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La AFIP extiende beneficios para contribuyentes: hasta qué fecha

La Administración Federal de Ingresos Públicos extendió un conjunto de beneficios destinados a facilitar y agilizar distintos trámite
30/07/2021 - 08:41hs
La AFIP extiende beneficios para contribuyentes: hasta qué fecha

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de agosto un conjunto de beneficios destinados a facilitar y agilizar distintos trámites que realizan los contribuyentes.

Las distintas herramientas están vigentes desde el año pasado en el marco de la emergencia sanitaria y están previstas en la Resolución General 5038, que publicada en el Boletín Oficial.

Presentaciones Digitales. Se mantiene la obligatoriedad del uso de la plataforma que permite a los contribuyentes realizar gestiones online sin necesidad de concurrir a una dependencia. Hay más de 90 trámites disponibles. La AFIP recibe más de 120.000 comunicaciones mensuales por esta vía.

El servicio ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo trámite, completar la información de uno anterior, visualizar en qué estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones. Inclusive permite a los ciudadanos acreditar la condición de apoderados o representantes legales de empresas. Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

Datos Biométricos. La normativa de la AFIP renueva la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.

Clave fiscal. Extiende la posibilidad de solicitar o recuperar la clave fiscal nivel 3 a través de los cajeros automáticos habilitados.

Devolución ATP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el mecanismo para que las empresas que incumplieron las condiciones previstas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) restituyan los fondos correspondientes al salario complementario.

Los procedimientos de control realizados a partir de distintas fuentes de información provistas por el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores permitieron determinar la caducidad del beneficio para unos 2000 empleadores. Las firmas serán notificadas por el organismo para reintegrar los recursos y podrán hacerlo a través de un plan de pagos.

El Programa ATP representó un esfuerzo inédito del Estado argentino que permitió amortiguar el impacto económico de la pandemia del COVID-19 y las medidas dispuestas para garantizar los cuidados. Con el objetivo de sostener ingresos y puestos de trabajo en el sector privado, el Estado invirtió más de $220 mil millones de pesos durante 2020 para financiar el salario complementario.

Paso a paso: mecanismo para reintegrar el salario complementario

Los criterios para acceder y conservar los beneficios previstos en el Programa ATP fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que encabezó la Jefatura de Gabinete junto con la AFIP y los ministerios de Economía, Desarrollo Productivo y Trabajo. La imposibilidad para la distribución de dividendo y la recompra de acciones fueron algunas de las condiciones que, por un determinado período de tiempo, debían cumplir los empleadores beneficiados.

Paso a paso: mecanismo para reintegrar el salario complementario
Paso a paso: mecanismo para reintegrar el salario complementario

La normativa del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP también establecía que los beneficiarios no podían adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior y tampoco realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.

La Resolución General 5035, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece el procedimiento para que los empleadores que no cumplieron con las condiciones establecidas por el Comité de Evaluación y Monitoreo, restituyan los fondos correspondientes al salario complementario. Las firmas que reciban una notificación de AFIP tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas mediante un plan de pagos a través del servicio "Mis Facilidades".

La financiación contempla un pago a cuenta del 20% de la deuda consolidada y hasta 5 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a excepción de la primera, que incluirá los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. La tasa efectiva mensual será del 2%.