REFORMA HISTÓRICA

Los drásticos cambios que habrá en el BCRA y que Milei anunciará por cadena nacional

La administración de Javier Milei impulsa cambios fundamentales en la regulación del Central, enfocando su marco legal y restringiendo atribuciones
Por Carlos Arbia
ECONOMÍA - 30 de Julio, 2026

El Presidente de la Nación, Javier Milei, revisará en las próximas horas con su equipo económico liderado por el ministro de Economía, Luis Caputo, y el Presidente del BCRA, Santiago Bausilli, la drástica y revolucionaria, así la llaman desde el Gobierno, modificación de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que rige desde el 2.012.

De acuerdo a lo que informó el vocero presidencial Adrián Ravier, los detalles de esas modificaciones los dará Milei el próximo jueves en un mensaje por cadena nacional luego de las 20 hs.

Por lo que pudo saber iProfesional, de una fuente muy cercana al Gobierno, se modificarán los artículos 3, 6, 7, 8, 9 y 20 de la Carta Orgánica del BCRA y varios de los cambios estarían inspirados en la Carta Orgánica del Banco Central del Perú.

En el nuevo proyecto de Ley que el Gobierno enviará a la Cámara de Diputados el martes próximo se volverá a la vieja versión del artículo 3 versión de 1.992 que expresa que "es función del BCRA preservar la estabilidad monetaria y el valor de la moneda". Ese artículo se modificó en 2012 con la Ley 26.739.

Por qué el Gobierno quiere volver a la vieja Carta Orgánica

En relación a la CO hay que recordar que en 2012, bajo la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, la entonces titular del BCRA, Mercedes Marcó del Pont, introdujo modificaciones muy drásticas a la Carta CO del organismo que funcionaba desde 1.992 cuando se instrumentó el Plan de Convertibilidad.

Luego el Congreso de la Nación aprobó la modificación del artículo 3 de la CO que establecía: "es objetivo esencial del BCRA preservar el valor de la moneda" y lo convirtió en un mandato múltiple al establecer que: "es objetivo primordial del BCRA preservar la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social".

El propósito ideológico del kirchnerismo fue que el BCRA asumiera responsabilidades más amplias, no solo en la lucha contra la inflación, sino también en el impulso del crecimiento económico y la promoción del empleo, funciones que ya tenían otros organismos estatales.

Marcó del Pont incluso dispuso el reemplazo del viejo texto por el nuevo texto en el cartel pegado en la pared de ingreso a la entidad en Reconquista 266. Esto es lo más importante que busca Milei: que ese artículo vuelva a ser igual al que figuraba en la vieja CO de 1.992.

A pesar de estos cambios, los años siguientes no trajeron ni baja inflación ni desarrollo con equidad.

Cómo quedará la remoción de directores del BCRA con la reforma

El otro artículo que buscará cambiar Milei es el 6 que se refiere a la remoción de los directores del BCRA. La estabilidad del directorio del BCRA es otro de los aspectos que preocupa al Gobierno que propondrá modificar los artículos 6, 7, 8 y 9.

En la actualidad para remover a un Director del BCRA el mecanismo está en la Carta Orgánica del BCRA que destaca que a los 10 Directores los nombra el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) con acuerdo del Senado y para removerlos aplica lo mismo que es un decreto del PEN con acuerdo del Senado. Para que quede definitivo cada nombramiento, el PEN tiene que mandar el pliego al Senado y conseguir acuerdo y los futuros Directores siguen en comisión hasta lograr el acuerdo.

El artículo 6 dice que: "los directores duran 6 años y solo pueden ser removidos por mal desempeño o delito mediante juicio político".

En relación al procedimiento, la acusación la hace el Presidente con un decreto y el juicio político se debe hacer en el Senado que actúa como tribunal.

En la actualidad para condenar y remover a un Director se necesitan los 2/3 de los miembros presentes del Senado. Es el mismo quorum que para un juicio político a un ministro y con 72 senadores en total, si están todos presentes se necesitan 48 votos para removerlo.

La novedad de la nueva CO sería que para removerlo no solo habrá que tener los 2/3 de los votos del Senado sino también tendrá que tener los 2/3 de los votos de los Diputados y solo se lo podrá juzgar por un hecho de corrupción pero no por un mal desempeño de sus funciones o por razones políticas.

En la actualidad el Directorio del BCRA tiene 10 miembros: el Presidente, el Vicepresidente 1, el Vicepresidente 2° y otros 7 Directores que duran 6 años y se renuevan por mitades.

En el 2026 no hay vencimientos de mandatos ya que los últimos fueron el 23 de septiembre de 2025 y los nuevos mandatos van hasta el 23 de septiembre de 2031. Los próximos vencimientos serían en 2028, porque se renuevan por mitades cada 3 años.

El caso más polémico de una remoción de un Director fue el de Martín Redrado cuando era titular del BCRA en enero de 2.010 por negarse a entregar unos 6.600 millones de dólares de las reservas internacionales del BCRA. La entonces Presidenta Cristina Fernández de Kirchner intentó removerlo por decreto por no girar reservas para el Fondo del Desendeudamiento. Redrado se negó, fue a la justicia y el juez frenó el decreto. Al final Redrado renunció y no hubo votación en el Senado para removerlo.

Por ese motivo también se propondrá aplicar sanciones penales como penas de prisión para los funcionarios públicos o autoridades que autoricen emisiones monetarias sin respaldo, violen la autonomía de la institución o incurran en hechos de corrupción.

Qué cambia en el financiamiento del BCRA al Tesoro

Otro de los aspectos más relevantes de la nueva reforma a la CO será una nueva modificación del artículo 20, que regula los adelantos transitorios del BCRA al Tesoro. En este caso se prohibirá al BCRA financiar al Tesoro directamente.

Esta herramienta permite hoy que el BCRA financie al Tesoro mediante emisión de pesos. Antes de la reforma, estos adelantos tenían un plazo de 12 meses y no podían superar el 12% de la base monetaria, sumando un 10% adicional de la recaudación anual del Gobierno nacional.

La reforma elevó esos límites y agregó otro 10% de la recaudación anual en situaciones excepcionales, además de eliminar la asignación específica para el pago a organismos multilaterales, permitiendo que los adelantos transitorios se destinaran a cualquier fin.

Ese cambio respondió al criterio de Marcó del Pont, quien consideraba que financiar al Tesoro debía ser una función central del BCRA. Así, el organismo comenzó a girar más fondos al Gobierno, lo que obligó al BCRA a emitir títulos propios para intentar contener el impacto inflacionario, generando un aumento de sus pasivos remunerados.

Esa reforma del 2.012 también estableció que el Central debía actuar bajo las políticas del Gobierno Nacional, reduciendo su autonomía. Por lo que pudo saber iProfesional, de fuentes cercanas al Gobierno, la propuesta del oficialismo buscará restringir la emisión monetaria, ampliada desde 2012 para financiar el déficit fiscal.

En resumen, los puntos centrales de la reforma de la actual CO serían:

  • Modificar el Artículo 3 para eliminar los objetivos múltiples (empleo, desarrollo económico y equidad social). El único objetivo del BCRA será la preservación del valor de la moneda
  • Modificación del artículo 20 para prohibir en forma definitiva que el Central emita pesos para financiar al Tesoro o utilizar asistencias financieras ficticias como las letras intransferibles
  • Modificar los artículos del 6 al 9 referidos a los requisitos para desplazar al Presidente o a los miembros del Directorio de la entidad, exigiendo dos tercios de los votos tanto en la Cámara de Senadores como en la Cámara de Diputados

Te puede interesar

Secciones