CABA endurece penas para trapitos y aumenta multas en el nuevo Código contravencional
La Ciudad de Buenos Aires presentó este miércoles un proyecto de reforma integral del Código Contravencional. La iniciativa modifica en profundidad el marco legal que regula las faltas urbanas, desde ruidos molestos hasta acoso callejero.
El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, impulsó la propuesta y la envió a la Legislatura. El texto toca dos leyes clave: la Ley 1.472 (Código Contravencional vigente) y la Ley 12 de Procedimiento Contravencional.
Los cambios abarcan un aumento sustancial de multas y días de arresto. También incorporan nuevas faltas vinculadas con la protección digital y el orden en el espacio público.
Las contravenciones son conductas que alteran la convivencia ciudadana -faltas de tránsito, ruidos molestos, acoso callejero- y se sancionan principalmente con multas, tareas comunitarias o días de arresto, a diferencia de un delito que supone una infracción grave contra la vida, la integridad o la propiedad.
El proyecto amplía las herramientas disponibles en las tres categorías. Endurece las penas en la mayoría de las contravenciones que figuran en el Código. Y agrega faltas relacionadas con conductas digitales y con la ocupación irregular del espacio público.
"Al delincuente menor de edad que rompe la ley sabiendo que no va a tener consecuencias; al que acosa, sigue o acecha a una persona en la calle; al estafador que se hace pasar por un banco para engañar a alguien y robarle sus datos; al puntero que financia agrupaciones violentas; al delincuente que lleva una bomba molotov a una manifestación: a todos ellos, bajo mi gestión, se les terminó la impunidad", sostuvo Macri.
El mandatario agregó que la reforma apunta a que "quien rompe la ley pague las consecuencias de sus actos".
Multas por manejar alcoholizado: hasta $7 millones y 30 días de arresto
Uno de los cambios más visibles en cuanto a las multas de tránsito involucra las sanciones por conducción bajo los efectos del alcohol.
El esquema actual contempla multas de 300 a 2.000 unidades fijas (UF). Eso equivale a entre $351.924 y $2.346.160. Además, prevé entre 1 y 10 días de arresto, más inhabilitación de la licencia de 4 meses a 2 años.
Con la reforma, la multa pasaría a un rango de 1.000 a 6.000 UF. El techo superaría los $7.038.480. El arresto se extendería a entre 5 y 30 días. Y la inhabilitación de la licencia escalaría a un mínimo de 6 meses y un máximo de 4 años.
Manteros y trapitos: multas de hasta $58 millones
Las sanciones por actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público también se elevan de manera pronunciada.
En la actualidad, el techo de las multas para esa categoría —que comprende la venta informal o los manteros— es inferior a $15 millones.
El proyecto fija un nuevo máximo de 50.000 UF, equivalente a $58.654.000. Casi cuatro veces el límite previo.
El aumento forma parte de un esfuerzo más amplio por desincentivar la ocupación irregular de la vía pública con fines comerciales.
Reincidentes: el doble de pena y sin arresto domiciliario
En materia de reincidencia, la iniciativa introduce cambios estructurales que endurecen las consecuencias.
Los aumentos de pena escalan según el número de recaídas: 50% para la primera, 66,6% para la segunda y 100% —es decir, el doble— para la tercera, y la definición de reincidente se amplía para incluir conductas similares dentro del espacio público, no solo la misma falta repetida.
Para los trapitos —quienes extorsionan a conductores para estacionar en la vía pública—, la reincidencia elevaría el arresto de 60 a 90 días.
Los reincidentes, además, quedarían excluidos del régimen de arresto domiciliario, salvo excepciones debidamente fundadas.
El proyecto crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público para dar seguimiento a esos casos.
Ruidos molestos: más tareas comunitarias y posibilidad de arresto
Para los ruidos molestos —como música a alto volumen en espacios comunes de edificios—, las tareas de utilidad pública pasarían del rango actual de 1 a 5 días a uno de 3 a 15 días.
Las multas treparían desde el techo vigente de 100 UF ($117.308) hasta 600 UF ($703.848).
Se incorporaría la posibilidad de hasta 10 días de arresto, una herramienta que hoy no está disponible para ese tipo de infracción.
Nuevas contravenciones: phishing, acecho y bombas molotov
La reforma también incorpora nuevas contravenciones al Código. Son faltas que hoy no tienen sanción específica en el marco contravencional porteño.
Entre ellas:
- Seguimiento o acecho en la vía pública
- Obtención de credenciales (claves, códigos o tokens) mediante engaños digitales (phishing)
- Organización de compraventa informal masiva en el espacio público
- Comercialización de datos personales
- Portación de dispositivos de interferencia de señales
- Manipulación fraudulenta de sistemas de cobro o transporte
La portación de materiales aptos para provocar disturbios —como bombas molotov— se sancionaría con multas de hasta $9.384.640 o hasta 45 días de arresto, más el comiso de los elementos incautados.
Quien entorpezca los sistemas de videovigilancia pública enfrentaría multas de hasta $4.692.320 o 30 días de arresto, con la obligación accesoria de reparar el dispositivo dañado.
Cambios procesales: se elimina la condena en suspenso
En el plano procesal, la reforma suprime la condena en suspenso. También excluye, para adultos, la suspensión del proceso a prueba como salida alternativa.
El plazo general de prescripción de la acción se mantiene en dos años.
Menores de 14 a 17 años: imputables pero con régimen diferenciado
El capítulo más novedoso de la iniciativa atañe a los adolescentes de entre 14 y 17 años.
Hoy, como regla general, los menores de 18 años no son punibles contravencionalmente —con excepciones vinculadas al tránsito—.
La reforma fija la imputabilidad desde los 14, pero bajo un régimen diferenciado. Los menores no pueden ser detenidos. Deben contar con una defensa especializada. Y las sanciones apuntan a la responsabilización, la educación y la integración social.
Las medidas posibles incluyen amonestación formal, acompañamiento de equipos interdisciplinarios, programas educativos, continuidad escolar, capacitación laboral y tareas de utilidad pública adecuadas a la edad y a las aptitudes del joven.
Para este grupo, además, se mantiene la probation, condicionada al cumplimiento de reglas de conducta, la reparación del daño y la continuidad escolar.
El cambio responde a la adecuación de la normativa local a la Ley Nacional de Justicia Penal Juvenil, que entró en vigencia el mes pasado, y busca que los adolescentes asuman consecuencias sin enfrentar detención ni el sistema penal adulto.
"Buscamos sancionar el phishing, los deepfakes y el acecho, y que quienes tienen entre 14 y 17 años respondan por sus contravenciones. No vamos a mirar para otro lado. En la Ciudad hay consecuencias", publicó en X el ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia.
La iniciativa deberá ahora pasar por el debate parlamentario antes de su eventual sanción.