Empleadas domésticas: cuánto cobran en septiembre con la nueva escala salarial
Para una trabajadora de casas particulares que presta servicios durante 4 horas por semana, el cálculo del salario se realiza a partir del valor mínimo de la hora correspondiente a su categoría y modalidad de trabajo.
Por lo tanto, en este caso el dato de referencia es el pago semanal. No debe utilizarse el salario mensual establecido para quienes tienen una contratación mensual.
En septiembre de 2026, los valores mínimos por hora son:
- Supervisor/a: $4.645,33 con retiro y $5.049,58 sin retiro
- Personal para tareas específicas: $4.422,54 con retiro y $4.809,80 sin retiro
- Caseros: $4.185,94 por hora
- Asistencia y cuidado de personas: $4.185,94 con retiro y $4.641,90 sin retiro
- Tareas generales: $3.914,64 con retiro y $4.185,94 sin retiro
Al multiplicar cada valor horario por las 4 horas trabajadas durante la semana, los mínimos quedan de la siguiente manera:
Categoría Pago semanal con retiro Pago semanal sin retiro
Supervisor/a: $18.581,32 $20.198,32
Tareas específicas $17.690,16 $19.239,20
Caseros: $16.743,76 $16.743,76
Asistencia y cuidado: $16.743,76 $18.567,60
Tareas generales: $15.658,56 $16.743,76
Así, una trabajadora que realiza 4 horas semanales de tareas generales con retiro tiene un salario mínimo de $15.658,56 por semana.
Si realiza las mismas 4 horas semanales bajo la modalidad sin retiro, el mínimo asciende a $16.743,76 semanales.
En el caso de una supervisora sin retiro, el valor llega a $20.198,32 por las 4 horas semanales.
Estos importes son semanales y surgen de multiplicar el valor mínimo de la hora por las horas efectivamente trabajadas. No representan el salario mensual de una empleada doméstica.
Cuánto cobra una empleada doméstica mensualizada en septiembre
La situación cambia cuando la trabajadora está mensualizada. En ese caso, no corresponde calcular el ingreso tomando las 4 horas semanales y trasladándolas directamente a un salario mensual.
La nueva escala salarial fija remuneraciones mínimas mensuales para quienes se encuentran bajo esta modalidad de contratación.
Para septiembre de 2026, los salarios mínimos mensuales son:
Categoría Salario mensual con retiro Salario mensual sin retiro
Supervisor/a: $579.493,14 $640.641,55
Tareas específicas: $541.402,49 $597.854,36
Caseros: $529.261,78 $529.261,78
Asistencia y cuidado: $529.261,78 $584.936,09
Tareas generales: $480.247,85 $529.261,78
En este caso, por ejemplo, una trabajadora mensualizada de tareas generales con retiro tiene un salario mínimo de $480.247,85 durante septiembre.
Para la misma categoría, pero bajo la modalidad sin retiro, el mínimo mensual es de $529.261,78.
En el caso de una supervisora, el salario mínimo mensual llega a $579.493,14 con retiro y $640.641,55 sin retiro.
Estos valores corresponden a una remuneración mensual y no deben compararse directamente con el importe semanal de una trabajadora que concurre 4 horas por semana.
Pago semanal y pago mensual no son lo mismo
La principal diferencia que debe tenerse en cuenta para calcular el salario del personal de casas particulares es la modalidad de contratación. Una trabajadora que presta servicios durante 4 horas semanales y cobra de acuerdo con las horas trabajadas debe tomar como referencia el valor horario de septiembre.
En tareas generales con retiro, por ejemplo, son $3.914,64 por hora, por lo que 4 horas representan $15.658,56 por semana.
En cambio, una trabajadora mensualizada de tareas generales con retiro tiene establecido un mínimo de $480.247,85 por mes.
Por eso, no corresponde tomar los $15.658,56 semanales y presentarlos como si fueran el salario mensual, ni dividir los $480.247,85 mensuales para determinar cuánto debe cobrar una persona que trabaja solamente 4 horas por semana.
Son dos situaciones diferentes dentro del régimen de casas particulares y cada una tiene su propia forma de cálculo.
Qué pasa con quienes trabajan menos de 12 horas semanales
Para las trabajadoras que realizan jornadas reducidas, el cálculo parte de las horas efectivamente trabajadas.
Una persona que trabaja 4 horas semanales se encuentra dentro de este esquema. Si está registrada en tareas generales con retiro, el mínimo correspondiente a septiembre es de $3.914,64 por hora.
Por 4 horas, el resultado es:
$3.914,64 × 4 = $15.658,56 por semana.
Si las 4 horas corresponden a una categoría con un valor horario diferente, debe aplicarse el importe establecido para esa actividad.
Por ejemplo, en asistencia y cuidado de personas con retiro, 4 horas semanales representan $16.743,76, mientras que en tareas específicas con retiro alcanzan $17.690,16.
El cálculo también cambia según la modalidad de retiro. Por eso, antes de determinar el importe a pagar es necesario identificar tanto la categoría como la cantidad de horas y la modalidad de trabajo.
Qué pasa con el bono correspondiente a agosto
La Resolución 6/2026 también estableció una suma no remunerativa por única vez correspondiente a los salarios de agosto.
El importe se determinó según la cantidad de horas trabajadas por semana. Para quienes trabajaron menos de 12 horas semanales, la suma fue de $8.000.
Para quienes trabajaron entre 12 y menos de 16 horas, correspondieron $11.500, mientras que quienes trabajaron 16 horas o más recibieron $20.000.
Por lo tanto, una trabajadora que realiza 4 horas semanales quedó comprendida en el grupo de menos de 12 horas y tuvo derecho a los $8.000 correspondientes a agosto.
La resolución estableció que esta suma se incorpore progresivamente a los salarios. Para el grupo de menos de 12 horas semanales, se incorpora un 25% en septiembre, un 50% en octubre y el 25% restante en noviembre.
Esto significa que durante septiembre se incorporan $2.000 al salario correspondiente a este grupo. En octubre se sumarán otros $4.000 y en noviembre los $2.000 restantes.
Por ese motivo, los $8.000 no deben volver a sumarse íntegramente como un nuevo bono en septiembre.
Cuánto aumentan los salarios hasta diciembre
La actualización de septiembre forma parte de un cronograma que continúa durante los últimos meses de 2026.
La Resolución 6/2026 estableció los siguientes incrementos:
- Agosto: 1,9%
- Septiembre: 1,8%
- Octubre: 1,7%
- Noviembre: 1,6%
- Diciembre: 1,6%
Los porcentajes se aplican sobre los valores salariales correspondientes al período anterior.
Además, durante septiembre, octubre y noviembre continúa la incorporación progresiva de la suma extraordinaria correspondiente a agosto.
Por lo tanto, para conocer cuánto corresponde pagar cada mes es necesario considerar el valor mínimo vigente, la categoría, la modalidad de trabajo y, cuando corresponda, la incorporación de los montos previstos por la resolución.
La diferencia clave para calcular cuánto pagar
Para una trabajadora que realiza 4 horas por semana, la referencia principal es el valor por hora. En septiembre, una empleada de tareas generales con retiro tiene un mínimo de $3.914,64 por hora, equivalente a $15.658,56 por 4 horas semanales.
Para una trabajadora mensualizada, la referencia es el salario mínimo mensual. En tareas generales con retiro, el importe establecido para septiembre es de $480.247,85.
De esta manera, los dos datos responden a situaciones diferentes:
4 horas semanales: se calcula el valor de la hora y se multiplica por las horas trabajadas.
Contratación mensual: se aplica el salario mínimo mensual correspondiente a la categoría y modalidad.
La escala salarial establece los pisos legales para el sector. Empleadores y trabajadoras pueden acordar remuneraciones superiores a esos valores.