AGUINALDO EN ESPERA

Aguinaldo junio 2026: cuándo se cobra, cómo calcularlo, quiénes lo reciben y el plazo para el pago

Miles de argentinos esperan la primera cuota, mientras las demoras y aspectos legales generan preocupación entre asalariados y jubilados
Por S.A.
FINANZAS - 26 de Mayo, 2026

El mes de junio trae consigo uno de los ingresos más esperados por trabajadores y jubilados en Argentina: el cobro del aguinaldo, oficialmente denominado Sueldo Anual Complementario (SAC). Se trata de un pago adicional equivalente al 50% de la mejor remuneración mensual percibida durante el semestre y constituye un derecho previsto por la legislación laboral argentina.

En 2026, la primera cuota del aguinaldo deberá abonarse hasta el 30 de junio, aunque la normativa contempla un pequeño margen operativo que puede extender el depósito algunos días hábiles más.

El SAC alcanza a trabajadores registrados del sector privado, empleados públicos, jubilados y pensionados, y suele convertirse en un ingreso clave para afrontar gastos, cancelar deudas, ahorrar o impulsar el consumo.

Qué es el aguinaldo o SAC

El Sueldo Anual Complementario está regulado por el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo y por la Ley 23.041, junto con su decreto reglamentario 1078/1984. Su naturaleza jurídica es la de una remuneración adicional y complementaria al salario habitual.

Popularmente se lo conoce como "el sueldo número 13", ya que representa un ingreso extra dividido en dos pagos semestrales:

  • Primera cuota: junio
  • Segunda cuota: diciembre

El aguinaldo se devenga diariamente y se abona en dos cuotas semestrales, incluyendo todas las remuneraciones percibidas durante el período correspondiente.

Cuándo se cobra el aguinaldo de junio 2026

La primera cuota del SAC tiene como fecha límite de pago el martes 30 de junio de 2026.

Sin embargo, la legislación admite un plazo adicional de hasta cuatro días hábiles, por lo que algunos trabajadores podrían ver acreditado el monto durante los primeros días de julio.

En el caso del personal de casas particulares, el aguinaldo debe abonarse en la última jornada laboral de junio.

Los trabajadores registrados del sector privado, empleados públicos nacionales, provinciales y municipales, personal de casas particulares y jubilados y pensionados del sistema previsional argentino tienen derecho a percibir el aguinaldo. No así los monotributistas, trabajadores autónomos ni aquellos que trabajan en la informalidad.

En el caso de los jubilados y pensionados, el aguinaldo se deposita junto con los haberes mensuales, de acuerdo con el calendario de pagos de la ANSES según la terminación del DNI. Cabe señalar que no requiere trámites adicionales.

Cómo se calcula el aguinaldo

El cálculo del aguinaldo se realiza tomando el 50% de la mayor remuneración mensual devengada entre enero y junio de 2026. La fórmula básica es: SAC = Mayor remuneración mensual del semestre / 2

Para determinar el monto, el trabajador debe:

  • Revisar todos los recibos de sueldo del semestre
  • Identificar el salario bruto más alto
  • Dividir ese valor por dos

Para hacer el cálculo, se debe considerar el salario bruto (antes de descuentos) y no el monto que finalmente se cobra "en mano".

Ejemplo práctico

Si el salario más alto percibido entre enero y junio fue de $1.000.000, el aguinaldo bruto será: SAC = 1.000.000 / 2 = $500.000

En ese caso, el trabajador cobrará un aguinaldo bruto de $500.000, sobre el cual luego se aplicarán los descuentos correspondientes de aportes y contribuciones.

Sin embargo, sobre ese monto bruto del SAC se aplican los descuentos habituales: 11% de jubilación, 3% de obra social y 3% de PAMI. En total, las retenciones representan el 17%.

Qué conceptos se incluyen en el cálculo

La legislación establece que el SAC debe calcularse sobre la "mayor remuneración mensual devengada por todo concepto". Eso significa que no sólo se toma el sueldo básico.

Entre los conceptos remunerativos incluidos se encuentran:

  • Sueldo básico
  • Horas extras
  • Comisiones
  • Antigüedad
  • Premios y bonificaciones
  • Adicionales de convenio
  • Gratificaciones remunerativas

Las horas extras y las comisiones se incorporan directamente al cálculo del mes en que fueron cobradas, sin realizar promedios.

Además, si hubo aumentos salariales retroactivos, el empleador debe recalcular el aguinaldo y pagar la diferencia correspondiente.

Qué conceptos quedan excluidos

No todos los pagos integran la base de cálculo del SAC. Quedan afuera aquellos conceptos considerados no remunerativos.

Entre ellos:

  • Beneficios sociales
  • Viáticos con comprobantes
  • Gratificaciones no remunerativas
  • Asignaciones familiares
  • Asignación por maternidad
  • Sumas no remunerativas acordadas en paritarias, salvo disposición expresa

Tampoco computan los períodos no remunerados, como determinadas licencias sin goce de sueldo o excedencias.

Qué pasa con el aguinaldo si no trabajé el semestre completo

En el caso de no haber trabajado los seis meses completos del semestre, corresponde cobrar un aguinaldo proporcional. La fórmula es: (mejor sueldo del semestre ÷ 2) ÷ 180 × días trabajados.

Esto aplica en casos de ingreso reciente, renuncia o despido.

Es importante tener en cuenta que los 180 días son un valor de referencia, por lo que el cálculo final puede variar levemente según los días reales del período.

Qué pasa si termina la relación laboral

En caso de despido, renuncia o cualquier forma de extinción del contrato de trabajo, el empleado tiene derecho a cobrar el aguinaldo proporcional generado hasta la fecha de finalización de la relación laboral. Ese monto debe incluirse dentro de la liquidación final.

El derecho también corresponde a los herederos del trabajador en caso de fallecimiento.

Fraccionamiento del aguinaldo: cuándo puede pagarse en cuotas

La regla general establece que el aguinaldo debe abonarse en dos cuotas anuales. Sin embargo, existen excepciones previstas en la normativa.

El fraccionamiento puede aplicarse cuando:

  • Un convenio colectivo lo autoriza expresamente
  • Se trata de pequeñas empresas alcanzadas por regímenes especiales
  • Existe un acuerdo sectorial que habilita hasta tres cuotas

En esos casos, el empleador debe comunicar previamente el esquema de pago correspondiente.

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