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Empleadas domésticas: cuánto cobran por hora y mes según su categoría y qué sucede con los aumentos

En diciembre del 2023, el empleo doméstico tuvo su último aumento salarial y se encuentra a la espera de la convocatoria para avanzar con actualizaciones
Por S.A.
26/01/2024 - 08:52hs
Empleadas domésticas: cuánto cobran por hora y mes según su categoría y qué sucede con los aumentos

Las organizaciones gremiales que agrupan a las trabajadoras de casas particulares, conocido popularmente como empleo doméstico, ratificaron que no hubo convocatoria a la Comisión de Trabajadoras y Trabajadores de Casas Particulares (CTCP), que la secretaría de Trabajo a cargo de Omar Yasín debía reunir a fines de diciembre, para pactar los salarios de enero, febrero y marzo. De esta manera, los montos que perciben permanecen inalterables: la hora de limpieza se paga entre $1416 y $1528. Por mes, una empleada doméstica de tareas generales ganadesde $173.757 a $193.216. 

Desde la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) recordaron que, en la última reunión de paritarias, allá por octubre del 2023, "quedó establecido en el acta acuerdo con las patronales, retomar las paritarias para fijar los incrementos para el primer trimestre de este año, haciendo además una evaluación del índice inflacionario y lo ya obtenido, para no perder poder adquisitivo".

Los voceros estiman que "entre la devaluación dispuesta por el gobierno de Javier Milei y el último índice del costo de vida del 25,5 por ciento, estamos en una caída brutal de los ingresos; esto hay que sumarle la inflación de enero con los aumentos del transporte y el traslado a precios del aumento de los combustibles".

Cuánto cobra una empleada doméstica por hora

Las personas que llevan adelante una tarea en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada, le corresponde los siguientes montos:

  • Primera categoría: personal con retiro $1.708,5 la hora. Personal sin retiro: $1.871,5 la hora.
  • Segunda categoría: persona con retiro $1.617,5 la hora. Persona sin retiro: $1.773,5 la horl.
  • Tercera categoría: $1.528 la hora.
  • Cuarta categoría: personal sin retiro $1.528 la hora. Persona con retiro: $1.708,5 la hora.
  • Quinta categoría: personal con retiro: $1.416,5 la hora. Personal sin retiro: $1.528 la hora.
Una empleada doméstica recibe en su sueldo de enero un aumento del 10 por ciento

Cuánto cobra una empleada doméstica por mes

Por otra parte, quienes cobren una suma mensual, recibirán el siguiente monto en enero, el que comenzó a regir con el aumento del 10% en diciembre.

  • Primera categoría: personal con retiro $213.159,5 el mes. Personal sin retiro: $237.435,5 mensual.
  • Segunda categoría: persona con retiro $198.037 el mes. Persona sin retiro: $220.449 mensual.
  • Tercera categoría: $193.217 por mes.
  • Cuarta categoría: personal sin retiro $193.217 mensual. Persona con retiro: $215.320 por mes.
  • Quinta categoría: personal con retiro: $173.758 el mes. Personal sin retiro: $193.217 mensual.

 Estos valores responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

Empleada doméstica: cómo se calculan las vacaciones

Para los empleados de casas particulares, incluídos en las categorías de supervisores, personal de tareas específicas, caseros, niñeras y cuidadores de adultos, y personal de tareas generales, existe un esquema mediante el cual se reconocen las vacaciones, según el tiempo que haya trabajado.

Las vacaciones podrá tomarlas entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo de cada año y los días que le corresponde dependerán de la antigüedad que tenga:

  • Menos de 6 meses: 1 día de descanso por cada 20 días trabajados.
  • De 6 meses a 5 años: 14 días.
  • De 5 a 10 años: 21 días.
  • De 10 a 20 años: 28 días.
  • Más de 20 años: 35 días.
Los días que le corresponde de vacaciones dependerán de la antigüedad que tenga

Si la incorporación fue reciente, existe un esquema proporcional de días de descanso, de acuerdo a las horas trabajadas.

  • Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día de vacaciones
  • Entre 8 y 11 semanas: 2 días de vacaciones
  • Entre 12 y 15 semanas: 3 días de vacaciones
  • Entre 16 y 19 semanas: 4 días de vacaciones
  • Más de 20 semanas: 5 días de vacaciones

En ambos casos deben quedar registrados en el recibo de sueldo correspondiente.

Por lo tanto, se debe ingresar con clave fiscal al servicio "Casas Particulares" y seleccionar la opción 'Generar recibo de sueldo', señala Errepar.

A la información que se completa todos los meses, esta vez, en el apartado Adicionales y descuentos, se deberá presionar la opción "Agregar conceptos" y se selecciona "Vacaciones" o "Sueldo Anual Complementario", según corresponda.

En todos los casos, los días de vacaciones del personal doméstico se podrán tomar entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo de cada año.

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