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El Gobierno porteño prepara una baja de impuestos: a quiénes beneficiará

Se rebajará Ingresos Brutos y Alumbrado, Barrido y Limpieza. El alivio beneficiará agimnasios, cines, salones de fiestas y centros culturales
28/05/2021 - 06:18hs
El Gobierno porteño prepara una baja de impuestos: a quiénes beneficiará

El Gobierno porteño pondrá en marcha un paquete de "alivio fiscal" para algunos de los sectores más afectados por el nuevo confinamiento estricto, que incluirá rebajas en Ingresos Brutos y la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL)

El proyecto de ley  será enviado a la Legislatura porteña. Las medidas incluirán a algunos de los sectores que fueron más afectados por el nuevo confinamiento estricto y que tuvieron que volver a restringir sus actividades por la segunda ola de contagios de coronavirus. 

Puntualmente, alcanzará a los gimnasios, cines, salones de fiestas y centros culturales, entre otros.

El Gobierno porteño prepara una baja de impuestos

Durante los primeros meses de la crisis sanitaria por el coronavirus la Ciudad ya había tomado otras medidas similares de "alivio fiscal". En las primeras semanas de pandemia la Legislatura aprobó la eximición de ABL en junio y julio para distintos sectores impactados por las medidas de aislamiento social estricta de esos meses.

El Gobierno porteño prepara una baja de impuestos
El Gobierno porteño prepara una baja de impuestos

Más tarde, la administración porteña eximió por 6 meses a los empresarios del sector gastronómico del pago de Ingresos Brutos. La hotelería y el rubro turismo, otros que están en el tope de la lista de los más golpeados por la pandemia, dejarán de pagar ABL desde mayo por medio año.

Subsidio a autónomos y monotributistas: desde cuándo se paga

El Ministerio de Trabajo estima que el subsidio de $22.000 para los monotributistas y autónomos comenzará a pagarse alrededor del próximo 10 de junio.

De hecho, este mes, el subsidio se otorgó sólo a monotributistas y autónomos del sector gastronómico, y por un monto inferior, y se pagó el 12 pasado.

El Gobierno extendió el programa de asistencia a monotributistas y trabajadores autónomos a sectores como el transporte, actividades culturales y deportivas, comercios, y peluquerías.

El programa de asistencia es otorgado por el Ministerio de Trabajo, previa intervención de la AFIP, aunque lo liquida la ANSeS, organismo que transfiere el monto del subsidio a los CBU declarados en el sistema por cada monotributista y autónomo.

El plazo para inscribirse en la AFIP para recibir este subsidio se extenderá entre el 26 de mayo y el 1° de junio de 2021 inclusive.

El subsidio se amplió a peluquerías, turismo y actividades deportivas, entre otras

Para quiénes es el subsidio

Mediante la Resolución 266 del Ministerio de Trabajo, se extendió la ayuda en un principio pensada para gastronómicos, para crear el "Programa de asistencia de emergencia a trabajadores y trabajadoras independientes en sectores críticos".

En el anexo de la Resolución se enumeran las actividades que podrán ser subsidiadas con estos $22.000, que son incompatibles con recibir ya el REPRO II como empleador.

Esos monotributistas y autónomos que serán subsidiados ahora por el Estado deberán desempeñarse, entre otras, en algunas de las siguientes actividades:

Gastronomía

Turismo

Transporte

• Industrias culturales

• Actividades deportivas y de esparcimiento

Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación

Peluquerías y centros de belleza

Los trabajadores independientes alcanzados podrán pedir la asistencia a través del mismo sitio de la página de Internet de la AFIP por el que se pide el Repro.

Para cobrarlo, se deben haber hecho dos aportes al Monotributo o la jubilación de autónomos en los últimos 6 meses
Para cobrarlo, se deben haber hecho dos aportes al Monotributo o la jubilación de autónomos en los últimos 6 meses

Quiénes pueden quedar afuera

Respecto de las condiciones para acceder, para el mes de mayo, el especialista Daniel Pérez enumeró que sólo podrán recibir el subsidio los independientes que cumplan con lo siguiente:

1. Contar con al menos dos aportes al régimen de trabajo independiente, Monotributo o autónomos, correspondiente en los últimos 6 meses previos a realizar la solicitud para acceder al Programa.

En el caso de declarar una fecha de inscripción posterior a los 6 meses previos a realizar la solicitud al programa, deberá registrarse como mínimo 1 pago.

2. La reducción en la facturación deberá ser superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre el 1° al 24 de mayo de 2021 y mayo de 2019.

En caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1° de enero de 2019, se excluye esta condición para acceder al beneficio.

3. En caso de contar con trabajadores bajo su dependencia, se deberán cumplir además las siguientes condiciones:

-Contar con una dotación de personal no superior a 5 trabajadores en el mes anterior a la solicitud del beneficio.

-El indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para el mes de abril de 2021 deberá presentar un determinado valor máximo.

-El empleador no debe figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).

En el caso de los solicitantes del beneficio del programa cumplan con las condiciones requeridas y sean a su vez beneficiarios del subsidio "Apoyo Extraordinario Cultura Solidaria", la suma a abonar será el resultado de la diferencia entre el monto del beneficio para independientes y el del subsidio de cultural que se abonará en el mes de junio de 2021, precisó Pérez.

Este programa es mensual y de acuerdo con la extensión de las medidas sanitarias de restricción, este programa se extiende hasta ahora para mayo, concluyó Pérez.