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Con el cobro del bono 2018, el Impuesto a las Ganancias puede alcanzar a más trabajadores

Tras la publicación del decreto, las empresas consultan cómo liquidar el bono 2018, por el que no se retienen aportes pero sí pagan el tributo
14/11/2018 - 06:56hs
Con el cobro del bono 2018, el Impuesto a las Ganancias puede alcanzar a más trabajadores

El bono 2018 obligatorio que otorgó el Gobierno puede tener consecuencias inesperadas para aquellos que hoy no tributan el Impuesto a las Ganancias o para quienes están cerca de cambiar de alícuota en la escala. Y las empresas ya consultan cómo liquidar el beneficio.

El decreto, publicado este martes en el Boletín Oficial, plantea una serie de dudas en su aplicación y liquidación por parte de las empresas que no sólo tienen que hacerse cargo de este nuevo costo obligatorio, sino que además tienen que lidiar con la carga administrativa que implica su determinación sobre una redacción confusa y poco clara sobre diversos aspectos, advirtió a El Cronista Iván Sasovsky, titular del estudio del mismo nombre.Toda remuneración que supera el mínimo no imponible y las deducciones establecidas por ley, tributa el Impuesto a las Ganancias independientemente de su carácter remunerativo o no, explicó Sasovsky.

La autonomía del derecho tributario separa absolutamente la conceptualización de la base imponible para las seguridad social de la base imponible para el Impuesto a las Ganancias, precisó Sasovsky.

Dado que el Poder Ejecutivo tiene vedada la posibilidad de otorgar exenciones, el plus tributa el Impuesto a las Ganancias y se incorpora como una ganancia más en la determinación del impuesto, enfatizó el especialista.

Frente al mensaje que les llega a los empleados, muchos piensan que van a recibir un monto neto, que no será el que vean acreditados en sus cuentas con la liquidación de sus respectivos haberes.

Y será el empleador quien deberá salir a explicar esta situación, recordó Sasovsky.

Por otra parte, al tributar el Impuesto a las Ganancias hay casos en los que por la incorporación del bono, se produce un salto de tramo en la tabla de alícuotas que determina el impuesto definitivo a pagar por el empleado, debiendo pagar más de lo que le corresponde sin la incorporación de este nuevo concepto, advirtió Sasovsky.

"Es un concepto que se considera no remunerativo desde el punto de vista previsional, pero impositivamente se paga", agregó el tributarista César Litvin, titular del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados en declaraciones radiales. "No hay ninguna ley que cambie el Impuesto a las Ganancias o que diga que no se paga", agregó el especialista.

Actualmente, un trabajador soltero y sin hijos tributa el Impuesto a las Ganancias a partir de un salario de bolsillo (neto) de $29.855 mensuales. En el caso de un trabajador casado y con dos hijos de hasta 18 años tributa a partir de un salario de bolsillo de $39.495 mensuales.

Con todo, un trabajador soltero que cobre $26.000 netos mensuales y reciba el bono de $5.000 pagará ganancias por la diferencia. También se puede ocurrir que al sumar el bono, un empleado pueda saltar un tramo en la tabla de alícuotas que determina el monto a pagar.

El impacto del bono en el Impuesto a las Ganancias, de todas formas, será menor en el caso de que se pague en varias cuotas. "Va a depender de cómo se paga, si se va cuotificando o no", advirtió Litvin. También se debe prestar atención si se percibe el bono después de enero, porque es el mes donde se aumentan los mínimos no imponibles.

El Impuesto a las Ganancias sigue avanzando sobre los ingresos de los argentinos y ya afecta a casi 2 millones de personas, un 62,5% más que la cantidad de contribuyentes de 2015. En ese año, pagaban Ganancias 1.194.149 personas; en 2016, unas 1.688.141; en 2017, unas 1.990.349; y ahora, 1.939.994 trabajadores.

Esos datos oficiales indican que unas 745.845 personas que en 2015 no pagaban Ganancias tuvieron que pasar a tributar, independientemente de la erosión que hayan registrado sus ingresos por el impacto de la inflación.¿La empresa puede hacerse cargo?

La redacción del Decreto sólo deja como concepto no remunerativo la suma de $5000.

Por este motivo, cualquier acrecentamiento que se quiera dar, para que el empleado reciba ese monto neto, estará sujeto a aportes y contribuciones, encareciendo aún más cualquier buena voluntad que quiera mostrar el empleador, concluyó Sasovsky.

En cuanto al bono en sí, Sasovsky resumió que el Decreto establece una asignación no remunerativa (ANR) con las siguientes características:

Es de $ 5000, a abonarse en dos cuotas iguales, junto a las remuneraciones de los meses de noviembre de 2018 y enero de 2019, respectivamente.

El pago será proporcional cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional.

Se prevé para aquellas actividades o sectores en crisis o declinación productiva la flexibilización del pago de la ANR, que deberá formalizarse mediante Acuerdos convencionales.

Se establece un régimen de absorción para aquellas actividades que hayan pactado un incremento salarial en concepto de revisión salarial complementaria a la negociación colectiva de 2018 y también para los empleadores que unilateralmente hubiesen otorgado otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1 de enero de 2018.

Se aclara que las nuevas negociaciones colectivas que se celebren para instrumentar sumas en concepto de revisión salarial podrán tomar en cuenta el monto de la presente ANR.

Quedan excluidos del pago de la ANR los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario y Personal de Casas Particulares, como así también los que pertenezcan al sector público nacional, provincial y municipal.

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