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ANMAT una vez más: prohibió la venta de una marca de harina de maíz

Según la disposición publicada en el Boletín Oficial, el organismo de control encontró roedores en el establecimiento de producción
29/05/2020 - 11:15hs
ANMAT una vez más: prohibió la venta de una marca de harina de maíz

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este viernes, a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, la comercialización de una harina de maíz para cocción rápida.

La Disposición 3581/2020 estableció la inhibición para la "comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como: ‘Harina de maíz para cocción rápida’, marca: La Despensa RNPA Nº 02-559421, Alimentaria San Carlos SA, Gral. Paz e/San Carlos y Calle 4, Carlos Keen RNE Nº 02-030901″.

Entre las razones expuestas en los considerandos de la norma se señaló que "el municipio de Malvinas Argentinas, provincia de Buenos Aires, durante la revisión de alimentos entregados por el Programa/Plan a comedores escolares, detectó la presencia de elementos extraños en el interior del producto".

Fue por eso que le dio intervención a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires. Esta entidad realizó una auditoría en el establecimiento Alimentaria San Carlos SA y "detectó no conformidades edilicias y heces de roedores, además expresó que la planta no tiene hermeticidad, posibilitando el acceso de roedores y no cuenta con manuales de BPM y de limpieza". En consecuencia, la autoridad sanitaria mencionada "procedió a la clausura del establecimiento", al tiempo que determinó que "no es posible elaborar alimentos allí hasta tanto revierta su situación".

Esta es la resolución en la que se prohibió la venta del producto
Esta es la resolución en la que se prohibió la venta del producto

 Además, el texto expresó que "existe una probabilidad razonable de consecuencias adversas temporarias y/o reversibles en la salud de los consumidores, por lo que deberá extenderse esa situación hasta el nivel de distribución minorista". A partir de ello, de acuerdo a lo detallado en los considerandos, "la empresa informó que se ha puesto en contacto con sus clientes para iniciar el recupero del producto y que los lotes involucrados son aquellos que consignan fecha de vencimiento Marzo 2022 y Agosto 2023".

Por último, la ANMAT detalló que "el producto está en infracción al encontrarse la presencia de elementos extraños a los declarados en el rótulo, resultando ser en consecuencia ilegal". De esta manera, "a fin de proteger la salud de la población toda vez que se trata de productos alimenticios ilegales, donde no se puede garantizar la trazabilidad e inocuidad, condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente" es que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria recomendó "prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto".

Además de la prohibición de comercialización, ANMAT dispuso la necesidad de comunicar la medida a todas las entidades sanitarias y alimentarias del país. Es por eso que en el segundo artículo de la disposición ordenó comunicar a los ministerios de Salud de la Provincia y la Ciudad de Buenos Aires y del resto de los distritos del país. Asimismo, indicó la necesidad de mantener al tanto a la Cámara Argentina de Supermercados, a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), entre otras entidades del sector alimentario.

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