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Más de 1 millón de empleados esperan: cuándo se verá reflejada la devolución de Ganancias en los sueldos

El Ministerio de Economía ya envió la reglamentación a Presidencia para su evaluación. Luego saldrá una resolución de la AFIP. Qué plazos se prevén
20/05/2021 - 16:39hs
Más de 1 millón de empleados esperan: cuándo se verá reflejada la devolución de Ganancias en los sueldos

Algunos organismos del Gobierno están en una carrera contrarreloj de fuertes implicancias políticas y económicas: son horas decisivas para que la demorada devolución del impuesto a las Ganancias finalmente se concrete en las próximas semanas.

Si todo va según lo previsto por las autoridades, más de 1,2 millones de empleados en relación de dependencia con salarios de hasta $150.000 brutos percibirán en junio próximo la devolución de lo retenido por Ganancias, ya que el Ministerio de Economía avanzó en la reglamentación de la ley, trascendió este jueves.

El Palacio de Hacienda envió el texto de la reglamentación para que sea revisado por la Secretaría Legal y Técnica a cargo de Vilma Ibarra.

Una vez aprobado, la AFIP emitirá la resolución correspondiente, lo cual se estima ocurrirá en los próximos días.

Devolución de Ganancias: ¿cuánto impactará en los sueldos?

El avance en la reglamentación posibilitará que ya con el sueldo de mayo (que se paga a principios de junio) los asalariados dejen de pagar el tributo, y reciban el reintegro de lo que se les retuvo en lo que va del año, indicaron fuentes oficiales.

La norma había sido aprobada en el Congreso el 8 de abril último, pero aún no entró en vigencia porque está pendiente la reglamentación.

Cuando la ley fue aprobada, se esperaba que fuera reglamentada de inmediato para que impactara en los sueldos de abril, pagados en mayo.

La reglamentación se fue demorando y, transcurridos veinte días de mayo, tampoco había tenido novedades.

Ante ese escenario de incertidumbre, legisladores de la oposición, contadores y tributaristas advirtieron que si la reglamentación no estaba terminada antes del 24 de este mes, las empresas no harían a tiempo para incluirla en la liquidación salarial.

Si se avanza en las próximas horas, se llegará a tiempo para que los cambios impacten en forma favorable sobre el consumo en un escenario de crisis económica, otra de las metas de la ley.

El costo fiscal estimado para este año por la devolución impositiva será de unos $45.000 millones.

En el Gobierno destacan que la devolución representará un alivio para los bolsillos de los asalariados que tienen cierta capacidad de ahorro, y confían en que esos fondos extras se vuelquen al consumo.

No obstante, también hay preocupación por la posibilidad de que ese dinero vaya a parar al mercado cambiario, y presione sobre la cotización del dólar, tanto el oficial como el blue.

El Gobierno busca que la devolución se concrete en los sueldos de mayo.
El Gobierno busca que la devolución de Ganancias se concrete en los sueldos de mayo.

Ganancias: los cambios

La nueva normativa para el impuesto a las Ganancias, por la cual un universo estimado de 1.267.000 personas se verá beneficiado, había sido aprobada en el Congreso de la Nación a principios de abril.

De esta forma, los empleados que cobren hasta $150 mil dejarán de pagar Ganancias, y por su parte quienes estén en el rango del mencionado monto y los de hasta $173 mil tendrán un alivio fiscal en el cual será la AFIP la que incremente las deducciones para que no existan diferencias sustanciales entre los que deben pagar el impuesto y los que no.

La ley es retroactiva al 1 de enero y todo apunta a que se hará efectiva con los sueldos del presente mes. En efecto, se devolverá el dinero que ya se descontó de los sueldos y quedará fuera del calculo del gravamen el aguinaldo de los que están beneficiados con la medida.

Asimismo, se estableció que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social).

La nueva ley exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores registrados con salarios de hasta $150.000 brutos mensuales y el que establece cambios en el Régimen de Monotributo.

En el caso de Ganancias, establece que serán los trabajadores que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 brutos mensuales los que comiencen a pagar el gravamen.

Hasta ahora, los que pagaban el tributo eran los empleados en relación de dependencia solteros sin hijos, con un sueldo promedio neto mensual de $ 74.810 y los casados con dos hijos menores que cobran a partir de $ 98.963.

Por otro lado, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social).

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Ya es oficial la ley que exime de Ganancias a los trabajadores registrados con salarios de hasta $150.000 brutos mensuales

1) Quiénes quedan exceptuados de Ganancias: solo pagarán Ganancias quienes perciban un salario bruto mensual superior a los $150.000, unos $124.500 de bolsillo. Para ese cálculo se considerarán todos los importes percibidos en un mes, con excepción del aguinaldo.

2) Retroactivo al 1 de enero: la ley tendrá vigencia al 1° de enero y el Gobierno devolverá los descuentos realizados en los primeros meses del año. Con el cobro de los sueldos de mayo, los exceptuados recibirán lo que les retuvieron en enero, febrero y marzo. Se estima que la devolución alcanzaría los $10.000 millones.

3) Jubilados y pensionados​: el proyecto eleva el mínimo no imponible para el pago de Ganancias de 6 a 8 haberes mínimos. Por lo tanto, solo pagarán el impuesto los que ahora cobran a partir de $164.571 mensuales. Además, ese piso se ajusta automáticamente cada 3 meses por la ley de movilidad jubilatoria.​ Sin embargo, el beneficio para jubilados aplica siempre y cuando no tenga otros ingresos distintos a la de la jubilación. Por ejemplo, si tiene intereses de un plazo fijo pierde el beneficio.

4) Aguinaldos​: el aguinaldo de los sueldos de hasta $ 150.000 brutos no pagará impuesto a las Ganancias.​

5) Qué pasa con los sueldos entre $ 150.000 y $ 173.000: esos trabajadores pagarán Ganancias, pero la AFIP establecerá las deducciones a fin de evitar grandes diferencias entre quienes deben tributar y los que están exentos.

6) Qué pasa con las jubilaciones de los presidentes y vices: por una propuesta de la diputada radical Carla Carrizo se estableció que las rentas vitalicias de los expresidentes y vicepresidentes paguen el impuesto.

7) Bonos productivos: se considera exento del pago de Ganancias los bonos por productividad, fallo de Caja y conceptos de similar naturaleza por el equivalente al 40% de base no imponible del impuesto -$ 67.071 anuales- para los trabajadores que perciben menos de $ 300.000 de sueldo bruto. Se estima que alcanza a 400.000 trabajadores. Se delega en el Poder Ejecutivo la reglamentación de lo que se entiende por "conceptos similares".

8) Horas extras del personal de la Salud: se vuelve a prorrogar este beneficio hasta el 30 de setiembre de 2021, con efecto exclusivo para las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada. En este punto se agrega al personal de recolección de residuos patogénicos.

9) Guarderías: los gastos de guardería para niños y niñas de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de $ 67.000.​

10) Hijo con discapacidad: también se eliminó el tope de edad para poder deducir al hijo por discapacidad. Se dispuso que las deducciones por hijo con discapacidad serán de manera permanente (hasta ahora el beneficio regía hasta los 18 años de la persona con discapacidad). Además, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado, que en la actualidad es de $ 78.833.

11) Recolección de basura: los trabajadores de recolección no pagarán el impuesto por las horas extras.

12) Herramientas educativas: se podrá deducir de Ganancias la compra de herramientas educativas por parte de los trabajadores asalariados. Se trata de "la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora y el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización y hasta el límite del 40%" de la base no imponible del impuesto "en las condiciones que establezca la AFIP". "Herramienta educativa" incluye, por ejemplo, computadora o vestimenta escolar.

13) Concubinos: actualmente, el contribuyente puede deducir $ 156.320,63 anuales de la base imponible del impuesto por cónyuge si no tiene ingresos. Con las reformas, se amplió la deducción al concubino o concubina -cualquiera fuera el sexo. La reglamentación de AFIP va a establecer las condiciones para la deducción como, por ejemplo: acta unión convivencial, contrato de alquiler, etc.

14) Ropa, equipamiento y capacitación para el trabajador: la provisión de ropa y equipamiento del trabajador para uso exclusivo de sus funciones o el otorgamiento de un pago por capacitación, no pagará el impuesto a las Ganancias.​

15) Plus patagónico: se mantiene el incremento del 22% del plus patagónico en el gravamen para los trabajadores de la región. Esto abarca a cerca de 83.467 empleados y jubilados que pagarán el impuesto en esta zona -pero con una menor carga tributaria que el resto de los contribuyentes- porque mantendrán un incremento en las deducciones del 22% respecto del resto del país. Esto significa que pagan Ganancias a partir de niveles salariales más altos.

16) Ajuste por Ripte: se fijó que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social), porque se dejó de lado el reclamo de la oposición de que se ajustara por el Índice de Precios al Consumidor (IPC, o inflación minorista) que elabora el Indec.

En esa línea, como un aumento salarial otorgado este año puede hacer que una persona que había quedada eximida del impuesto volviera a quedar sujeta a pagarlo, los legisladores delegaron en el Ejecutivo la capacidad de elevar el piso, en caso de que lo considere necesario.

17) Fuerzas Armadas: es por los "suplementos particulares" que cobra el personal de las Fuerzas Armadas indicados en el artículo 57 de la Ley Nº 19.101. Esos suplementos son: por actividad arriesgada, por título terciario, y por alta especialización o por zona o ambiente insalubre o penoso. Se estima un costo fiscal de $ 15 millones.

Ganancias: apuro por confirmar la reglamentación

Tributaristas consultados por la agencia NA advirtieron que si la reglamentación no se concreta esta semana, habrá pocas chances de que los cambios empiecen a regir con los salarios de mayo (que se pagan a principios de junio), por lo que la devolución de fondos se continuará demorando.

La cuestión comenzó a generar algunas tensiones en la coalición de gobierno, donde el impulsor de los cambios en la ley fue Sergio Massa, el presidente de la Cámara de Diputados.

En el massismo hay desorientación sobre los motivos de la demora en la reglamentación, ya que confiaban en que para abril estaría plenamente vigente.

Al aprobarse la ley, Massa había prometido que los trabajadores recibirían el beneficio con el sueldo de ese mes.

Esperaba que la reglamentación fuera rápida y permitiera que los cambios impactaran en los bolsillos de empleados en relación de dependencia.

Sergio Massa, impulsor del proyecto. La falta de la reglamentación alimienta nuevas tensiones en el oficialismo.
Sergio Massa, impulsor del proyecto. La falta de la reglamentación alimienta nuevas tensiones en el oficialismo.

Las arcas públicas, comprometidas

La ley fue promulgada por el Ejecutivo y publicada en el Boletín Oficial el 21 de abril último, pero la reglamentación se demora.

En ese escenario, el Tesoro afronta este mes un escenario complicado para las arcas públicas, con un vencimiento por $305.000 millones previsto para este viernes, mientras crecen los gastos relacionados por una pandemia que no da tregua.

El ministro de Economía, Martín Guzmán, busca mantener a raya las cuentas públicas, y debe equilibrar la asignación de recursos, un tema que viene siendo discutido en las reuniones de Gabinete Económico, en las que llueven las demandas de distintas áreas, y escasean los recursos.

La nueva ley de Ganancias representará una caída en los ingresos públicos de $45.000 millones en el año, estimaron fuentes legislativas.

La estrategia financiera de Guzmán parece ser demorar lo más posible la cuenta gastos, o devoluciones de impuestos en este caso, y hacerse fuerte en los millonarios ingresos fiscales provocados por la liquidación de commodities.

Se estima que la soja y el maíz dejarán en esta campaña ingresos adicionales por casi u$s3.000 millones ($300.000 millones al tipo de cambio oficial) por encima de los calculado en el Presupuesto.

A esto, Guzmán le puede sumar los $230.000 millones ya recaudados por el impuesto a la Grandes Fortunas.

Con esas dos variables, Economía se asegura contar con medio billón de pesos extra para darle batalla a las exigentes necesidades financieras de este año, marcado ya por la segunda ola de Covid-19, que está causando más muertes que la primera, y exigiendo al límite la estructura sanitaria.

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