Gremio acordó aumento salarial: cuál es el sueldo básico que deben pagar las pastelerías de Betular o Maru Botana
Después de intensas gestiones, la conducción de la Federación de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros (STPSRCHPyA) acordó con las cámaras empresariales un incremento salarial para la rama Pastelería que garantiza una actualización escalonada de los haberes para el período septiembre-enero de 2026.
Las negociaciones fueron encabezadas por el secretario General de la organización gremial, Luis Hlebowicz con los representantes de la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés, la Cámara de Confiterías, la Asociación de Panaderos de Capital Federal y la Federación Industrial Panaderil de la Provincia de Buenos Aires.
Cómo se debe aplicar el incremento salarial
Según se informó, el acuerdo consiste en aumentos al salario básico más el pago de asignaciones no remunerativas durante los primeros cuatro meses, culminando con un aumento total al básico en enero. Los porcentajes se pactaron de la siguiente forma:
- Septiembre: 1,2% de aumento al básico, más un 0,8% como asignación no remunerativa.
- Octubre: 2,31%, más una asignación no remunerativa del 1,20%.
- Noviembre: 3,34% al básico, más una asignación no remunerativa del 1,71%.
- Diciembre: El sueldo básico tendrá una suba del 4,37%, junto a un componente no remunerativo del 2,22%.
- Enero 2026: El acuerdo establece la incorporación de un aumento del 6,59% al salario básico para todas las categorías. La mejora salarial impacta en los haberes de los trabajadoras y trabajadores bajo el convenio colectivo de trabajo 272/96.
Hlebowicz sostuvo que "con este incremento damos cierta tranquilidad al personal para los meses que vienen, con la esperanza de que se estabilice la economía", al tiempo que expresó su preocupación por "un contexto complejo, donde esperamos una reactivación del consumo interno".
A cuánto se fueron los básicos según las categorías
En cuanto a cómo deben aplicarse las sumas no remunerativas, la Federación de Trabajadores Pasteleros explicó que "si bien se liquidan bajo esta figura durante el periodo correspondiente, estas asignaciones computarán para el cálculo de importantes conceptos laborales". Indicó además que "las sumas no remunerativas deberán realizar los aportes y contribuciones de Obra Social, así como los aportes convencionales a la mutual y el sindicato".
Además, serán consideradas para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo) y premios y conceptos convencionales que se calculan sobre el salario básico (como antigüedad); de forma tal que estos componentes, aunque inicialmente no remunerativos, tengan una incidencia favorable en los principales beneficios y liquidaciones de los trabajadores del sector.
Con los aumentos establecidos, el Peón de Limpieza y/o Carga y Descarga Aprendiz Inicial - Repartidor a Domicilio cobrará en enero 1.311.542 pesos por 8 horas de trabajo, en tanto que la categoría más alta que es la de Maestro Pastelero - Encargado de Cocina, percibirá 2.237.343 pesos también por 8 hora de actividades. A esto se deben sumar los adicionales como antigüedad, como por ejemplo por Capacitación. El artículo 85 del convenio colectivo de trabajo, señala que "el personal que haya aprobado los cursos de capacitación profesional dictados por la Escuela de Capacitación del STPSRCPHyA o Escuela reconocida por la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías, Cafés (Cámara de Confiterías) y el Centro de Industriales de Panaderos de Buenos Aires, percibirá un adicional del 10 por ciento del salario básico de su categoría profesional".