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El Gobierno recortó un año las restricciones del ATP: ¿cuáles son los motivos?

Una decisión de la Jefatura de Gabinete aclaró cuándo podrán volver a repartir utilidades y comprar dólares por contado con liqui quienes recibieron ayuda
03/06/2020 - 10:33hs
El Gobierno recortó un año las restricciones del ATP: ¿cuáles son los motivos?

El Gobierno aclaró hasta cuándo estarán vigentes las restricciones para retirar ganancias de la empresa o comprar dólares a través del contado con liquidación para aquellas empresas que acepten la ayuda para el pago de sueldos y contribuciones patronales.

La Disposición Administrativa 963/2020 de la Jefatura de Gabinete, publicada ayer en el Boletín Oficial, aprobó un nuevo informe del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (ATP).

Según ese informe, que a su vez aprueba el Acta N° 13 firmada por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, se reduce en un año la aplicación de las restricciones, al aclarar puntos que estaban confusos, indicó Daniel Lejtman, del estudio Lisicki, Litvin & Asoc.

También se confirma que para las empresas de hasta 800 empleados que hayan recibido beneficios en abril no había restricciones, sino que estas empiezan si piden la ayuda también en mayo, precisó Lejtman 

De esta forma, para las empresas que cierren ejercicio el próximo 31 de diciembre de este año, las restricciones estarán vigentes hasta la misma fecha del año 2021, y podrán repartir utilidades recién en el ejercicio 2022, cuando tengan hasta 800 empleados, indicó Lejtman.

Programa de ayuda para pagar sueldos: qué cambia
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Y cuando tengan más trabajadores en su nómina que los 800 prescriptos como tope, para el cierre 31 de diciembre de 2020, las restricciones llegarán hasta diciembre de 2022, por lo que podrán empezar a comprar dólares a través del contado con liquidación o bonos locales en 2023, añadió.

Con la redacción anterior de las decisiones de la Jefatura y las recomendaciones del Comité, las fechas de liberación de los requisitos eran 2023 y 2024.

La liberación de las restricciones para empresas con distintas fechas de cierre de sus estados contables queda como se indica en los siguientes cuadros:

Restricciones para empresas de hasta 800 empleados ATP mayo

Fuente Ezequiel Passarelli, del estudio SCI

Restricciones para empresas de más de 800 empleados ATIP de mayo

Fuente Ezequiel Passarelli, del estudio SCI

Los requisitos de los que huyen ya muchas empresas implican que las empresas que acepten la ayuda para pagar sueldo:

  • No podrán distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019. 
  • No podrán recomprar sus acciones directa o indirectamente. 
  • No podrán adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior. 
  • No podrán realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados, directa o indirectamente, con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.

Estas restricciones se establecieron durarán 12 meses para las empresas de hasta 800 trabajadores y dos años para las de más de 800 empleados, pero recién para los ATP de mayo.

Para los ATP de abril, sólo debían cumplir los requisitos las compañías con más de 800 empleados, y sólo por 12 meses, por lo que, según esta última norma de la Jefatura de Gabinete, por la ayuda que hayan recibido ese mes tendrán restricciones para repartir utilidades y comprar divisas hasta 2022.

De acuerdo con los datos oficiales, unos 1200 empleadores se bajaron del programa ATP, a raíz de estos requisitos,  publicó el Diario Perfil.

La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, participó por videoconferencia de una reunión con la Unión Industrial Argentina donde confirmó que el Estado está terminando la evaluación de los pedidos para el ATP, el programa que cubre hasta el 50% de los salarios de los empleados privados, y anticipó que ANSeS depositará su parte la semana que viene, dejo ese medio. 

Programa de ayuda para pagar sueldos: qué cambia
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Entre hoy y mañana se están terminando las evaluaciones y esta semana las empresas recibirán la confirmación si lograron acceder al programa de Asistencia para el Trabajo y la Producción para los sueldos de mayo. 

En caso de que sean aprobadas, la transferencia correrá por cuenta de ANSeS la semana próxima. Así lo detalló Marcó del Pont en diálogo con el comité directivo de la UIA, que preside Miguel Acevedo. 

¿Hay sanciones?

La Decisión Administrativa reitera que, ante el incumplimiento de los requisitos, se produce una causal de caducidad y la consecuente obligación del beneficiario de efectuar las restituciones pertinentes al Estado, explicó Ezequiel Passarelli, del estudio SCI.

Todavía hay dudas sobre cuál podría ser la sanción en caso que, supongamos, una empresa se ve obligada a recomprar sus acciones, durante el plazo de prohibición y, por lo tanto, debe reintegrar lo cobrado, dijo Passarelli, aunque recordó que la devolución se debe realizar con intereses.

"Por ahora queda claro que hay que reintegrar el importe cobrado, más los intereses, aplicando la tasa CER, pero no queda claro cuál podría ser la sanción", concluyó Passarelli.

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