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Denuncian a Cuccioli y de la Torre por contrataciones irregulares en la AFIP

Se los acusa de los delitos de defraudación contra la administración pública, cohecho pasivo y asociación ilícita.. Qué dice la denuncia
30/10/2020 - 12:37hs
Denuncian a Cuccioli y de la Torre por contrataciones irregulares en la AFIP

El Juzgado Federal 5 a cargo de la jueza María Eugenia Capuchetti recibió una denuncia contra el extitular de la AFIP, Leandro Cuccioli y otros dos exfuncionarios por contrataciones irregulares en la entidad durante el gobierno de Cambiemos.

En la denuncia piden investigar a Cuccioli y también a Jimena de la Torre, exsubdirectora de Coordinación Técnica Institucional y Gonzalo Casarello, exsubdirector General de la Subdirección General de Administración Financiera.

La acusación ingresó por mesa de entradas en Comodoro Py y en el sorteo quedó bajo el Juzgado Federal 5 de Capuchetti con intervención de la Fiscalía Federal Nº4.

La denuncia fue patrocinada por el abogado Alejandro Sanchez Kalbermatten por los delitos de defraudación contra la administración pública, cohecho pasivo y asociación ilícita.

Denuncian a Cuccioli por contrataciones irregulares en la AFIP
Denuncian a Cuccioli por contrataciones irregulares en la AFIP

De la Torre cobró conocimiento público en los últimos meses porque salió a responderle a Marcelo Tinelli, quien denunció una persecución de inteligencia desde la AFIP.

La AFIP prorroga beneficios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la vigencia de distintos beneficios destinados a facilitar trámites y aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes. Las distintas medidas implementadas por el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont benefician a monotributistas así como micro, pequeñas y medianas empresas.

Monotributistas. Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante octubre de 2020. La normativa también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a septiembre. A través de la Resolución General 4845 se extendieron los beneficios vigentes desde marzo.

La normativa actual establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que octubre no será computado a los efectos decontabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Planes de pago permanentes. La Resolución General 4846 extiende hasta finales de noviembre la vigencia de los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.

La AFIP prorroga beneficios
La AFIP prorroga beneficios

Embargos y ejecuciones fiscales. Se prorroga la suspensión de los embargos y de las ejecuciones fiscales hasta el 30 de noviembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La extensión de los beneficios fue instrumentada a través de la Resolución General 4847.

Presentaciones Digitales. Con el objetivo de facilitar la realización de distintos trámites en el marco de la pandemia del COVID-19 se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 30 de noviembre. Existen más de 80 gestiones habilitadas a través de dicho canal. La obtención de la CUIT para personas jurídicas es uno de los últimos trámites incorporados. Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

La Resolución General 4848 también prevé que los contribuyentes seguirán exceptuados de registrar sus datos biométricos hasta el 30 de noviembre. La excepción permite que los ciudadanos no tengan que concurrir a las dependencias del organismo para registrar su foto, firma y huella dactilar.

La AFIP habilitó inscripción al "ATP": cuál es la fecha límite

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de octubre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar entre los días 29 de octubre y 4 de noviembre, inclusive.

El Programa ATP forma parte de las políticas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. A través del Programa ATP el Estado ya invirtió $207 mil millones. La iniciativa benefició cada mes a un promedio de 1,7 millones de trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en 180 mil empresas.

Las empresas que presenten una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27%. Por su parte, los empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

Los empleadores de sectores considerados críticos como turismo, gastronomía, transporte, cultura y salud, entre otras actividades, que registren una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 accederán al salario complementario. Aquellas firmas que realizan actividades críticas y registran una variación positiva podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la feria fiscal hasta el 8 de noviembre, inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento ydistanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La medida, prevista en la Resolución General 4.840 alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos.

La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia. Asimismo mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente de intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.

La resolución de la AFIP también contempla la posibilidad de llevar adelante fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.

Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP.

No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.