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El Gobierno flexibiliza el congelamiento de precios de naftas

Se establece que las entregas de petróleo crudo deberán ser facturadas y pagadas aplicando un tipo de cambio de referencia de $46,69/USD
02/09/2019 - 06:39hs
El Gobierno flexibiliza el congelamiento de precios de naftas

El Gobierno flexibiliza el congelamiento de precios de naftas.

Así lo establece el decreto 601/2019 publicado este lunes en el Boletín Oficial.

"Dado que se trata de una regulación excepcional que incide en derechos y obligaciones emergentes de las relaciones entre particulares, corresponde atenuar su impacto en la medida que lo permitan las circunstancias", señala el flamante decreto.

"Que dada la variación del tipo de cambio entre el peso y el dólar estadounidense y con el objeto de morigerar los efectos de la medida, es apropiado aumentar el tipo de cambio de referencia a $46,69/USD, lo que representa un incremento del 3,3 por ciento", agrega la norma.

Puntualmente, se establece que hasta el 13 de noviembre de 2019 las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al 9 de agosto de 2019, aplicando un tipo de cambio de referencia de $46,69/USD y un precio de referencia BRENT de USD 59/bbl.

En tanto, se establece que hasta el 13 de noviembre de 2019 el precio tope de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas, que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio) no podrá ser superior al precio vigente al 9 de agosto de 2019.

En resumen, el Gobierno ha definido una serie de cambios en el Congelamiento de Combustibles:

- Los precios en las estaciones de servicio de todas las naftas y gasoils continúan congelados.

- Se liberan los precios del canal mayorista.

- Dados los ingresos extras que generará esta liberación de las ventas mayoristas, se aumentará el valor del dólar de 45,19 a 46,69 pesos para la fijación del precio del barril a los productores. Esto implica un aumento del 3,3% del precio del barril.

- El canal mayorista representa el 17% del total del volumen, lo que sumado al 30% de otros productos no congelados originalmente (combustibles de aviación, buques, asfaltos, lubricantes y otros) hace que el 47% del volumen ya no caiga bajo el congelamiento. Este 47% de volumen equivale aproximadamente a un 38% de las ventas en pesos.

- Por otro lado se establece una transferencia de 2,81 pesos por dólar para los productores de petróleo, llevando entonces el dólar de $46,69 a $49,50 para todos los barriles entregados al mercado interno por un periodo de 30 días. Este monto agrega un 6% de aumento al precio del barril, por lo que se acumula un 9,54% de mayor precio para los productores. El costo fiscal de esta transferencia es de $1.550 millones de pesos y será solventado reasignando partidas del presupuesto de la Secretaría de Gobierno de Energía.

- No se realizará la actualización del Impuesto a los Combustibles correspondiente al 1/9.

- Se instruye a la Secretaría de Gobierno de Energía para que, teniendo en cuenta los fines perseguidos por el Decreto de Congelamiento del 15 de agosto de 2019 y en la medida que las circunstancias lo permitan, dicte los actos que resulten necesarios para ir normalizando los precios del sector: modificando los valores de referencia, los precios topes y/o requiriendo transferencias del Tesoro Nacional, con el fin de proteger al consumidor y sostener el nivel de actividad y el empleo.