El IIF advirtió que la reforma del BCRA acercaría a Argentina a uno de los marcos más estrictos de la región
El Instituto de Finanzas Internacionales (IIF) advirtió que la Argentina podría dejar de ser una excepción regional si se aprueba la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA). El proyecto acercaría al país a uno de los marcos regulatorios más estrictos de América Latina para las autoridades monetarias.
La iniciativa ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados. Modifica las reglas sobre el objetivo del BCRA, su relación financiera con el Estado, la transferencia de utilidades, las operaciones con activos y las condiciones para la permanencia y remoción de los miembros de su directorio.
En términos generales, el IIF considera que la iniciativa busca fortalecer el marco legal de la estrategia de desinflación y establecer mayores restricciones a la utilización del Banco Central para financiar al sector público.
Sin embargo, el organismo señaló que la efectividad de los cambios dependerá de su implementación y de la continuidad de la disciplina fiscal y monetaria.
"Ante la ausencia de las extensas trayectorias institucionales y de las salvaguardas constitucionales existentes en otros países de América Latina, la contribución del proyecto a la credibilidad dependerá de una implementación consistente, una disciplina fiscal sostenida y un respaldo político duradero", sostuvo el IIF.
El organismo agregó que la aprobación de la reforma representaría una señal institucional. Pero el resultado definitivo dependerá de factores que exceden el marco legal.
Según el análisis, una inflación baja y sostenible requerirá disciplina fiscal, una implementación creíble y un compromiso que se mantenga a través de distintas administraciones.
Qué propone la reforma de la Carta Orgánica del BCRA
El proyecto fue presentado por el presidente Javier Milei durante una cadena nacional el 30 de julio. En esa oportunidad, el mandatario planteó la reforma como parte de un conjunto de cambios destinados a modificar el funcionamiento del Banco Central.
El objetivo: limitar su utilización como fuente de financiamiento del Estado.
Uno de los principales cambios consiste en establecer como misión primaria y fundamental del BCRA la preservación del valor de la moneda.
De esta manera, el proyecto concentra el mandato de la autoridad monetaria en la estabilidad del valor de la moneda. Reduce el alcance de los objetivos que actualmente contempla la Carta Orgánica.
Para el IIF, un mandato primario más acotado podría contribuir a clarificar las responsabilidades del Banco Central y fortalecer su credibilidad. La comparación con otros bancos centrales de la región muestra diferentes enfoques sobre el alcance de sus funciones.
Perú concentra su mandato en la estabilidad monetaria. Chile contempla la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos.
México establece como objetivo preservar el poder adquisitivo de la moneda y promover el desarrollo de sistemas financieros y de pagos sólidos.
En Brasil, la estabilidad de precios constituye el objetivo fundamental. Se complementa con metas vinculadas con la estabilidad financiera, la actividad económica y el empleo.
Colombia, en tanto, establece como función preservar el poder adquisitivo de la moneda en coordinación con las políticas económica, monetaria, crediticia y cambiaria.
Cómo quedaría el límite al financiamiento del Tesoro
Otro de los ejes centrales del proyecto es la relación entre el Banco Central y el sector público.
La iniciativa establece una prohibición al financiamiento directo de los gobiernos nacional, provinciales y municipales por parte del BCRA. También mantiene la restricción para que la autoridad monetaria compre títulos públicos en el mercado primario.
Según el IIF, este cambio ubicaría a la Argentina dentro de la tendencia regional hacia una mayor independencia de los bancos centrales y mayores restricciones al financiamiento directo del Tesoro.
Los principales países de América Latina cuentan con limitaciones de este tipo. Sin embargo, existen diferencias respecto de las excepciones y de las operaciones permitidas.
Chile y Brasil, por ejemplo, habilitaron durante la pandemia determinadas compras de títulos públicos en el mercado secundario. Esas operaciones estuvieron sujetas a condiciones vinculadas con la política monetaria y la provisión de liquidez.
Colombia también permite operaciones en el mercado secundario. Contempla préstamos al Gobierno en circunstancias excepcionales, sujetos a la aprobación unánime del directorio.
México admite un mecanismo temporal y limitado de crédito al Gobierno federal mediante la cuenta corriente del Tesoro.
Perú mantiene una de las prohibiciones más estrictas: su Constitución impide el financiamiento al Tesoro, aunque permite compras acotadas de títulos en el mercado secundario.
En el caso argentino, el IIF destaca que el proyecto restringe el financiamiento directo. Pero mantiene amplias facultades para que el BCRA opere en el mercado secundario.
"La amplitud de estas facultades también hace importantes sus salvaguardas: las transacciones deben realizarse a precios de mercado y permanecer claramente vinculadas a las regulaciones monetarias, cambiarias, financieras y crediticias", señaló el organismo.
Qué facultades conserva el BCRA para operar en mercados
La reforma no elimina las herramientas de intervención del Banco Central sobre los mercados financieros.
El proyecto amplía las posibilidades de realizar operaciones con títulos públicos, divisas y otros activos financieros. Para el IIF, estas facultades podrían permitir una gestión más flexible de la liquidez.
También darían mayor capacidad de respuesta ante situaciones de tensión financiera.
La diferencia estaría en las condiciones bajo las cuales podrían utilizarse esos instrumentos. Mientras se restringiría el financiamiento directo al sector público, el Banco Central conservaría herramientas para intervenir en el mercado secundario.
Por ese motivo, el IIF describe el diseño institucional como "mixto". Por un lado, establece restricciones fuertes sobre la relación financiera con el Tesoro.
Por otro, mantiene una capacidad amplia de intervención mediante operaciones de mercado.
Las nuevas reglas para las utilidades del Banco Central
El tratamiento de las utilidades del BCRA constituye otro de los aspectos que el IIF considera especialmente relevantes.
El proyecto establece nuevas reglas para determinar qué resultados pueden transferirse al Tesoro. Y cuáles deben permanecer dentro del patrimonio de la autoridad monetaria.
La iniciativa dispone que los activos del Banco Central deberán valuarse bajo criterios que permitan diferenciar los resultados genuinos de las ganancias originadas exclusivamente por variaciones en los precios de los activos.
Las ganancias derivadas de la depreciación del peso o de revaluaciones del oro no podrían ser transferidas al Tesoro. Deberían destinarse a una reserva técnica no distribuible.
Solo podrían girarse al Estado determinados resultados considerados genuinos de la gestión de la cartera. Además, el proyecto establece que esas transferencias tendrían un destino específico vinculado con la cancelación de deuda.
No podrían utilizarse para financiar gasto corriente.
Para el IIF, esta disposición colocaría a la Argentina entre los regímenes más conservadores de América Latina en materia de distribución de utilidades del Banco Central.
El organismo señaló que los sistemas de la región presentan diferencias. En Chile, por ejemplo, el Banco Central puede retener una parte de sus utilidades como reservas.
En Perú, una proporción de los resultados se destina al Tesoro y otra a reservas. Brasil y México también contemplan mecanismos de transferencia de resultados una vez realizadas las correspondientes asignaciones a reservas.
La propuesta argentina, en cambio, establece restricciones específicas. El objetivo: evitar que las ganancias contables derivadas de determinadas variaciones en el valor de los activos sean utilizadas como recursos fiscales.
El proyecto contempla, de todos modos, una excepción transitoria para determinadas ganancias no realizadas. Podrían utilizarse para cancelar adelantos transitorios pendientes y letras intransferibles del Tesoro hasta extinguir esos pasivos.
Qué cambia para el directorio del BCRA
La reforma también modifica las condiciones para la remoción del presidente y de los directores del Banco Central.
El proyecto establece que la destitución de las autoridades requerirá una mayoría de dos tercios de los miembros presentes de cada Cámara del Congreso. Además, limita las causales de remoción.
El IIF considera que esta modificación representaría un fortalecimiento de la protección institucional de los integrantes del directorio frente a eventuales remociones arbitrarias.
La entidad compara esta propuesta con los mecanismos vigentes en otros bancos centrales latinoamericanos. También existen mandatos de duración determinada y causales específicas para remover a sus autoridades.
En Perú, los directores cuentan con mandatos fijos. Pueden ser removidos por faltas graves bajo determinadas condiciones.
México combina mandatos escalonados con causales legales. Brasil y Colombia también establecen límites a la remoción de sus autoridades monetarias.
Sin embargo, el IIF identifica una cuestión pendiente en el esquema argentino: la situación de los integrantes temporales del directorio designados en comisión.
Según el organismo, la independencia institucional podría quedar incompleta si esas autoridades pueden permanecer en sus cargos sin confirmación del Senado y sin un límite temporal efectivo establecido por ley.
Las críticas sobre independencia y financiamiento indirecto
El proyecto también generó observaciones respecto de la forma en que se busca garantizar la independencia del Banco Central.
Uno de los puntos discutidos es la exigencia de una mayoría de dos tercios para remover a los directores. El argumento planteado por algunos analistas: una protección demasiado rígida podría dificultar la remoción de funcionarios incluso ante una gestión deficiente.
Mientras tanto, una futura modificación de la Carta Orgánica podría cambiar las reglas mediante una nueva ley.
En ese sentido, el economista Emilio Ocampo sostuvo que la independencia del Banco Central no debería confundirse con la imposibilidad de remover a sus autoridades.
Según su planteo, el régimen debería contemplar mecanismos que permitan preservar la autonomía institucional. Y, al mismo tiempo, mantener mecanismos de rendición de cuentas.
Otra de las observaciones se concentra en las operaciones que podrían constituir formas indirectas de asistencia al Tesoro.
El expresidente del BCRA Martín Redrado cuestionó que los bancos puedan utilizar determinados títulos públicos para integrar los encajes obligatorios.
Según su interpretación, esa posibilidad podría constituir una vía indirecta de financiamiento al sector público. Esto, aun cuando el proyecto prohíba la asistencia directa.
También se discutió la posibilidad de que el Banco Central intervenga mediante operaciones con títulos públicos en el mercado secundario. El proyecto mantiene esas facultades.
Aunque el IIF remarca que deberán existir salvaguardas para garantizar que las operaciones se realicen a precios de mercado. Y que estén vinculadas con las funciones propias de la autoridad monetaria.
El vínculo con el equilibrio fiscal que plantea el Gobierno
La reforma de la Carta Orgánica del BCRA forma parte de un esquema más amplio de política económica del Gobierno. Vincula la restricción al financiamiento monetario con el equilibrio de las cuentas públicas.
El planteo oficial sostiene que una menor necesidad de financiamiento del déficit mediante emisión requiere limitar la posibilidad de que el Tesoro recurra al Banco Central.
En paralelo, el Gobierno plantea profundizar el mercado de capitales para ampliar las alternativas de financiamiento del sector privado. El objetivo: reducir la dependencia del sistema financiero de los recursos de la autoridad monetaria.
En este marco, la reforma busca establecer reglas más estrictas sobre el vínculo financiero entre el Estado y el BCRA. Al tiempo que conserva instrumentos de política monetaria y operaciones en el mercado secundario.
Qué concluye el IIF sobre la reforma del BCRA
El análisis del Instituto de Finanzas Internacionales concluye que, de aprobarse en los términos analizados, la reforma acercaría a la Argentina a los marcos regulatorios más restrictivos de América Latina.
Esto, en aspectos como el financiamiento directo al Tesoro y la distribución de determinadas ganancias del Banco Central.
Al mismo tiempo, el BCRA conservaría facultades para intervenir en los mercados secundarios y administrar la liquidez. Por lo que no se trataría de un esquema que elimine las herramientas de intervención de la autoridad monetaria.
Para el IIF, la definición del mandato, las condiciones para las operaciones de mercado, las restricciones al financiamiento del sector público y las reglas de designación y remoción de los directores serán elementos determinantes para evaluar el alcance efectivo de la reforma.
El organismo señaló que la aprobación de la ley constituiría una señal institucional. Pero remarcó que la credibilidad del nuevo esquema dependerá de su aplicación concreta.
También dependerá de la disciplina fiscal y de la continuidad de las políticas monetarias a través de las distintas administraciones.