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Decreto: habrá más facilidades para pymes y créditos a tasa cero para los autónomos

Ya es oficial el decreto que amplía la ayuda a pequeñas empresas y a los autónomos que no habían sido alcanzados por las medidas previas
20/04/2020 - 06:52hs
Decreto: habrá más facilidades para pymes y créditos a tasa cero para los autónomos

El Gobierno decidió responder a los reclamos de medidas más drásticas de ayuda a las empresas en problemas y a los empleados y trabajadores autónomos cuyos ingresos cayeron abruptamente por la cuarentena.

En un decreto cuyo texto fue filtrado a la prensa la noche del domingo, se establecen nuevas medidas, entre las que sobresalen el establecimiento de un salario complementario para todos los trabajadores en relación de dependencia de las empresas que hayan sido impactadas por el parate económico. El monto máximo de esta ayuda será de dos salarios mínimos, es decir unos $34.000.

En los hechos implica la duplicación de la asistencia prevista en el decreto anterior, que topeaba en un salario mínimo la ayuda para las pymes con menos de 20 personas empleadas.

La ayuda, según detalla el texto del decreto, amplía el universo de beneficiarios y establece que el pago será por la midad del sueldo cobrado en febrero, pero con un piso será equivalente al salario mínimo, es decir $17.000.

El llamado Salario Complementario, "consistirá en una suma abonada por la Anses para todos o parte de los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia cuyos empleadores cumplan con los requisitos establecidos".El monto de esa asignación será "equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes", aclaró la normativa.

Frente a esta medida, desde el Ministerio de Trabajo sostuvieron que esto se traduce en una asistencia más directa del Estado. "No hay mas REPRO, sino un salariocomplementario para todos los trabajadores bajo dependencia del sector privado".

Más de 420.000 empleadores privados se habían registrado en el sitio web de la AFIP para acceder al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Además, se prevé que los pequeños contribuyentes y los trabajadores autónomos tengan acceso a líneas de crédito a tasa cero, es decir completamente subsidiadas, con garantía del Estado nacional. Estas personas habían quedado excluídas de las ayudas establecidas en los decretos anteriores, donde únicamente se había previsto asistencia para los monotributistas de las dos categorías más bajas de ingreso.

Las condiciones para estos préstamos sin interés serán fijadas por la Jefatura de Gabinete y por el Banco Nación.

Para esta medida fueron modificadas otras disposiciones previas por las cuales el Estado constituía un fondo de garantías que permitía acelerar el otorgamiento de los créditos por parte del sistema bancario. El decreto incrementa esas garantías con el objetivo de que se pueda ampliar el universo de beneficiarios.

Por eso se establece que el nuevo Fondo Nacional de Desarrollo Productivo bonificará la totalidad de los intereses y el costo financiero. La jefatura de Gabinete readecuará partidas presupuestales, de manera de asignar a este punto la suma de $11.000 millones.

Además, el ministerio de Desarrollo Productivo estará autorizado a cambiar el destino de fondos no comprometidos, de manera de transferir esos recursos a fondos fiduciarios que permitan el financiamiento al sector privado.

Por otra parte, se dispuso un aumento del subsidio a los desempleados. El decreto eleva la suma a un máximo de $10.000.

La ayuda establecida en el decreto amplía el universo de empresas y contribuyentes alcanzados en medidas anteriores, dado que establece la fecha del 12 de marzo como la de inicio de los problemas derivados de la caída de la actividad. Y además establece que, aun cuando se pueda levantar la cuarentena, igualmente los beneficiarios cuyos casos lo justifiquen podrán seguir gozando de los beneficios especiales hasta octubre.

Los puntos más importantes del DNU

  • Salario complementario para todos los trabajadores bajo dependencia del sector privado.
  • Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos con garantía del Estado Nacional que se hará cargo de los intereses.
  • Se mantiene la reducción de aportes patronales.
  • El seguro de desempleo será de $6.000 a $10.000.
  • Todo pasará a ser salario complementario hasta el 50% del salario neto no pudiendo ser inferior a un salario vital y móvil. No podrá superar dos salarios vital y móvil.
  • Quienes se inscribieron hasta el viernes en los REPRO se van a reconvertir a este sistema.

Créditos para autónomos y monotributistas

En tanto, el crédito a tasa 0% para trabajadoras y trabajadores independientes (monotributistas y autónomos) se otorgará a quienes tengan "caídas sustanciales en su facturación". La idea del Ministerio de Desarrollo Productivo es instrumentarlo a través de la tarjeta de crédito.

El monto del préstamo, según adelantaron fuentes oficiales, estará relacionado con la facturación promedio de cada categoría.

"El préstamo será equivalente a un mes de facturación y se otorga por tres meses, con un máximo de $150.000 en total", explicaron y agregaron que "el préstamo preveé seis meses de gracia y se devolverá en doce cuotas, a tasa 0%. Las garantías las otorga el Estado, que también se hace cargo del costo de la tasa".

El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. Asimismo, el seguro de desempleo será de $6.000 a $10.000.

Hasta la actualidad, no había medidas vinculadas a la ayuda a estos sectores cuentapropistas por parte del Estado. Sólo estaba el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), pero se limitaba solamente a las categorías A y B del monotributo.

El decreto establece también que este paquete de medidas podrá extenderse "hasta el 30 de junio, inclusive", aunque "para las actividades, empresas y trabajadores independientes que siguieran afectados por las medidas de distanciamiento social, aun cuando el aislamiento social preventivo y obligatorio haya concluido, los beneficios podrán extenderse hasta el mes de octubre de 2020 inclusive".