Habrá multas más duras para Edesur, Edenor y otras empresas eléctricas si no cuidan el medio ambiente
El Gobierno decidió convertir las fallas ambientales del sector eléctrico en sanciones económicas millonarias. El nuevo sistema permite transformar incumplimientos en controles, emisiones y monitoreos en multas calculadas según el tamaño de las empresas y la gravedad de las infracciones.
Tal como publicó el periodista Andrés Sanguinetti en EconomiaSustentable.com, la medida alcanza a los principales segmentos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Tiene impacto sobre distribuidoras, generadoras y transportistas de electricidad bajo jurisdicción federal.
Así surge de la Resolución 254/2026 del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE). El texto fue publicado este miércoles 8 de julio en el Boletín Oficial de la Nación.
La norma menciona expresamente a Edenor y Edesur. Las dos grandes distribuidoras eléctricas del Área Metropolitana de Buenos Aires quedan alcanzadas porque sus contratos de concesión contemplan penalidades específicas por incumplimientos de obligaciones ambientales.
Qué empresas eléctricas quedan alcanzadas por las multas ambientales
Según publicó EconomiaSustentable.com, Edenor es la mayor distribuidora de electricidad del país. Su área de concesión abarca 4.637 km², incluyendo 20 municipios del noroeste del Gran Buenos Aires y la zona noroeste de la Ciudad de Buenos Aires.
La empresa brinda servicio a cerca de 3,39 millones de clientes. El 51% de las acciones (Clase A) que otorgan el control político pertenece a EDELCOS S.A., consorcio en manos de los empresarios Daniel Vila, José Luis Manzano y Mauricio Filiberti.
El Estado nacional posee el 27,75% de las acciones a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES. El porcentaje restante cotiza públicamente en BYMA y NYSE.
Edesur, por su parte, es una de las principales distribuidoras desde su fundación en 1992. Su red de 32.500 km abastece a más de 2,7 millones de clientes en un área de concesión de 3.300 km² en la zona sur de Buenos Aires. El control mayoritario está en manos de la multinacional italiana Enel, que opera en el país a través de su filial corporativa, según informó EconomiaSustentable.com.
El alcance de la norma es más amplio. También comprende a generadores, autogeneradores, cogeneradores, transportistas de energía eléctrica en alta tensión, operadores de redes de distribución troncal y transportistas de interconexión internacional bajo regulación federal.
El universo potencialmente alcanzado incluye grandes generadoras como Central Puerto, Pampa Energía, YPF Luz, Genneia, AES Argentina, MSU Energy, Albanesi y PCR.
También suma al transporte eléctrico. El nombre central es Transener, además de las compañías regionales de transporte por distribución troncal, siempre que estén en las categorías y jurisdicción definidas.
La inclusión en ese universo regulado no implica que esas compañías hayan cometido infracciones. Significa que sus instalaciones alcanzadas quedan sujetas al esquema de control y sanción cuando corresponda.
Cómo funcionan las multas millonarias atadas a la inflación
Uno de los puntos centrales aparece en el tratamiento de las generadoras, autogeneradoras y cogeneradoras del MEM consideradas terceros no concesionarios.
Para ese universo, el monto máximo previsto alcanza los $140 millones por cada tipo de incumplimiento. El valor se actualizará mensualmente mediante una fórmula integrada en un 67% por el IPIM y en un 33% por el IPC.
De esta manera, las sanciones ambientales mantendrán su peso económico frente a la inflación. La fórmula final tendrá en cuenta también la participación de cada agente dentro del mercado eléctrico, la importancia relativa del incumplimiento y su gravedad.
El objetivo es diferenciar una irregularidad administrativa de menor impacto de una falla grave o reiterada vinculada con emisiones, monitoreos o equipos de control ambiental.
En el caso de Edenor y Edesur, el régimen sancionatorio tiene características particulares. Ambas compañías son concesionarias del servicio público bajo jurisdicción nacional.
Los contratos de concesión establecen un máximo equivalente a 500.000 kWh por cada tipo de incumplimiento ambiental evaluado.
El ente regulador podrá actuar frente al incumplimiento de múltiples obligaciones. Incluyen preservar los ecosistemas involucrados en la actividad, respetar las normas de protección ambiental, entregar la documentación necesaria para los controles y cumplir las disposiciones dictadas por el organismo.
Para definir las penalidades se deberán considerar la naturaleza y gravedad de la falta. También los antecedentes de cada distribuidora y, especialmente, la reincidencia.
Qué incumplimientos ambientales pueden terminar en sanciones económicas
El anexo de la norma al que accedió Economía Sustentable identifica siete categorías de incumplimientos que podrán terminar en sanciones.
Entre las más importantes aparecen los desvíos en la implementación, certificación y mantenimiento de los Sistemas de Gestión Ambiental. También se destacan las fallas en la planificación ambiental.
Las irregularidades en los informes de gestión y los problemas en la evaluación del cumplimiento de las normas ambientales completan el panorama inicial.
Pero los puntos más sensibles aparecen en los controles directamente relacionados con el impacto de las operaciones.
La norma contempla sanciones por incumplimientos en la recolección y procesamiento de información ambiental. También por falta de monitoreos con la frecuencia obligatoria y apartamientos de los estándares vigentes.
Incorpora las fallas en equipos destinados a reducir emisiones contaminantes. Y problemas en los sistemas de monitoreo continuo de emisiones gaseosas.
En ese caso, el ente regulador podrá evaluar además la calidad de los datos recolectados y el estado de los equipos de medición.
Este punto resulta especialmente sensible para las centrales térmicas. Su funcionamiento requiere controles específicos sobre las emisiones generadas durante la producción de electricidad.
El régimen no se limita a una determinada tecnología. Las obligaciones de gestión, planificación, información y monitoreo alcanzan al conjunto de los agentes incluidos en la regulación.
También habrá multas por ocultar o demorar información al Estado
El ENReGE no necesitará detectar necesariamente un episodio de contaminación para iniciar un proceso sancionatorio.
Las empresas también podrán recibir penalidades por incumplimientos vinculados con la obligación de informar.
Una de las categorías contempla demoras o irregularidades en la entrega de documentación solicitada. Abarca reclamos, auditorías, inspecciones e investigaciones de incidentes ambientales.
También incluye los informes adicionales requeridos cuando se detecten vulneraciones de límites ambientales.
De esta manera, una compañía podrá ser evaluada no solo por las consecuencias de un incidente. También por la forma en que lo midió, documentó e informó al Estado.
Cómo se calcula el monto final de cada multa ambiental
El tamaño relativo de cada agente será otro componente del cálculo. El organismo regulador utilizará como referencia el porcentaje que representa el aporte de cada empresa a la tasa de fiscalización del universo alcanzado.
Los agentes con una participación de hasta 0,10% tendrán un coeficiente de 0,20. La escala aumentará progresivamente hasta llegar a 1 para las compañías que representen más del 15%.
La metodología también establece diferentes ponderaciones según la clase de irregularidad.
Los problemas en la implementación y certificación del Sistema de Gestión Ambiental tendrán el coeficiente más alto, de 0,30. Los incumplimientos relacionados con monitoreos y sistemas de control tendrán una ponderación de 0,25.
A esas variables se sumará el factor de gravedad. Podrá variar entre el 1% y el 100%.
Para determinarlo, el organismo analizará los antecedentes de la empresa, la calidad de la información presentada, el cumplimiento de los plazos, las consecuencias del desvío y la reincidencia.
De obligación ambiental a riesgo económico concreto
El antecedente central del sistema se remonta a 2022. En ese momento, el Gobierno estableció que los agentes alcanzados debían implementar, certificar y mantener vigente un Sistema de Gestión Ambiental.
La regulación también fijó pautas para las planificaciones ambientales de las instalaciones. El objetivo era prevenir impactos y abordar los riesgos asociados con la actividad eléctrica.
Ahora, la nueva resolución avanza un paso más. Las obligaciones ya existían, pero el organismo estableció una metodología específica para convertir los desvíos en sanciones económicas concretas.
El ENReGE aclara que su función ambiental es complementaria. Podrá controlar las obligaciones correspondientes al marco regulatorio eléctrico y a los contratos de concesión, pero no reemplaza a las autoridades ambientales nacionales o provinciales.
Ante un incidente grave podrían coexistir diferentes niveles de responsabilidad. El daño ambiental propiamente dicho y los incumplimientos regulatorios dentro del mercado eléctrico.
La gran incógnita será ahora la capacidad efectiva de fiscalización. La existencia de multas elevadas y actualizables puede funcionar como elemento disuasorio solamente si existe un sistema capaz de detectar las irregularidades.
Para Edenor y Edesur, el régimen refuerza obligaciones ambientales incluidas en sus contratos de concesión.
Para las generadoras y otros agentes del MEM, establece una señal económica directa. Las infracciones pueden alcanzar una base máxima de $140 millones por categoría y ese valor crecerá con una combinación de inflación minorista y mayorista.
El Gobierno convirtió así la gestión ambiental del negocio eléctrico en una variable con impacto económico concreto. La prueba será comprobar si las nuevas multas sirven para prevenir impactos ambientales o quedan reducidas a otro capítulo del complejo régimen sancionatorio del sector energético argentino.