impliquen riesgo para la seguridad pública.
  • Quienes hayan participado en episodios violentos dentro del entorno futbolístico, tanto antes como durante o después de los partidos
  • Personas involucradas en contravenciones relacionadas con encuentros deportivos.

El sistema también incluye a las personas que intervengan en episodios de desorden durante los traslados de hinchadas, además de quienes afecten la seguridad, el tránsito o la tranquilidad pública en eventos deportivos, marchas o concentraciones en la vía pública.

Te puede interesar

Secciones