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La AFIP lanza el procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas

La flamante norma "aprueba el procedimiento de consulta y elaboración participativa de las normas en el ámbito del fisco nacional"
30/10/2019 - 08:33hs
La AFIP lanza el procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas

La AFIP lanza el procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas.

Así lo establece la Disposición 388/19 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.La flamante norma "aprueba el procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas en el ámbito de la AFIP".

A tal fin, los tipos de normas que se encuentran comprendidos son las Resoluciones Generales, Circulares y Disposiciones, que serán dictadas por el Administrador Federal y, en su caso, por los Directores Generales.

Podrán participar del procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas, las asociaciones profesionales, cámaras representativas de sectores de interés, agrupaciones sectoriales, otras organizaciones intermedias debidamente reconocidas y/o ciudadanos interesados.

La Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional propiciará el inicio del procedimiento de elaboración participativa de normas cuando, ya sea por su novedad, eventual impacto o repercusión, los proyectos normativos ameriten ser puestos a consideración de los sujetos.

Asimismo, las Direcciones Generales o Subdirecciones Generales también podrán impulsar el citado procedimiento, con la conformidad de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional.

Los proyectos normativos podrán ser tratados en el ámbito de los Espacios de Diálogo Institucional.

Asimismo, de considerarlo oportuno, la Subdirección General de Servicios al Contribuyente habilitará -por un plazo determinado- un micrositio en la web de la AFIP en donde se difundirá el proyecto normativo y se recibirán las opiniones, propuestas y la documentación que se estime pertinente, de corresponder.

El ingreso al micrositio se realizará mediante la utilización de la respectiva Clave Fiscal, habilitada con Nivel de Seguridad 2, como mínimo.

Las opiniones y propuestas que se presenten durante el procedimiento establecido en esta norma, serán de carácter no vinculante.La Subdirección General de Servicios al Contribuyente llevará un registro de la cantidad de opiniones y propuestas recibidas. Una vez concluido el plazo previsto para su presentación, las remitirá al área propiciante de la medida. Esta última, cuando corresponda, las girará a las dependencias competentes -involucradas en el proyecto normativo- para su evaluación.

La instancia que impulsa la medida será la responsable final de la evaluación de las opiniones y propuestas recibidas.

La Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional será la encargada de monitorear el procedimiento previsto en la presente y de impulsar toda acción que estime necesaria.

En el fundamento de la medida que fuera puesta a consideración mediante el procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas, se dejará constancia de los aportes recibidos y de las modificaciones incorporadas al texto como consecuencia de ello.

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