iProfesionaliProfesional

Pequeños profesionales porteños no pagarán Ingresos Brutos en 2022: ¿bajo qué condición?

El Régimen Simplificado de la ciudad de Buenos Aires tendrá este año una bonificación total para quienes inicien actividad o la blanqueen
21/01/2022 - 10:59hs
Pequeños profesionales porteños no pagarán Ingresos Brutos en 2022: ¿bajo qué condición?

Los pequeños comerciantes y profesionales que empiecen a trabajar este año en la ciudad de Buenos Aires, o ya lo hagan, pero decidan blanquear su situación frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no deberán pagarlo durante todo 2022 si se inscriben en el Régimen Simplificado porteño.

Los nuevos contribuyentes que se inscriban en el Régimen Simplificado de la Ciudad de Buenos Aires durante 2022, tendrán bonificadas todas las cuotas del año 2022, indicó Sebastián M. Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.

La AGIP debe reglamentar las normas para que empiece a regir el beneficio
La AGIP debe reglamentar las normas para que empiece a regir el beneficio

La nuevas normas porteñas

Esto lo dispone una resolución del Ministerio de Hacienda de la ciudad de Buenos Aires que todavía debe ser reglamentada por la AGIP (Administración Gubernamental de Ingresos Públicos).

Se espera que la reglamentación ratifique el objetivo de la resolución y todos los contribuyentes del Régimen Simplificado que se inscriban durante 2022 queden eximidos de pagar las cuotas de este año, explicó Domínguez.

Esta es una medida que ayuda a quienes vayan a iniciar sus actividades como así también a quienes estén analizando inscribirse y formalizar actividades que realizan, aclaró.

No obstante, dados los efectos muy negativos que tiene el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, debería tenderse a su eliminación y reemplazo por una combinación de otros impuestos, opinó.

Los profesionales que inicien actividad tendrán bonificado un año de Ingresos Brutos
Los profesionales que inicien actividad tendrán bonificado un año de Ingresos Brutos

Cómo es el trámite

El Régimen Simplificado es un régimen optativo para quienes sólo realizan actividades en la ciudad de Buenos Aires y son personas humanas, sucesiones indivisas o las sociedades de hecho que tengan hasta 3 socios.

Al iniciar las actividades, hay que encuadrarse en la categoría que corresponda según la superficie afectada a la actividad y una razonable estimación de los ingresos anuales esperados, remarcó Domínguez.

Luego, transcurridos 6 meses, deben anualizarse los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida en dicho período a fin de confirmar la categorización, modificarla o excluirse del régimen.

Esta eximición de ingreso no aplica para contribuyentes locales de ciudad de Buenos Aires no adheridos al Régimen Simplficado ni para contribuyentes de Convenio Multilateral.

La ciudad de Buenos Aires todavía no adhirió al Monotributo unificado que tienen otras provincias, donde los sistemas de la AFIP permiten a las jurisdicciones un mayor control sobre el cobro de Ingresos Brutos en un universo difícil de poner en blanco.