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ALERTA

Empleados de comercio: cuánto cobran por lo trabajado en enero 2026 y quiénes reciben extras

Lo definido por el sindicato y las cámaras empresariales aplica a todos los trabajadores bajo el CCT 130/75, con excepciones puntuales.
Por S.A.
16/01/2026 - 10:13hs
empleado de comercio, sueldo

Los empleados de comercio cobran en enero de 2026 los salarios correspondientes a ese mes con una estructura definida por la última paritaria del sector. Los ingresos incluyen el salario básico por categoría, sumas fijas no remunerativas y los adicionales previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. En algunos casos puntuales, también se paga un bono extraordinario acordado con cadenas de supermercados.

Los salarios más altos del convenio corresponden a vendedores categoría D y administrativos categoría F, que alcanzan un ingreso mínimo de $1.218.519. Para los trabajadores de supermercados incluidos en acuerdos específicos, el monto puede llegar a $1.388.519, al sumarse un bono excepcional de $170.000.

Cómo se compone el sueldo de enero 2026 para empleados de comercio

El salario mensual de enero se integra por los siguientes conceptos:

  • Sueldo básico según categoría, conforme a la escala vigente.

  • Sumas fijas no remunerativas por $100.000 mensuales, desglosadas en $40.000 y $60.000, vigentes al menos hasta marzo de 2026.

  • Adicionales de convenio, como antigüedad, presentismo, manejo de caja y horas extra, calculados sobre el básico.

Estas sumas fijas se mantendrán sin cambios hasta marzo y pasarán a integrar el salario básico a partir de abril de 2026, según lo acordado entre FAECyS y las cámaras empresarias.

Escala salarial de empleados de comercio vigente en enero 2026

De acuerdo con la información difundida por FAECyS, los salarios mínimos para trabajadores registrados bajo el CCT 130/75 son los siguientes:

Maestranza

  • Categoría A: $1.155.795

  • Categoría B: $1.158.852

  • Categoría C: $1.169.560

Administrativos

  • Categoría A: $1.167.268

  • Categoría B: $1.171.860

  • Categoría C: $1.176.448

  • Categoría D: $1.190.218

  • Categoría E: $1.201.690

  • Categoría F: $1.218.519

Cajeros

  • Categoría A: $1.171.091

  • Categoría B: $1.176.448

  • Categoría C: $1.183.333

Auxiliares

  • Categoría A: $1.171.091

  • Categoría B: $1.178.740

  • Categoría C: $1.203.985

Auxiliares especializados

  • Categoría A: $1.180.274

  • Categoría B: $1.194.041

Vendedores

  • Categoría A: $1.171.091

  • Categoría B: $1.194.044

  • Categoría C: $1.201.690

  • Categoría D: $1.218.519

Estos valores corresponden a los pisos salariales de la actividad y no impiden que las empresas paguen remuneraciones superiores.

Bono de $170.000: quiénes lo cobran y cómo impacta en enero

Los empleados de supermercados de determinadas cadenas perciben en enero un bono extraordinario de $170.000, producto de acuerdos particulares entre FAECyS y empresas como Coto, Carrefour, Cencosud, Chango Más y Día%.

Este bono:

  • Se paga por única vez.

  • No se integra al salario básico.

  • No forma parte del convenio general de comercio.

Por este motivo, no alcanza a todos los empleados del sector, sino únicamente a quienes se desempeñan en supermercados adheridos.

Qué se definió en diciembre y por qué impacta en los sueldos de enero

El esquema salarial vigente surge del acuerdo paritario firmado el 5 de diciembre de 2025 y homologado por el Gobierno el 18 de diciembre. Allí se definió:

  • Un aumento salarial del 1%, correspondiente al tramo final del acuerdo anterior.

  • La continuidad de la suma fija no remunerativa de $40.000 hasta marzo de 2026.

  • La incorporación de una nueva suma fija no remunerativa de $60.000, bajo las mismas condiciones.

Ambas sumas deberán incorporarse al salario básico en abril de 2026, salvo que un nuevo acuerdo modifique ese esquema.

¿Las sumas no remunerativas cuentan para aguinaldo y vacaciones?

Sí. El acuerdo establece que los importes no remunerativos deben computarse para:

  • Aguinaldo (Sueldo Anual Complementario).

  • Vacaciones.

  • Antigüedad.

  • Presentismo.

  • Horas extra.

  • Indemnizaciones por despido.

Este punto es relevante porque garantiza que los refuerzos salariales tengan impacto en otros derechos laborales.

Aclaraciones clave del acuerdo de empleados de comercio

  • Las sumas fijas son no absorbibles y no pueden compensarse con premios o gratificaciones.

  • FAECyS y las cámaras empresarias acordaron una revisión salarial en marzo de 2026.

  • El acuerdo aplica a todos los trabajadores bajo el CCT 130/75, con excepciones puntuales.

De esta manera, los sueldos de enero 2026 reflejan una estructura salarial ya definida, con ajustes previstos para el segundo trimestre del año y una nueva instancia de negociación en el corto plazo.

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