Mucho más cara: cuánto subió la multa por manejar alcoholizado en CABA y cuál es el límite
Gobierno porteño actualizó el Código Contravencional con distintas multas y castigos, y una de las modificaciones es para los controles de alcoholemia
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires envió a la Legislatura porteña un proyecto de reforma integral del Código Contravencional (Ley 1.472) y de la Ley de Procedimiento Contravencional (Ley 12) impulsado por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri. El paquete de medidas busca endurecer de forma drástica las sanciones, eliminar las condenas en suspenso para adultos y agravar las penas a los reincidentes. Dentro de las modificaciones operativas, una de las áreas con aumentos más marcados es el régimen de sanciones aplicado a los conductores que den positivo en los controles de alcoholemia, donde las multas económicas más severas superarán los 7 millones de pesos.
Hasta la actualidad, dar positivo en un test de alcoholemia contemplaba multas que oscilaban entre las 300 y las 2.000 Unidades Fijas (UF), equivalentes a montos de entre $350.000 y $2.350.000. Con el nuevo cuadro punitivo, la sanción pasa a un rango de 1.000 a 6.000 UF, llevando la multa máxima a más de $7.000.000 (calculado con la UF oficial a $1.173,08). Además del golpe al bolsillo, el proyecto incrementa el rango de arresto de 5 a 30 días y extiende la inhabilitación para conducir de 6 meses a 4 años.
Control de Alcoholemia en CABA: cuáles son los límites vigentes de alcohol en sangre
Los operativos realizados por el Cuerpo de Agentes de Tránsito en las calles porteñas se efectúan mediante un proceso no invasivo de dos pasos: primero un alómetro detecta la presencia de alcohol y, de resultar positivo, un alcoholímetro determina el dosaje exacto. Los límites de tolerancia actuales varían según la categoría de la licencia de conducir:
- Conductores particulares: El límite máximo permitido es de 0,50 gramos de alcohol por litro de sangre (g/l).
- Motociclistas: El límite tolerado es de hasta 0,20 g/l.
- Conductores profesionales y principiantes: Rige la tolerancia cero (0,0 g/l) para transporte de pasajeros, cargas, traslado de menores y conductores principiantes.
En todos los casos donde el dosaje supere el límite permitido, o cuando el conductor se niegue a someterse al control, los agentes proceden a la retención inmediata de la licencia de conducir y la remisión del vehículo al acarreo. Cuando el resultado se ubique entre el límite legal y 0,99 g/l se labra un Acta de Comprobación; mientras que al alcanzar o superar 1,0 g/l de alcohol en sangre se labra un Acta Contravencional, aplicando la escala completa de multas, arresto e inhabilitación.
Otras sanciones que se endurecen en el nuevo Código Contravencional
Más allá de los controles viales, la reforma enviada por la gestión porteña establece incrementos significativos en los castigos para diversas faltas que afectan la convivencia urbana, la venta ambulante y el uso del espacio público:
- Venta ilegal en la vía pública (manteros): Las multas por actividades lucrativas no autorizadas u organización de venta informal masiva escalan hasta las 50.000 UF, alcanzando un techo de $58.654.000.
- Trapitos y limpiavidrios: Se fijan sanciones de hasta 90 días de arresto efectivo para cuidacoches o extorsionadores reincidentes en el espacio público, eliminando la opción de arresto domiciliario.
- Ruidos molestos: Las sanciones por alterar la convivencia (como música a elevado volumen en espacios comunes) pasan de 100 UF a un tope de 600 UF ($703.848), sumado a 3 a 15 días de trabajo de utilidad pública y hasta 10 días de arresto.
- Acoso callejero y estafas digitales: Se incorporan nuevas contravenciones por seguimiento o acecho en la vía pública, suplantación digital de identidad para robo de datos (phishing), comercialización de datos personales e interferencia de sistemas de cobro o transporte.
- Agravantes por reincidencia: Se crea el Registro de Reincidentes en Contravenciones. Las penas se endurecen un 50% en la primera reincidencia, un 66,6% en la segunda y se duplican (100%) en la tercera.