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Claves: cómo será la carta de porte electrónica que simplificará el transporte de granos mediante camión y tren

Dentro de un mes entra en vigor la carta de porte para el traslado de granos en el país bajo un entorno electrónico. Las características punto por punto
04/08/2021 - 16:45hs
Claves: cómo será la carta de porte electrónica que simplificará el transporte de granos mediante camión y tren

La Carta de Porte Electrónica es el nuevo documento obligatorio que controlará la evasión en el transporte de granos automotor y ferroviario.

La implementación de este documento electrónico simplifica el proceso de solicitud, carga y emisión de la Carta de Porte ya vigente a un solo paso y en una misma aplicación.

Las siguientes precisiones sobre lo que vendrá respecto de la Carta de Porte Electrónica (CPE) fueron brindadas por el Estudio Ciancaglini y publicadas por Tributum.news:

¿Cuándo entra en vigencia la CPE y cuando es obligatoria?

Entrará en vigencia a partir del 1 de septiembre próximo y su aplicación es obligatoria a partir del 1 de noviembre siguiente.

¿Cuáles son las ventajas de la CPE? :

• Se genera en un solo paso y en una misma aplicación la solicitud, carga y emisión del comprobante.

• Los datos se completan sistémicamente eliminando la posibilidad de errores de carga.

• Se incorpora el rubro "Contingencias" para informar tanto los detalles de los inconvenientes en la llegada de un camión a destino como su resolución.

• El comprobante contará con código de barras y código QR.

• El código QR permitirá visualizar los datos de origen y destino como herramienta fundamental para el control de ruta.

• Incorpora validaciones online sobre domicilios de origen y planta de destino declaradas en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).

• Valida online la disponibilidad de stock de granos del productor y del operador.

• Todas las partes intervinientes en el traslado tendrán la visualización del documento mediante clave fiscal.

¿Quiénes pueden confeccionar la CPE?

Pueden confeccionarla:

Productores de granos inscriptos como tales ante la AFIP.

Operadores del comercio de granos que dispongan de una o más plantas habilitadas para el ingreso y/o egresos de granos por el Ministerio de Agricultura, y que las mismas se encuentren declaradas en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).

• Quienes sean autorizados por resolución fundada por la AFIP.

La Carta de Porte Electrónica Automotor tendrá una validez de 5 días, mientras que la Ferroviaria contará con 30 días hasta su vencimiento. Ambos períodos podrán extenderse en caso de declarar "Contingencias".

¿Cuáles son las excepciones de uso de la CPE?

Se encuentra exceptuado de esta obligatoriedad el transporte internacional, siempre y cuando corresponda a operaciones de importación o exportación y se encuentre respaldado por la documentación aduanera correspondiente.

La carta de porte electrónica controlará el transporte de granos pero con mayor simplificación
La carta de porte electrónica controlará el transporte de granos pero con mayor simplificación

La Carta de Porte Electrónica, en la práctica

¿Cómo se solicita la CPE?

Para la emisión de la Carta de Porte Electrónica se pueden utilizar los siguientes servicios:

1. Entorno web: ingresando mediante Clave Fiscal con nivel de seguridad 3, al servicio denominado "Carta de Porte Electrónica" en la página de Internet de AFIP.

2. Entorno webservice: utilizando el procedimiento de intercambio de información basado en el webservices, cuyas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en el sitio institucional.

Dentro de este sistema, se pueden seleccionar las opciones "CPE Flete Corto", "CPE Automotor" y "CPE Ferroviaria", como así también consultar las Cartas de Porte Electrónicas en las que el contribuyente haya intervenido.-

¿Qué requisitos deben cumplirse para que se autorice la solicitud de la CPE?

Deben cumplirse los siguientes requisitos:

1. CUIT activa.

2. Datos biométricos para los titulares de la Clave Fiscal y sus autorizados.

3. En caso de corresponder, la totalidad de las declaraciones juradas de IVA y de la seguridad social.

Este requisito corresponde a los últimos 12 períodos fiscales o del lapso transcurrido desde el inicio de actividades o del cambio de carácter frente al gravamen, si éste fuera menor, vencidos a la fecha de presentación de la solicitud.

También la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al último período fiscal vencido a la fecha de presentación de la solicitud.

4. Domicilio Fiscal Electrónico.

La solicitud de emisión se efectuará ingresando al servicio denominado "Carta de Porte Electrónica" habilitado en la web de AFIP, utilizando la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3.

Allí deberán seleccionar la opción "Solicitud Carta de Porte Electrónica Automotor" o "Solicitud Carta de Porte Electrónica Ferroviaria", según corresponda.

Podrá utilizar el procedimiento de intercambio de información basado en el "webservice" habilitado a tal fin, cuyas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en la web de AFIP.

¿En qué casos se puede denegar una solicitud de CPE?

El Ministerio de Agricultura y/o la AFIP podrán limitar, denegar o autorizar excepcionalmente su emisión, en virtud del resultado de la evaluación del comportamiento fiscal del solicitante.

Esta evaluación podrá realizarse a través de controles sistémicos, verificaciones, fiscalizaciones y/o sobre la base de parámetros objetivos de medición, magnitud productiva, económica y/o uso de los comprobantes que así lo ameriten, así como de la calificación asignada por el SISA.

En caso de verificarse la existencia de alguna causal que amerite la limitación o denegación, el juez administrativo interviniente notificará la misma al Domicilio Fiscal Electrónico del solicitante, fundamentando las razones que le dieron origen.

Aquellos que posean Cartas de Porte impresas con anterioridad al 1 de septiembre, ¿pueden seguir utilizándolas?

Los formularios de Carta de Porte impresos podrán seguir utilizándose hasta el 31 de octubre del 2021, inclusive. A partir del 1 de noviembre próximo es obligatorio el uso de la CPE en todo el país.

En los casos en que el traslado de granos se realice mediante transporte de ferrocarril, ¿se deberá confeccionar una CPE por transporte total o un comprobante por cada vagón?

Cuando el traslado de granos se realice mediante un transporte ferroviario, se deberá confeccionar una Carta de Porte Electrónica por cada uno de los vagones que forman parte del transporte total.

¿Cómo será la numeración de los comprobantes?

El número de CPE estará formado por el número de sucursal seguido del número de orden.

Para los comprobantes generados en el entorno web, el número de sucursal será siempre 0; en cambio, cuando se genere mediante webservice, será siempre mayor a 0.

Por cada comprobante se generará automáticamente un Código de Trazabilidad de Granos (CTG) electrónico que estará formado por 12 dígitos.

¿En qué momento se puede acceder a la información "denegatoria" de autorización de emisión de una CPE?

Cada solicitante podrá ingresar los datos de la CPE con antelación mayor a 72 horas y el sistema realizará las validaciones online por cada campo ingresado guardando el comprobante en estado "Borrador".

En este caso, si el sistema detectara un error mostrará un cartel con los detalles del mismo a fin de que el solicitante pueda subsanar el problema antes de la emisión efectiva de la Carta de Porte Electrónica.

Luego de las 72 horas y hasta el instante antes de iniciar el traslado, el contribuyente podrá completar los campos faltantes y emitir el comprobante. En este momento, el sistema vuelve a validar los datos ingresados y, de corresponder, emite la CPE.

La carta de porte electrónica se podrá emitir desde la web de AFIP o desde sistemas propios
La carta de porte electrónica se podrá emitir desde la web de AFIP o desde sistemas propios

Detalles a tener en cuenta por los obligados

¿Es obligatoria la impresión de la CPE?

La impresión de la CPE no es obligatoria.

Las CUIT intervinientes podrán acceder al comprobante mediante clave fiscal y guardar una copia en archivo digital.

La exhibición del comprobante ante la autoridad competente que lo requiera puede realizarse mediante un dispositivo electrónico o mediante un comprobante impreso.

¿Qué es el "CUIT Remitente Comercial Venta Primaria"?

El campo "CUIT Remitente Comercial Venta Primaria" deberá contener, de corresponder, los datos del comprador de granos de la etapa primaria y será quien emita el Certificado Primario y la Liquidación Primaria de Granos.

En caso que corresponda a una Carta de Porte Electrónica que remita granos provenientes de un retiro, se deberá ingresar los datos del productor en el campo "CUIT Remitente Comercial Productor".

¿Hasta qué momento es posible anular una CPE?

Puede ser anulada mientras se encuentre en estado activa y aún no proceda su vencimiento. Las CPE Automotor tienen un vencimiento de 5 días mientras que las Ferroviarias tienen un vencimiento de 30 días. Este plazo podrá extenderse si se informa una contingencia.

¿La CPE deroga la generación de Código de Trazabilidad de Granos?

Sí. A partir del 1 de noviembre próximo será derogado el Código de Trazabilidad de Granos (CTG). En el periodo comprendido entre el 1/9/2021 y 1/11/2021 convivirán el sistema anterior y la actual Carta de Porte Electrónica.

Las firmas de las CPE ¿dejan de ser obligatorias?

No se establece la obligatoriedad de las firmas ni de la impresión del documento. Sin embargo, estos campos continuarán disponibles en el documento.

Los Códigos de Trazabilidad de Granos emitidos para Cartas de Porte Papel tienen una validez de 5 días corridos, ¿qué pasará con aquellos emitidos entre el 26/10/2021 – 31/10/2021? ¿Pueden ser recibidos en el mes de noviembre antes de su vencimiento?

Los Códigos de Trazabilidad de Granos emitidos hasta el 31 de octubre de 2021 inclusive que se encuentren en estado "Activo" podrán ser recibidos por la CUIT Destino a fin de cerrar el circuito de traslado.

¿Qué información contendrá el QR?

El QR contendrá información actualizada online de la CPE. Los campos que podrán visualizar serán los siguientes:

• Número de Carta de Porte Electrónica

• Número de Código de Trazabilidad de Granos

• Fecha emisión

• Fecha vencimiento

• CUIT Emisor

• Provincia y localidad de origen

• CUIT Destino

• Provincia y localidad destino

• Grano

• Patente del vehículo

• Estado CPE

• Fecha último estado

• Fumigado(SI/NO)

• Código de Turno

¿Las CUIT intervinientes en una CPE podrán visualizarla?

Sí. Todas las CUITS intervinientes de la CPE podrán visualizar los comprobantes en que se encuentren incluidos. Este procedimiento deberá realizarse a través de a consulta CPE – Participante.

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