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Servicio Doméstico: los detalles del pago de la suma de $25.000

Mediante el decreto 438/23 se oficializaron los detalles de la suma no remunerativa de $25.000 para el Personal de Servicio Doméstico
31/08/2023 - 09:13hs
Servicio Doméstico: los detalles del pago de la suma de $25.000

Finalmente, mediante el decreto 438/23, publicado en el Boletín Oficial, se oficializaron los detalles de la suma no remunerativa de $25.000 para el Personal de Servicio Doméstico.

Es suma no remunerativa, será abonada por empleadores en 2 cuotas de $12.500 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.

Empleo doméstico: trabajadoras a jornada parcial

Cuando se trabaje menos horas que la jornada completa, la asignación se pagará de forma proporcional a la jornada trabajada.

Por ejemplo, si trabaja 20 horas semanales, el pago será de $5.208,33, señala el consultor tributario Ignacio Barrios.

¿Quiénes cobrarán el monto completo?

a. $12.500 para aquellos que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en agosto de 2023, menores o iguales a $387,500.

b. La diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $387.500 correspondientes al devengado en agosto de 2023, para aquellos que perciben salarios netos mayores a $38.,500 y menores a $400.000.

Servicio Doméstico: los detalles del pago de la suma de $25.000
Servicio Doméstico: los detalles del pago de la suma de $25.000

Se proporcionan los montos cuando la prestación de servicios de la trabajadora fuere inferior a la jornada completa de 48 horas semanales.

Compensación con paritarias

El bono de $25.000 podrá ser absorbido en concepto de aumentos salariales establecidos por la Comisión Nacional de Trabajadoras de Casas Particulares.

Reintegro del bono para empleadores

Los empleadores que paguen esta suma no remunerativa, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50 % de lo abonado, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • No fueren alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y
  • Que hayan percibido ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000

El Ministerio de Trabajo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), establecerán el procedimiento para solicitar este reintegro. Pero sería similar al bono de fin de año.

Fecha de pago

- Primera cuota devengado del mes de agosto 2023: dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del 1 de septiembre de 2023. (Hasta el 21/09/2023).

- Segunda cuota devengado septiembre 2023: deberá ser abonada en los plazos legales, es decir:

  • Al personal mensualizado, dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario;
  • Al personal remunerado a jornal o por hora, al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.