FISCO

¿Se terminó el control de ARCA?: la letra chica de la ley que cambia para siempre tus consumos

Luz verde al proyecto que impide que al fisco investigarte por tus consumos. El piso penal salta a 100 millones y se termina la persecución por lo bajo.
Por Marcos Phillip
ECONOMÍA - 30 de Diciembre, 2025

El Congreso aprobó una reforma que promete cambiar radicalmente la vida financiera de los argentinos y su relación con el Estado. El proyecto de "Inocencia Fiscal" dejó una premisa clara: terminar con la persecución tributaria sobre el pequeño contribuyente y actualizar una normativa que había quedado obsoleta por la inflación.

No se trata solo de un ajuste técnico de números en una planilla de Excel, sino de una modificación profunda en la filosofía de recaudación de la nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El Gobierno busca con esta medida que el organismo deje de "cazar en el zoológico" persiguiendo deudas insignificantes en términos reales, para concentrarse únicamente en los grandes evasores que mueven la aguja de la economía.

La iniciativa llega en un momento clave, donde la clase media y las pymes reclamaban un alivio ante la presión de un sistema que penalizaba errores administrativos con la misma severidad que delitos complejos. Con la inflación acumulada de los últimos años, cualquier comerciante podía quedar atrapado en una causa penal por montos que hoy apenas cubren la reposición de mercadería básica.

A continuación, analizamos punto por punto la letra chica de este proyecto que ya tiene medio pie adentro de la ley. Desde la libertad para gastar tus ahorros sin miedo a una inspección sorpresa, hasta el aumento exponencial de las multas por trámites mal hechos, te explicamos cómo esta reforma impacta directamente en tu bolsillo y en tu tranquilidad.

El fin del miedo a gastar tus dólares

Uno de los puntos más revolucionarios del proyecto es la creación de un nuevo Régimen Simplificado para el Impuesto a las Ganancias. Esta herramienta está diseñada específicamente para que la gente pierda el miedo a volcar sus ahorros "del colchón" a la economía real. Básicamente, se cambia la forma en que el Estado te mira: ya no importará tanto cuánto gastás, sino estrictamente cuánto facturás.

Bajo este nuevo esquema, quienes tengan ingresos anuales de hasta 1.000 millones de pesos y un patrimonio inferior a 10.000 millones, pagarán sus impuestos exclusivamente sobre lo facturado. Esto elimina de raíz una de las herramientas de fiscalización más temidas de la vieja AFIP: la presunción de evasión basada en el consumo o en el estilo de vida del contribuyente.

En la práctica, esto significa que si te comprás un auto, renovás tu casa o hacés un viaje al exterior usando dólares que tenías guardados y que quizás no estaban declarados, ARCA no podrá abrirte una investigación por "incremento patrimonial no justificado". Mientras respetes los topes de facturación del régimen, el origen de los fondos destinados al consumo deja de ser un motivo automático de persecución.

El objetivo de fondo es reactivar el consumo y la inversión hormiga. El Gobierno entiende que hay millones de dólares fuera del sistema que no se mueven por temor a represalias fiscales. Con esta "inocencia fiscal" aplicada al consumo, se busca generar un blanqueo de facto, permitiendo que ese dinero fluya libremente sin que el contribuyente sienta que tiene un inspector respirándole en la nuca.

Pisos penales: adiós a las causas por "chirolas"

El corazón legal de la reforma es la actualización brutal de los montos a partir de los cuales una deuda se considera delito penal. Hasta ayer, la Ley Penal Tributaria establecía que evadir más de 1,5 millones de pesos era motivo suficiente para una denuncia por "evasión simple". Ese número, devorado por la inflación, había quedado ridículamente bajo, poniendo en riesgo de prisión a cualquier pyme barrial.

El proyecto aprobado eleva ese umbral a 100 millones de pesos. El salto es gigantesco pero necesario para sincerar la economía. A partir de ahora, ARCA solo podrá iniciar acciones penales cuando la supuesta evasión supere esa cifra millonaria. Esto descomprime instantáneamente los tribunales y le quita a los contadores el estrés de saber que un error en una declaración jurada podía terminar en una causa criminal.

Para los casos más graves, caratulados como "evasión agravada", el límite también se dispara. Pasa de los actuales 15 millones a 1.000 millones de pesos. Esto protege a las empresas medianas que, ante una fiscalización agresiva o una diferencia de criterio con el inspector, podían verse amenazadas con penas de prisión efectiva por montos que son habituales en su facturación mensual.

También se actualizan los pisos para los agentes de retención, aquellos que recaudan impuestos de terceros, cuyo mínimo para ser penalizados salta de 100.000 pesos a 10 millones. La lógica es clara: el derecho penal debe ser la última ratio, una herramienta reservada para los grandes delincuentes tributarios y no un mecanismo de cobranza extorsiva para asustar a los contribuyentes de a pie.

Inocencia Fiscal: vos tenés la razón

El nombre del proyecto no es casualidad; busca instaurar el principio de "inocencia" en el ámbito administrativo. Históricamente, la relación con el fisco era asimétrica: si la ex AFIP decía que debías algo, eras vos quien tenía que correr para demostrar lo contrario. La duda siempre jugaba a favor del Estado y en contra del ciudadano, generando una sensación de indefensión constante.

La nueva normativa invierte la carga de la prueba en la etapa inicial. Ahora, ARCA deberá partir de la premisa de que las declaraciones juradas presentadas por los ciudadanos son correctas y veraces. Solo podrá impugnarlas si detecta y prueba una "discrepancia significativa". El organismo recaudador tendrá que trabajar más y mejor para justificar por qué cuestiona tus números.

Esto limita la arbitrariedad de los inspectores y las fiscalizaciones "de pesca", esas donde se abría una investigación sin pruebas concretas solo para ver qué se encontraba. La ley busca dar seguridad jurídica y tranquilidad mental. Si presentaste tus papeles, se asume que estás cumpliendo, salvo que el Estado tenga pruebas contundentes de lo contrario.

Se prioriza así la regularización voluntaria por sobre el castigo. La idea fuerza detrás de la norma es que al Estado le sirve mucho más cobrar los impuestos adeudados de manera civilizada que tener a un empresario procesado o fundido por un juicio eterno. Es una visión pragmática y moderna que busca recaudar sin asfixiar la iniciativa privada ni criminalizar el error contable.

Premios para los cumplidores: menos tiempo de riesgo

Otra gran noticia para la seguridad jurídica de los buenos contribuyentes es la reducción de los plazos de prescripción. Actualmente, el fisco tiene un "cheque en blanco" de 5 años para reclamar deudas, revisar declaraciones antiguas o aplicar multas. Ese lustro se convertía muchas veces en una eternidad de incertidumbre, obligando a guardar papeles y comprobantes por tiempo indefinido.

Con la nueva ley, ese plazo se reduce a 3 años para aquellos contribuyentes cumplidores. Se define como "cumplidor" a quien presenta sus declaraciones juradas en tiempo y forma. Es un incentivo directo a la prolijidad administrativa: si hacés las cosas bien y al día, el Estado tiene mucho menos tiempo para volver a revisarte el pasado.

Sin embargo, hay que estar muy atentos porque este beneficio no es universal. Los contribuyentes no inscriptos o aquellos que no presenten sus declaraciones seguirán sujetos a los plazos largos tradicionales. La norma funciona como un sistema de premios y castigos que busca incentivar la formalización y el cumplimiento estricto del calendario de vencimientos de ARCA.

Esta medida alinea a la Argentina con las tendencias internacionales más modernas, donde los plazos de revisión son cortos para obligar al organismo recaudador a ser eficiente. Si ARCA quiere cobrar o detectar una falla, deberá hacerlo rápido. Se termina la época de "sentarse" sobre los expedientes durante media década esperando el momento político oportuno para activar un reclamo.

La trampa: multas impagables por errores tontos

Pero no todo es color de rosas en este proyecto, y aquí es donde tenés que prestar máxima atención. Como contrapartida a la suba de los umbrales penales (la zanahoria), el Gobierno decidió aplicar un garrote: la actualización feroz de los valores de las multas administrativas previstas en la Ley de Procedimiento Tributario. Aquí es donde el bolsillo te puede doler de verdad si te descuidás.

Las multas por infracciones formales, esas que se aplican por no presentar una declaración informativa a tiempo o por errores simples en los deberes administrativos, sufren un aumento exponencial. Los valores estaban congelados hace años y eran irrisorios (200 pesos), a tal punto que a muchas empresas les convenía pagar la multa antes que gastar recursos en cumplir con el trámite burocrático.

El proyecto eleva estos montos hasta 300 veces. Por ejemplo, la multa mínima por infracciones formales pasa de 200 pesos a 220.000 pesos. La máxima salta a 440.000 pesos. Un simple olvido de tu contador o un retraso en la presentación de un formulario te puede costar ahora casi medio millón de pesos, un golpe durísimo para cualquier profesional independiente.

Más grave aún es el caso de la omisión de presentar declaraciones juradas informativas, una falta común en grandes empresas y regímenes complejos de información. Las sanciones para estos casos se ubicarán entre los 5 millones y los 10 millones de pesos. El mensaje del Gobierno es cristalino: no vas a ir preso por una deuda chica, pero si sos desprolijo con los papeles, lo vas a pagar carísimo.

Borrón y cuenta nueva para causas viejas

Una de las grandes incógnitas era qué pasaría con los procesos judiciales que ya están en marcha. Por el principio de la ley penal más benigna, que tiene efecto retroactivo, el proyecto incluye mecanismos específicos para "limpiar" el historial de quienes hoy están procesados por montos que, con la nueva ley de 100 millones, dejarían de ser considerados delito.

El texto permite la extinción de la acción penal de manera definitiva. Si todavía no hubo denuncia formal de ARCA, el contribuyente puede cancelar la deuda (capital más intereses) y el asunto muere ahí, sin llegar nunca a tribunales. Es una oportunidad de oro para solucionar contingencias antes de que la maquinaria judicial se active.

Si la causa penal ya se inició, también hay una salida, aunque es más costosa. Se podrá extinguir la acción penal pagando el total de la deuda, los intereses y un recargo adicional del 50% en concepto de multa. Es una opción onerosa, sí, pero evita el riesgo de una condena, el embargo de bienes y la mancha en el récord que podría arruinar la reputación comercial de una empresa.

Este beneficio de "pagar para cerrar la causa" es una bala de plata que podrá utilizarse una sola vez por contribuyente. Si volvés a evadir en el futuro y te inician otra causa, ya no podrás usar este comodín. El sistema busca regularizar el stock de juicios viejos acumulados por la inflación, pero no dar una patente de corso para evadir sistemáticamente una y otra vez.

Ajuste automático: el fin de la discrecionalidad política

Finalmente, el proyecto ataca uno de los problemas históricos de la legislación económica argentina: la inflación que licúa las leyes en cuestión de meses. Para evitar que dentro de dos años estos nuevos umbrales de 100 millones vuelvan a quedar desactualizados y ridículos, obligando a otra reforma, se introdujo una cláusula de ajuste automático inteligente.

A partir del 1° de enero de 2027, todos los montos fijos que establece la ley (tanto los pisos para ir preso como los valores de las multas y los topes del régimen simplificado) se actualizarán anualmente. La variable elegida no es el IPC ni el salario, sino la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), que refleja de manera fiel la realidad monetaria.

Esto es clave para la seguridad jurídica a largo plazo de todos los actores económicos. Al atar los montos a la UVA, se garantiza que los parámetros se mantengan constantes en términos reales. Se le quita al poder político de turno la discrecionalidad de mantener los topes bajos para "apretar" a opositores o subirlos arbitrariamente como favor.

La actualización considerará la variación de la UVA entre enero y diciembre del año anterior. De esta manera, contadores, abogados y empresarios tendrán certeza absoluta sobre qué ley aplica cada año, sin depender de que el Congreso se digne a tratar una nueva reforma cada vez que el índice de precios se dispara, aportando una previsibilidad inédita al sistema tributario.

Banco Nación se prepara para canalizar los ahorros sin fricción ni sospecha fiscal

En paralelo a los cambios legales que introduce la Ley de Inocencia Fiscal, el Banco Nación confirmó que ya adecuó su operatoria para acompañar la nueva lógica del sistema. A través de sus más de 700 sucursales en todo el país y sus canales digitales, la entidad pública se declaró preparada para absorber un eventual aumento en la demanda de consultas, operaciones y servicios vinculados al uso de ahorros personales.

Desde la banca oficial remarcan que el nuevo marco normativo elimina uno de los principales frenos que tenían los ahorristas para interactuar con el sistema financiero: el temor a que cualquier movimiento activara alertas automáticas o derivara en investigaciones fiscales.

Con la imposibilidad de que ARCA investigue consumos por fuera de los nuevos umbrales, el uso de cuentas bancarias, transferencias y medios electrónicos deja de ser un factor de riesgo en sí mismo.

En ese contexto, el Banco Nación se posiciona como una puerta de entrada natural para quienes decidan reinsertar sus ahorros en el circuito formal, ya sea para consumo, inversión o simple resguardo. La entidad destaca que su red federal y su infraestructura digital permiten atender tanto a pequeños ahorristas como a pymes y profesionales que buscan regularizar su relación con el sistema sin sobresaltos administrativos.

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