Cuál es el sueldo de un empleado de comercio en septiembre 2026 según su categoría, tras el último aumento

Los empleados de comercio reciben en septiembre el último tramo del aumento del 5,7% y mantienen una suma no remunerativa de $120.000 mensuales
empleados de supermercado acomodando productos en gondolas

Puntos importantes

Checkbox Checked Comercio acordó 5,7% de aumento trimestral.
Checkbox Checked Se mantiene suma fija de $120.000 mensuales.
Checkbox Checked El Día del Empleado de Comercio se traslada al 28 de septiembre.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) acordó con las cámaras empresariales del sector una nueva actualización salarial para los trabajadores de la actividad. El entendimiento contempla un incremento del 5,7% para el trimestre julio-septiembre, distribuido en tres tramos, además de un bono extraordinario y la continuidad de una suma fija no remunerativa.

El acuerdo fue firmado entre FAECYS, la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).

La actualización alcanza a las distintas categorías contempladas en el convenio colectivo de trabajo y establece un esquema de aumentos mensuales durante el tercer trimestre de 2026. A esto se suma una suma no remunerativa de $120.000 mensuales, acordada previamente, que continuará durante este período.

Para septiembre, último mes comprendido en el acuerdo, los trabajadores recibirán un incremento del 1,9% sobre las escalas correspondientes. Los montos publicados corresponden a los básicos para trabajadores de jornada completa y pueden modificarse de acuerdo con los adicionales que correspondan en cada caso.

Cómo se aplica el aumento para empleados de comercio

El acuerdo salarial estableció una suba total del 5,7% durante el trimestre julio-septiembre, aunque el porcentaje no se aplica de manera acumulativa.

La actualización se distribuye en tres cuotas del 1,9% cada una, correspondientes a julio, agosto y septiembre. Para calcular los nuevos valores se toman como referencia las escalas básicas de junio de 2026, junto con las sumas no remunerativas vigentes según lo establecido en la negociación.

De esta manera, el incremento previsto para cada mes se incorpora de acuerdo con el cronograma fijado por las partes. El último tramo, correspondiente a septiembre, impacta en los salarios que los trabajadores perciben posteriormente, de acuerdo con el calendario habitual de liquidación de cada empleador.

Además del porcentaje de aumento, el acuerdo contempló un bono extraordinario de $50.000, denominado Suma No Remunerativa Única – Revisión 2026.

El bono fue dividido en dos pagos de $25.000 cada uno. La primera cuota correspondió a julio y la segunda a agosto. Por lo tanto, en septiembre ya no corresponde una cuota adicional de este concepto.

Qué pasa con la suma fija de $120.000

Otro de los componentes del esquema salarial es la suma no remunerativa de $120.000 mensuales, que había sido establecida durante la negociación paritaria anterior.

Las partes acordaron mantener este importe durante el trimestre julio-septiembre. La suma forma parte de la liquidación salarial de los trabajadores alcanzados por el acuerdo y se mantiene diferenciada del salario básico.

El entendimiento también estableció un mecanismo para incorporar progresivamente esos $120.000 a los salarios básicos.

Según el cronograma acordado, la incorporación comenzará en diciembre de 2026 y continuará hasta mayo de 2027, mediante montos de $20.000 por mes. Este proceso modifica progresivamente la composición de los haberes, ya que una parte de la suma que durante el período tiene carácter no remunerativo pasa a formar parte de los básicos establecidos por las escalas convencionales.

Cuánto cobran los empleados de comercio en septiembre de 2026

En septiembre de 2026, los trabajadores comprendidos en el convenio reciben el tercer tramo del aumento previsto en el acuerdo, equivalente al 1,9%, junto con la suma no remunerativa de $120.000.

En cambio, el bono extraordinario de $50.000 ya fue abonado en sus dos cuotas durante julio y agosto.

Las escalas correspondientes a septiembre quedan conformadas de la siguiente manera:

Maestranza

  • Categoría A: $1.303.900
  • Categoría B: $1.307.292
  • Categoría C: $1.319.176

Personal administrativo

  • Categoría A: $1.316.632
  • Categoría B: $1.321.729
  • Categoría C: $1.326.821
  • Categoría D: $1.342.103
  • Categoría E: $1.354.836
  • Categoría F: $1.373.514

Auxiliar especializado

  • Categoría A: $1.331.067
  • Categoría B: $1.346.346

Personal auxiliar

  • Categoría A: $1.320.875
  • Categoría B: $1.329.365
  • Categoría C: $1.357.383

Cajeros

  • Categoría A: $1.320.875
  • Categoría B: $1.326.821
  • Categoría C: $1.334.462

Vendedores

  • Categoría A: $1.320.875
  • Categoría B: $1.346.349
  • Categoría C: $1.354.836
  • Categoría D: $1.373.514

Los importes corresponden a los salarios básicos establecidos para jornada completa. El monto que finalmente percibe cada trabajador puede ser diferente debido a los adicionales previstos por el convenio colectivo y a las características particulares de cada relación laboral.

Qué adicionales pueden modificar el salario final

Las escalas salariales funcionan como referencia para los trabajadores alcanzados por el convenio, pero la remuneración mensual puede incluir otros conceptos.

Entre ellos se encuentran los adicionales correspondientes a antigüedad, presentismo, manejo de caja, comisiones y horas extras, entre otros conceptos que puedan corresponder según la tarea desarrollada, la categoría y las condiciones laborales.

Por ese motivo, el importe final que figura en el recibo de sueldo no necesariamente coincide con el básico indicado en las escalas.

También pueden existir diferencias cuando una empresa establece condiciones salariales superiores a las previstas en el acuerdo colectivo. En esos casos, los empleadores pueden otorgar incrementos mayores a los establecidos en la negociación paritaria.

El esquema salarial corresponde a los trabajadores registrados alcanzados por el convenio. Las personas que trabajan bajo modalidades informales no cuentan con la aplicación automática de las escalas ni de los derechos laborales vinculados al convenio colectivo.

Cuándo se volverán a discutir los salarios de comercio

El acuerdo firmado por FAECYS y las cámaras empresariales contempla una nueva instancia de negociación durante octubre de 2026.

Las partes establecieron que volverán a reunirse ese mes para analizar la evolución de las escalas salariales y evaluar los ajustes que puedan corresponder de acuerdo con el escenario económico. La revisión permitirá analizar el comportamiento de los salarios durante el período julio-septiembre y establecer los próximos pasos de la negociación colectiva para los trabajadores del sector.

Por lo tanto, el acuerdo vigente durante el tercer trimestre no constituye el cierre de las negociaciones salariales para el resto del año. La próxima reunión será la instancia prevista para revisar los valores establecidos y discutir una eventual actualización.

Cuándo es el Día del Empleado de Comercio 2026

Además de la actualización salarial, FAECYS y las cámaras empresariales acordaron una modificación en la fecha de conmemoración del Día del Empleado de Comercio correspondiente a 2026.

La Ley 26.541 establece el 26 de septiembre como el Día del Empleado de Comercio. Sin embargo, para este año las partes acordaron trasladar la conmemoración al lunes 28 de septiembre de 2026.

La decisión fue comunicada por FAECYS mediante una circular emitida el 7 de septiembre de 2026.

De esta manera, aunque la fecha establecida legalmente continúa siendo el 26 de septiembre, durante 2026 la jornada correspondiente será trasladada al lunes 28 de septiembre.

Qué implica el traslado del Día del Empleado de Comercio

El traslado tiene como objetivo que la celebración se realice el lunes 28 de septiembre y que los trabajadores alcanzados puedan contar con los efectos previstos por la Ley 26.541.

La fecha tiene incidencia sobre la actividad comercial, ya que se trata de una jornada específica para los trabajadores comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la normativa.

El traslado acordado para 2026 permite establecer con anticipación el día en que se aplicarán las disposiciones correspondientes a la conmemoración.

Así, durante septiembre los empleados de comercio tendrán dos novedades principales: por un lado, el último tramo del aumento salarial acordado para el trimestre; por otro, el traslado de la fecha del Día del Empleado de Comercio al lunes 28.

El esquema salarial de los empleados de comercio

El acuerdo vigente combina tres componentes principales. El primero es el aumento del 5,7%, distribuido en tres tramos de 1,9% durante julio, agosto y septiembre.

El segundo es el bono extraordinario de $50.000, que fue dividido en dos cuotas de $25.000 y finalizó con el pago correspondiente a agosto.

El tercero es la suma no remunerativa de $120.000 mensuales, que continúa durante septiembre y comenzará a incorporarse progresivamente a los básicos a partir de diciembre de 2026.

Para septiembre, por lo tanto, el componente extraordinario de $50.000 ya no forma parte de la liquidación, mientras que continúa vigente la suma fija de $120.000 y se aplica el tercer tramo del aumento acordado.

Los trabajadores deberán considerar además los adicionales correspondientes a su categoría y situación laboral para determinar el monto total de la remuneración.

Con la liquidación de septiembre se completa el esquema de actualización establecido para el tercer trimestre. La próxima instancia de negociación quedó fijada para octubre, cuando FAECYS, CAC, CAME y UDECA volverán a analizar las escalas salariales y las condiciones económicas del sector.

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