¿Cómo hacer un plan de pago en la AFIP para el Monotributo 2022?
Ya sea por problemas económicos o por simple olvido, suele suceder que los pequeños contribuyentes se retrasan en el pago del Monotributo. Ante esta realidad, cabe formularse la siguiente pregunta: ¿Cómo hacer un plan de pago en la AFIP para el Monotributo 2022?
A continuación, te vamos a detallar las claves para confeccionar un plan de pagos permanente que incluya las cuotas impagas del Monotributo 2022.
¿Cuáles son las condiciones del plan de pagos para el Monotributo 2022?
:quality(75):max_bytes(102400)/https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2020/03/493190.jpg)
Este plan de pago para Monotributo 2022 incluye un sistema de calificación "scoring" que permitirá definir el interés, las cuotas y la cantidad de planes disponibles, en base al SIPER (Sistema de Perfil de Riesgo).
A mayor nivel de cumplimiento, mejor calificación y, por lo tanto, más beneficios. Por ejemplo, el máximo de cuotas pasará de 6 a 8 y la cantidad de planes por persona será de 4 a 6.
Requisitos para el plan de pagos Monotributo 2022
Para acogerte al plan de pago para Monotributo 2022 deberás cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener el Domicilio Fiscal Electrónico constituido. Recordá que tenés que declarar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.
- Tener presentadas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, por período fiscal y establecimiento a regularizar, con anterioridad a la solicitud de adhesión al régimen, en caso de corresponder.
- Declarar en el servicio "Declaración de CBU" la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas.
¿Qué obligaciones pueden incluirse dentro del plan de pagos?
- Los intereses adeudados que se hayan originado en obligaciones de capital –impositivas y/o previsionales- susceptibles de ser incluidas en el presente régimen que hubieran sido canceladas, así como intereses correspondientes a retenciones y percepciones impositivas, anticipos y pagos a cuenta.
- Las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses y multas, vencidas o con vencimiento de la obligación de pago en el mismo mes de la presentación del plan.
- Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.
- Los saldos pendientes de cancelación por obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos (excepto los detallados en el inciso o) de "excluidos")
- Los aportes personales de los trabajadores autónomos.
:quality(75):max_bytes(102400)/https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2020/04/495681.jpg)
- Los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
- El impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas correspondientes a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
- Los ajustes y/o multas formales y materiales resultantes de la actividad fiscalizadora de esta Administración Federal, siempre que los mismos se encuentren conformados por el responsable y registrados en los sistemas de este Organismo.
- Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado se allane incondicionalmente y/o desista de toda acción y derecho, incluso el de repetición, y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos, a cuyos fines se deberán observar las disposiciones del Capítulo H.
- Las retenciones y percepciones impositivas -practicadas o no- correspondientes a sujetos alcanzados por el estado de emergencia y/o desastre declarado en determinadas zonas del país por leyes, decretos –ambos nacionales- y/o normas emitidas por esta Administración Federal, donde se otorguen plazos especiales de cumplimiento de obligaciones y/o facilidades de pago, que cuenten con la caracterización correspondiente en el "Sistema Registral", o aquellas incluidas en acciones de inspección conformadas por los responsables y registrados en los sistemas de este Organismo.
- El impuesto establecido en el Artículo 37 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que recae sobre las erogaciones no documentadas.
- Las obligaciones correspondientes a sujetos alcanzados por el estado de emergencia y/o desastre declarado en determinadas zonas del país por leyes, decretos -ambos nacionales- y/o normas emitidas por esta Administración Federal, donde se otorguen plazos especiales de cumplimiento de obligaciones y/o facilidades de pago, siempre que cuenten con la caracterización correspondiente en el "Sistema Registral".
- Las obligaciones que correspondan a sujetos que hayan adherido a un régimen de cancelación de deudas impositivas, previsionales y aduaneras mediante un sistema de dación en pago de espacios publicitarios o la utilización de servicios conexos, caracterizados como tales en el "Sistema Registral" y siempre que la medida surja de normas dictadas en las que se otorguen plazos especiales de cumplimiento.
:quality(75):max_bytes(102400)/https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2020/04/495680.jpg)
¿Qué condiciones debe reunir un plan de pagos Monotributo 2022 para ser presentado?
El plan de pago para el Monotributo 2022 tendrá que reunir estas condiciones:
- Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas y se calcularán conforme a la fórmula consignada en el Anexo II de la Resolución General Nº 4268/2018.
- El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $1.000 excepto que se trate de obligaciones incluidas en planes de pagos por aportes previsionales de los trabajadores autónomos y/o monotributistas, en cuyo caso el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $500.
- Las tasas de interés de financiamiento a aplicar se publicarán periódicamente en la opción "Tasas vigentes y aplicables".
- Respecto de las tasas de interés de financiamiento de los planes de facilidades de pago correspondientes a las "Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1", no podrán superar el 3% efectivo mensual.
Sólo se podrá solicitar un plan por mes calendario cuando se trate de aquellos que regularicen deudas provenientes de ajustes de inspección, aduaneras, de emergencia y/o desastre y dación en pago, de aportes de trabajadores autónomos y Monotributo.
:quality(75):max_bytes(102400)/https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2021/01/509903.jpg)
¿Cómo se realiza la adhesión al plan de pagos Monotributo 2022?
Para adherirte a los planes de pago Monotributo 2022, deberás ingresar con clave fiscal al servicio "Mis Facilidades", opción ‘‘R.G. N° 4268 Plan de Financiación Permanente’’ para convalidar, modificar y/o incorporar las obligaciones adeudadas a regularizar y seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar.
Luego, consolidá la deuda a la fecha de adhesión y enviá la solicitud.
Recordá imprimir el formulario de declaración jurada N° 1.003 junto con el acuse de recibo de la presentación.