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Sigue la polémica: qué dijo el ministro de Trabajo sobre la propuesta para que el Estado tenga participación en las empresas a las que ayudó

Un proyecto del ala kirchnerista del Gobierno propone que la Nación gane propiedad dentro de las empresas a las que asista económicamente
20/05/2020 - 06:56hs
Sigue la polémica: qué dijo el ministro de Trabajo sobre la propuesta para que el Estado tenga participación en las empresas a las que ayudó

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, consideró que la diputada kirchnerista Fernanda Vallejos tenía algo de razón cuando, este domingo, propuso desde su cuenta de Twitter que el Estado obtenga alguna participación en las empresas a las que ayudó en el contexto de pandemia.

Consultado al respecto, el titular de la cartera laboral señaló que "es un tema que se está discutiendo a nivel mundial y que es realmente interesante".

"Quizá le veo algunos problemas operativos, pero no discuto el tema de fondo", aseguró Moroni en declaraciones radiales.

Vallejos planteó en los últimos días una idea que generó un fuerte revuelo no sólo en la oposición, sino también en el mundo empresario, y que consiste en que el Estado obtenga acciones en las grandes empresas a las que asiste por la pandemia.

Los empresarios advirtieron que sería una idea descabellada, ya que el aporte que hace el Estado es para pagar sueldos por la propia inactividad de las empresas dispuesta por el propio Gobierno a raíz del Covid-19.

Distinto, dicen, es el caso de compañías europeas que los estados tienen que salir a rescatar con aportes muy importantes de dinero.

Ayuda a las empresas: polémica por la iniciativa de Fernanda Vallejos
Ayuda a las empresas: polémica por la iniciativa de Fernanda Vallejos

La diputada señaló que hay casos en los Estados Unidos y en Europa y que podría ser una alternativa en la Argentina.

De todas maneras, ante la repercusión que tuvieron sus declaraciones vía Twitter, la legisladora salió a aclarar que es sólo una idea y que ni siquiera hay hoy un anteproyecto de ley.

"Cuando planteé la idea, no pensé en presentar un proyecto, sino en hacer un aporte. Por eso lo expresé como idea y en potencial", manifestó Vallejos a Infobae, intentando bajarle el tono.

Ayuda para el pago de sueldos: propuesta polémica del kirchnerismo

La diputada nacional del kirchnerismo Fernanda Vallejos propuso que el Estado tenga "participación en el capital" de las empresas a las que asiste con subsidios durante la pandemia por el coronavirus.

"Si el Estado decide subsidiar a grandes grupos, sería razonable, como lo han hecho antes y lo están haciendo ahora las economías más desarrolladas, que lo haga no como un regalo a esas empresas, sino a cambio de una participación en el capital de las compañías", propuso la diputada a través de Twitter..

La economista planteó a través de una serie de mensajes en Twitter, que "es evidente que, si los recursos no alcanzan para todos, resulta injusto que empresas con probada capacidad y recursos propios para afrontar los salarios de los trabajadores, capturen recursos públicos que deberían servir para cualquier otro fin de primer orden".

La diputada comenzó su propuesta describiendo el escenario de crisis que deja el coronavirus: "Es claro que estamos ante una situación extraordinaria que, por la enorme cantidad de dificultades sanitarias, económicas y sociales que implica la pandemia, demanda una fuerte capacidad de respuesta del Estado".

Ayuda para el pago de sueldos: cuál es la polémica propuesta del kirchnerismo
Ayuda para el pago de sueldos: cuál es la polémica propuesta del kirchnerismo

Luego, planteó que esta situación "implica la inyección de una importante cantidad de recursos que deben ser suficientes para garantizar la preservación del tejido productivo y el bienestar de las familias mientras dura el confinamiento" y remarcó que esto "es crítico para el éxito de la propia estrategia sanitaria".

"En este marco, el Estado tiene dos grandes opciones: una es aplicar una política de transferencia de ingresos y distintos mecanismos de ayuda de carácter universal, el otro es asignar esos recursos sólo a quienes el Estado evalúa que los necesitan", puntualizó.

Para la diputada, que trabajó en el Ministerio de Economía cuando Axel Kicillof estaba al frente de la cartera, en este contexto "se tornan cruciales" los criterios aplicados para determinar quiénes acceden a la ayuda del Estado.

Al respecto, advirtió que "la noticia de que varios grupos económicos de los que se tiene conocimiento que han protagonizado distintos episodios de fuga de capitales, que tienen sede o vinculaciones con guaridas fiscales, etc, accedieron al ATP, plantea la necesidad de revisar esos criterios".

Ayuda para el pago de sueldos: cómo efectuar el reclamo

El Gobierno nacional habilitó una vía online para los reclamos relacionados con el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). A través del mismo, el estado paga parte de los sueldos de las empresas.

 

Puntualmente, se debe ingresar a la dirección web (https://www.argentina.gob.ar/formulario-de-reclamos-del-programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-la-produccion) y cargar los siguientes datos:

  • Razón social
  • Fecha de ingreso
  • CUIT
  • Código CLAE 
  • Nombre y apellido 
  • Correo electrónico
  • Teléfono
  • Provincia 
  • Tipo de consulta
    • ATP Salario complementario
    • ATP Crédito a tasa cero
  • Estado
  • Especificaciones 

Programa ATP

A través de la Resolución General 4716, la AFIP dispuso la reapertura del Programa ATP para que los sujetos alcanzados por los beneficios del DNU 332/2020 puedan acceder a los mismos en el mes de mayo.

Los beneficios a los que podrán acceder los empleadores son los mismos que para el mes de abril, es decir el salario complementario (pago de un porcentaje de los sueldos a cargo del Estado) y la postergación por 60 días de la contribución al SIPA.

Todo ello conforme lo dispuesto por la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros 747/2020 que aprobó la recomendación del Comité de Evaluación del Programa ATP de extender los beneficios del DNU 332/2020 a los sueldos del mes de mayo.

Puntualmente, la Resolución General 4716 de AFIP, publicada en el Boletín Oficial, dispone que los empleadores podrán acceder al servicio "web" "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP", desde el 14 de mayo de 2020 hasta el 21 de mayo de 2020, inclusive, a los efectos de obtener, de así corresponder, los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo 2º del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de mayo de 2020.

Para proceder al cálculo del Salario Complementario de mayo resulta procedente tomar como referencia a la remuneración abonada en el mes de marzo de 2020.

Respecto de las condiciones de admisibilidad del beneficio en trato, se propone:

  • Estimar la variación de la facturación de los empleadores comparando los períodos abril de 2019 con abril de 2020,
  • Empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1 de mayo de 2019: la comparación debería hacerse con el mes de diciembre de 2019.
  • Empresas que iniciaron sus actividades en 2020: se propone continuar con la misma tesitura, las cuales recibieron de manera directa el beneficio del Salario Complementario.

Recordamos asimismo que el Comité recomendó entender razonable elevar la variación del nivel de facturación hasta un 5% positivo en el período 2020 respecto al mismo período del año 2019.

Guía paso a paso

La AFIP modificó la forma de informar las ventas del período 2019 y 2020 para analizar la situación de cada empleador.

Una de las novedades es que el sistema trae ahora automáticamente las ventas realizadas a través de comprobantes electrónicos y a su vez se podrán cargar manualmente o mediante importación de datos, aquellas ventas realizadas mediante factura manual o controlador fiscal.

Esto último se debe realizar a través de Comprobantes en Línea mediante un apartado especial creado a este fin.

Ayuda para el pago de sueldos: la AFIP lanzó guía paso a paso
Ayuda para el pago de sueldos: la AFIP lanzó guía paso a paso

Desde el Blog del Contador, detallan los pasos a seguir:

1- Ingresar con clave fiscal al portal de AFIP. Allí buscar el servicio "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP". Una vez allí, podremos elegir "Solicitar beneficio" o consultar solicitudes ya presentadas.

 

2- Para cargar la información referida al mes de mayo marcamos la opción que corresponde y Continuar

 

Quienes aun no obtuvieron el beneficio en abril (últimas actividades incorporadas, empresas que iniciaron actividad después del 12 de abril de 2019) pueden también cargar la información referida a dicho mes para acceder al beneficio.

3- Una vez allí, la pantalla nos muestra los datos que el sistema obtiene de Comprobantes en Línea y nos informa que si hay operaciones por otros medios de facturación, hay que actualizar la información a través de Comprobantes en Línea.

 

4-Nos dirigimos entonces a Comprobantes en Línea y vemos que ahora aparece una opción "ATP – Consulta y declaración de nuevas operaciones". Ingresamos allí.

 

5- A través de dicha opción podemos ver el detalle de la facturación electrónica por los períodos que se deben comparar para acceder al beneficio y la opción para ver y/o actualizar la información de la facturación a través de Controlador Fiscal y/o Manual. Para cargar dicha información vamos a "Ver / actualizar" en cada uno de los períodos.

 

6- Allí primero debemos elegir el período a informar, del 1/4/2019 al 30/4/2019 o del 1/4/2020 al 30/4/2020. Para subir la información hay dos opciones: Carga Manual o Importación de datos. Si elegimos carga manual debemos completar la información requerida según la imagen adjunta.

 

7- Si elegimos la opción Importación de datos, podremos ir a Envío de archivos para enviar un nuevo lote o a Consulta de archivos enviados para ver los ya declarados.

 

8- Ingresando a Envío de archivo tendremos que elegir el período que queremos cargar (2019 o 2020), seleccionamos el archivo a subir y presionamos el botón «Subir archivo».

 

9- El archivo con los datos a importar deberá tener el formato de registro que se muestra en la imagen adjunta. También se puede descargar en pdf desde aquí.

 

10- Una vez cargada la información referida a la facturación manual o mediante Controlador Fiscal, volvemos al Programa ATP y allí debería verse reflejada la nueva información. Presionamos Confirmar y habremos concluido con el trámite.

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