INICIATIVA OFICIAL

El kirchnerismo analiza ampliar la base para que más personas paguen el impuesto a la riqueza

El Frente de Todos anunció que el llamado impuesto a la riqueza" para afrontar gastos generados por el COVID-19 sería presentado en el mes de junio.
IMPUESTOS - 02 de Junio, 2020

El Frente de Todos anunció que el llamado "impuesto a la riqueza" para afrontar gastos generados por el COVID-19 sería presentado en el mes de junio.

Hoy por hoy, el kirchnerismo analiza si amplía la base para que paguen lo que ellos no llaman impuesto sino un aporte patriótico, señala Infobae.

La idea original era que pagaran quienes declararon bienes al 31 de diciembre del año pasado por $200 millones. Sin embargo altas fuentes del bloque admiten que se retomó la discusión interna y que parte del kirchnerismo prefiere que más gente contribuya con el financiamiento de los gastos extraordinarios que demanda la pandemia.

Aunque en el Frente de Todos dicen que el proyecto no crea un nuevo impuesto sino un aporte extraordinario por única vez, la cámara de inicio será la de Diputados.

De los 257 integrantes de la cámara baja, 119 pertenecen al Frente de Todos. Juntos por el Cambio tiene 116; el Interbloque Federal tiene 11; la izquierda dos; el Movimiento Popular Neuquino una y Unidad y Equidad Federal, ocho. Los no oficialistas suman 138.

El proyecto por dentro

iProfesional accedió a una de las últimas versiones del borrador de lo que será el impuesto a las grandes riquezas que se impulsará desde el oficialismo.

Acceda al texto completo del borrador:

Claves del proyecto

La iniciativa crea con carácter de emergencia y por única vez, un tributo que se aplicará en todo el territorio de la Nación tomando como base del cálculo los Bienes Personales resultantes al 31 de marzo de 2020".

Se encuentran alcanzadas por el presente tributo las personas humanas y las sucesiones indivisas que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre los Bienes Personales, cuando la suma de los bienes de los que sean titulares, cuya valuación, determinada por los criterios de la mencionada norma legal, independientemente del tratamiento que revistieran en ese gravamen y sin deducción de mínimo no imponible alguno, al 31 de diciembre de 2019, sea igual o superior a $200.000.000

Para las personas humanas y sucesiones indivisas alcanzadas, la base imponible se determinará considerando la suma del monto de todos los bienes de los que sean titulares al 31 de marzo de 2020, determinada de acuerdo a los criterios de valuación establecidos en el mencionado impuesto , independientemente del tratamiento que revistieran en éste y sin deducción de mínimo no imponible alguno.

Impuesto a las grandes riquezas: qué dice el último borrador

El impuesto a ingresar se determinará aplicando sobre la base imponible que resulte de lo dispuesto en el artículo anterior, la alícuota que corresponda aplicar de acuerdo a la siguiente tabla:

  • De $0 a $400.000.000, inclusive  abonarán una tasa del 2,00%
  • De $400.000.000 a $3.000.000.000, inclusive; abonarán una tasa de 2,50%
  • De $3.000.000.000 en adelante, abonarán una tasa de 3,50%

El producido de lo recaudado por el gravamen será aplicado, en orden prioritario:

1. A la compra y/o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria, vinculados a la pandemia del COVID-19.

2. Al refuerzo de las transferencias a personas que hayan perdido sus ingresos por la crisis ocasionada por la pandemia del COVID-19, con el fin de mejorar su situación social e impulsar el consumo.

3. A subsidios a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, más castigadas por el efecto económico de la pandemia del COV-19, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.

Puntos claves del Impuesto a la Riqueza

Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados detalla los diez puntos a tener en cuenta sobre el nuevo impuesto a la riqueza

1. La tasa que se está convalidando, directamente por parte del oficialismo, e indirectamente por parte de la oposición, es en torno al 2% como mínimo.

2. No se diferencia patrimonio en el país y en el exterior.

3. Será por única vez.

4. Se toma para la valuación la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales, pero la fecha de corte sería posterior al último 31/12.

5. Al tener un desdoblamiento cambiario que genera una brecha cambiaria de un 100%, hace que el impuesto para quienes sus patrimonios se encuentren dolarizados que la tasa sea efectiva más baja.

6. No se permite la deducción de pasivos.

Impuesto a las grandes fortunas: claves del borrador

7. No queda claro el tratamiento de las inversiones en títulos públicos en caso de que se caiga en default.

8. Se deberán tener en cuenta que gran parte de las inversiones hoy tienen mucho menos valor al no haber terminado la pandemia, por lo que la foto sobre la que se calcule el patrimonio será mentirosa.

9. Los planteos de confiscatoriedad caerán sobre activos que no generen renta.

10. El resto del mundo está evaluando la creación de impuestos al patrimonio, pero ello dado que en esos países no tienen otros impuestos similares como en Argentina el Impuesto sobre los Bienes Personales.

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