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Monotributo: vienen categorías con topes más altos y una solución para quienes se pasaron de facturación

Tras el fiasco de la recategorización de oficio de AFIP, que generó importantes deudas a monotributistas, el Congreso completa una ley para solucionarlo
13/07/2021 - 15:50hs
Monotributo: vienen categorías con topes más altos y una solución para quienes se pasaron de facturación

El Senado se apresta a dar media sanción al proyecto que modifica el Monotributo, y que busca resolver inconvenientes que había producido la interpretación de AFIP de una ley anterior. Esta creaba grandes deudas a los monotributistas, retroactivas al 1 de enero pasado.

El llamado Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, destinado a complementar el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes que ya había sido sancionado, fue aprobado por la Cámara de Diputados hace 15 días.

Ricardo Scalzotto, director de PwC Argentina, ofrece una reseña de los aspectos claves que aborda el proyecto que aprobará el Senado y algunos temas pendientes de reglamentación una vez que la ley resulte promulgada:

El proyecto de ley busca solucionar la recategorización que hizo la AFIP con fuertes deudas para los monotributistas
El proyecto de ley busca solucionar la recategorización que hizo la AFIP con fuertes deudas para los monotributistas

Mantiene la cuota mensual

El proyecto dispone que, las cuotas a pagar—impuesto integrado, jubilación y obra social— del Monotributo, correspondiente a los meses de enero a junio de 2021, sean retrotraídos a los vigentes para el mes de diciembre de 2020, para cada una de las categorías.

De esta manera, se elimina la deuda que se había generado a los monotributistas por la actualización retroactiva de los importes a ingresar por los meses de enero a junio de 2021.

La AFIP no permitió la recategorización de enero y realizó una de oficio luego de 6 meses, tras la aprobación de una iniciativa del Gobierno en el Congreso.

A esto se sumó, que el organismo recaudador efectuó el reajuste siguiendo el nivel de incremento de los jubilados que cobran el haber mínimo, que fue de 35,3%.

De esta manera, quienes ya habían pagado mes a mes el Monotributo, se encontraron con que tenían una deuda correspondiente al retroactivo a enero que generaba la recategorización de oficio de la AFIP.

Por ejemplo, un monotributista que se mantenía en la categoría A, había pagado $1.955,68 todos los meses, pero luego de la recategorización, la cuota pasaba en forma retroactiva a $2.646,22, con una diferencia, de $690,54. Esta cifra, multiplicada por los 5 meses abonados daba una deuda de $3.452,70.

Si alguien pasaba de la categoría B a la A, tenía una diferencia mensual que, a partir de febrero, era de $459,42. Como respecto de lo pagado en enero, la diferencia era de $772,15, lo que se le reclamaba era de $2.609,83.

Para categorías más altas, las cifras trepaban en importancia. Para un monotributista que permanecía en la categoría K, por ejemplo, la deuda que le reclamaba la AFIP era de $5196,33 por mes, o sea un total de $25.981,65.

Primero, la AFIP ofreció cuotas para pagar esas deudas, pero cuando continuó el escándalo, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó un proyecto correctivo, el organismo fiscal prorrogó el pago del 25 de junio y la recategorización de ese mes a agosto.

Suben los ingresos para pasar de categoría

El proyecto que aprobará el jueves el Senado fija, a partir del 1 de julio 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales para cada una de las categorías.

Esos valores deberán considerarse para la categorización correspondiente al primer semestre del año calendario 2021, que este año tendrá lugar en agosto, advirtió Scalzotto.

De todos modos, la inciativa establece que la cuota de enero a junio es la misma que en diciembre 2020.

Las nuevas categorías irán desde facturación máxima de $370.000 para la categoría A hasta $3,7 millones para la categoría K, que es la más alta para venta de bienes.

Para los profesionales y otros prestadores de servicios, el tope de la categoría H será de $2,6 millones, y después de esa cifra pasarán al régimen puente para llegar a inscriptos en IVA y Ganancias.

Estos límites, de todos modos, mes a mes son dejados atrás por la fuerte inflación que asola al país.

Permiten reingresar al Monotributo cuando se pasaron los máximos siempre que se mantenga dentro del nuevo tope
Permiten reingresar al Monotributo cuando se pasaron los máximos, siempre que se mantenga dentro del nuevo tope

Para los que se pasaron del tope

Los contribuyentes que al 30 de junio pasado hayan excedido el límite superior de ingresos brutos previstos en la legislación vigente en cada período para la categoría máxima del régimen, podrán seguir siendo monotributistas, indicó Scalzotto.

Pero mantendrán la condición de pequeños contribuyentes siempre que sus ingresos brutos no excedan los nuevos montos para la máxima categoría que aprobará el Senado. O sea, $3,7 millones para venta de bienes, y $2,6 millones para servicios, explicó Scalzotto.

También podrán optar por este beneficio los monotributistas que la AFIP haya excluido de oficio durante el primer semestre de 2021 o que hayan renunciado, con la misma condición sobre el tope máximo de ingresos, agregó Scalzotto.

Y quienes comunicaron su exclusión del Monotributo entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2021, podrán adherirse nuevamente, siempre que sus ingresos brutos no excedan los nuevos montos para la máxima categoría y cumplan con las demás condiciones para permanecer en el régimen, precisó Scalzotto.

La norma deja a la reglamentación de la AFIP la tarea de fijar el plazo para que los contribuyentes hagan el trámite de reingreso al Monotributo, advirtió el experto.

Para acceder el reingreso al Monotributo, los pequeños contribuyentes deberán cumplir, en forma concurrente, con las siguientes condiciones, enumeró Scalzotto:

1. Registrar ingresos, durante el año fiscal 2020, que no superen $5,55 millones anuales.

A tal efecto, deberán considerarse la totalidad de los ingresos obtenidos en el año fiscal.

2. Que el total de bienes del país y del exterior gravados, no alcanzados y exentos en el Impuesto sobre los Bienes Personales, no superen el monto de $6,5 millones.

A tal efecto, no se considerará la casa habitación, pero tampoco ningún tipo de mínimo no imponible.

Para estos casos, la condición para acceder al reingreso es el pago de una cuota especial, cuyo monto será igual a una vez el valor mensual para las categorías E, F y G; o dos veces el valor mensual, para las categorías H, Y, J y K, apuntó Scalzotto.

El ingreso de esta cuota será por única vez.

En caso de no acceder al reingreso al Monotributo, los contribuyentes se considerarán excluidos desde las cero horas del día en que se haya excedido el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que correspondió a la actividad, advirtió Scalzotto.

Pero el proyecto dispone que "los beneficios establecidos en la presente norma no obstan la aplicación de aquellos previstos en la Ley 27.618".

Por este motivo, la reglamentación deberá aclarar si prevalece la fecha del 30 de junio de 2021, dado que la Ley 27.618 había fijado la fecha del 31/12/2020 como límite para determinar la aplicación del reingreso al Monotributo, alertó Scalzotto.

Moratoria para monotributistas

El proyecto establece un nuevo plan de regularización de las cuotas no pagadas y deudas vencidas o infracciones cometidas al 30 de junio de 2021 por los componentes impositivo, previsional y de obra social, con exención y/o condonación de intereses, multas y demás sanciones, comentó Scalzotto.

El plan de financiación que deberá por en funcionamiento la AFIP tendrá un máximo de 60 cuotas y un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.

Los beneficios de condonación de multas y de intereses estarán sujetos a las siguientes condiciones:

• Que las deudas se hubiesen cancelado con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley

• Que las dudas se cancelen mediante pago contado, hasta la fecha en que se efectúe el acogimiento al régimen de regularización

• Cancelación total de las deudas mediante el plan de facilidades de pago que se establece.

De este modo, los monotributistas seguirán a la espera de qué hará la AFIP después de que se apruebe la ley y, una vez que se reglamente, deberán vigilar la Cuenta Corriente del Monotributo para saber qué les exige el organismo que paguen ahora.