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Frente a una inflación que no para, cuál es el cálculo de impuesto a la renta inesperada que preocupa

Tributaristas calculan cómo se aplicará el impuesto a la renta inesperada y anticipan tasas efectivas sobre las ganancias de 46%
14/06/2022 - 07:39hs
Frente a una inflación que no para, cuál es el cálculo de impuesto a la renta inesperada que preocupa

Cuando se espera que el IPC supere una suba de 5%, los expertos advierten que otro combustible que alimentará la inflación si se aprueba es el impuesto a la renta inesperada. Cuánto representa en números para las empresas

"Un proyecto de este tipo acelera la inflación porque muchas empresas intentarán trasladar el costo de este impuesto al precio de sus productos en la medida de lo posible y porque será un estímulo a la informalidad con el objetivo de no superar determinados umbrales", indicó Florencia Fernández Sabella, del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt.

El impuesto a la renta inesperada se suma a Ganancias

El impuesto a la renta inesperada es una sobretasa de Impuesto a las Ganancias del 15%. Esa alícuota se aplicará en el primer ejercicio cerrado a partir de la vigencia de la ley, sobre la ganancia neta imponible que exceda la ganancia neta imponible del ejercicio anterior ajustado por la variación del IPC incrementada en un 10%, precisó el contador Hernán D’Agostino.

Si la ganancia del ejercicio anterior fue $1.000 y el IPC tiene una variación del 70% entonces tenemos: $1.000 millones x 1,7 x 1,10 = $1.770 millones; o sea, que la ganancia imponible que exceda esta cifra quedará gravada por la sobretasa, calculó.

"Este no es el primer aumento que el Gobierno propone implementar en el Impuesto a las Ganancias para las empresas", dijo Fernández Sabella.

Y precisó que en 2021 ya se estableció una escala progresiva de alícuotas del 25% al 35% que si bien redujo el impuesto para aquellas empresas con resultados inferiores a $5 millones, elevó el costo del Impuesto a las Ganancias para aquellas cuyo resultado del ejercicio superó los $50 millones de pesos.

"Este proyecto vendría a generar un nuevo aumento en las tasas efectivas del impuesto a las ganancias a empresas con resultados superiores a los $1.000 millones si cumplen ciertos requisitos", comentó.

El nuevo impuesto se suma al Impuesto a las Ganancias como una sobretasa
El nuevo impuesto se suma al Impuesto a las Ganancias como una sobretasa

Cuáles son los requisitos para pagar renta inesperada

Ricardo Scalzotto, director de PwC Argentina, apuntó que las empresas quedarán alcanzadas por el impuesto a la renta inesperada en la medida en que se verifique, concurrentemente, el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Que la ganancia neta imponible o el resultado contable sea, como mínimo, de $1.000 millones, inclusive.

2. Que el resultado contable ajustado por inflación resulte, como mínimo, superior al 10% del total de ingresos

O que el resultado contable ajustado por inflación, respecto del total de ingresos, represente un porcentaje igual o superior al 20% de aquél que representó en el ejercicio anterior, sin contar el Impuesto a las Ganancias.

Qué se pagaría en números por renta inesperada

En un ejemplo, Fernández Sabella tomó como año base el cierre 12/2021 y año de la renta inesperada cierre 12/2022, y en millones de pesos argentinos, con una inflación de 65% anual, resultó:

Ventas $10.000 en 2021 y $19.000 en 2022 con un costo de $7.500 y $13.500 respectivamente.

Margen bruto de $2.500 en 2021 y de $5.500 en 2022, pero con gastos de $1.500 y $2.400 cada año.

Margen neto antes de Impuesto a las Ganancias $1.000 y $3.100, por lo que se paga Impuesto a las Ganancias por $300 en 2021 y $930 en 2022.

Resultado contable es de $700 y $2.170, y el resultado impositivo es de $860 millones en 2021 y de $2.657 millones en 2022.

Los requisitos para pagar impuesto a la renta inesperada se cumplen porque tanto el resultado contable como el impositivo son superiores a $1000. Además, el resultado contable sobre por las ventas da 11,42%, o sea superior a 10%.

Cálculo del Impuesto a la renta inesperada

Para calcular el impuesto a la renta inesperada según el ejemplo, se debe tomar:

Resultado de 2021 x IPC +10%, lo que da $1.561, mientras que el resultado de 2022 para la renta inesperada es de $2.657. El excedente de Ganancias es de $1.096.

Con la sobretasa del impuesto a la renta inesperada de 15%, se pagará un impuesto adicional de $164 y un Impuesto a las Ganancias ordinario de $930.

Así el Impuesto a las Ganancias corporativo será de $1.094 a lo que se suma impuesto al dividendo $140.

Esto da un total de Impuesto a las Ganancias de $1.235, con una tasa efectiva del impuesto de 46%.

Al aplicarse además de Ganancias y el impuesto al dividendo, da una sobretasa de 46%
Al aplicarse además de Ganancias y el impuesto al dividendo, da una tasa efectiva de 46%

Los problemas del proyecto de renta inesperada

D’Agostino enumeró los siguientes inconvenientes del proyecto del impuesto sobre la renta inesperada que el Gobierno presentó el pasado 6 de junio en el Congreso:

1. Para comparar se deberán incluir las ganancias exentas o no gravadas del impuesto, por lo que incluyen ganancias que todavía no están disponibles.

Por ejemplo, si una sociedad tiene acciones de otra sociedad que tuvo una gran ganancia, estas acciones se valúan a Valor Patrimonial Proporcional, es decir que aumentan su valor y esa ganancia no forma parte de la ganancia gravada. Sin embargo, se toma como base, aunque no sabemos si esa ganancia algún día será recibida por la sociedad.

2. Se mezclan manzanas con peras, porque el resultado contable incluye rentas que impositivamente no lo son.

Hay empresas que van a tener que pagar aunque no tuvieron una renta gravada excepcional y otras que zafarán de pagar el impuesto porque tuvieron quebrantos contables, aunque realmente hayan sido beneficiadas por rentas inesperadas

Fernández Sabella agregó los siguientes problemas:

3. El proyecto está pensado para empresas maduras, donde su ciclo de negocios esta normalizado en el año calendario.

No aclara nada cómo debiera ser el cálculo en el caso de empresas que han decidido hacer una inversión en el país en los últimos años, y han venido soportando pérdidas recurrentes producto de dicha inversión si recién en el ejercicio 2022 pueden monetizar su inversión.

Se le estaría generando un castigo al que invirtió en el país durante años solamente por el hecho de que sus ingresos hayan sido realizados en el año 2022, por ejemplo.

4. El proyecto deja dudas sobre cómo debiera hacerse la comparación cuando en el año base las empresas tuvieron quebrantos en lugar de ganancias.

La experta coincidió en que "pareciera que las rentas exentas o las no gravadas estarían incluidas dentro de esta tasa adicional del Impuesto a las Ganancias, inclusión al menos polémica respecto de aquellas empresas de capital que están beneficiadas por alguna exención".

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