BENEFICIOS

Turismo: lanzan nuevos subsidios del programa InTur incluyendo actividades relacionadas

Los pequeños prestadores podrán recibir subsidios de hasta $2 millones para inversiones en turismo accesible y ambiente sustentable
IMPUESTOS - 13 de Marzo, 2023

El Gobierno lanzó la convocatoria a la tercera edición del Programa de Incentivo para Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores (InTur) que brinda aportes reembolsables desde $500.000 hasta $2 millones a prestadores turísticos.

InTur busca promover inversiones en micro y pequeños prestadores que mejoren su oferta de productos y servicios turísticos y fortalecer sus capacidades para la presentación de los proyectos de inversión.

Una novedad de esta tercera edición del Programa de Incentivos a pequeños prestadores es que el subsidio podrá aplicarse tanto a actividades directas como vinculadas al turismo, según indicó Tributum.news

En qué consiste la convocatoria a InTur

La convocatoria para acceder a este beneficio estará abierta por una semana, desde este lunes hasta 20 de marzo inclusive. El monto mínimo de aportes no reembolsables será de $500.000.

Cada prestador no podrá obtener más de un aporte no reembolsable por convocatoria, así como tampoco podrán coexistir beneficios de varias convocatorias en simultáneo.

Podrán acceder a subsidios prestadores de turismo y actividades relacionadas

Los pasos que seguirán los prestadores de servicios que pretendan beneficiarse con la propuesta de InTur son los siguientes:

  • Convocatoria que va del lunes 13 de marzo hasta el lunes 20.
  • Evaluación, que culminará con la comunicación de los proyectos aprobados.
  • Confirmación, que se estima para mediados de abril.
  • Capacitación y rendición.

La ejecución del proyecto deberá insumir 90 días hábiles luego de la transferencia del subsidio, y culmina con la rendición final aprobada.

Qué categorías de prestadores turísticos prevé InTur

1. Prestadores independientes

El monto máximo de aportes no reembolsables es de $1 millón, con un porcentaje máximo del 80% del monto total del proyecto y contrapartida mínima obligatoria del 20% del monto total del proyecto.

El subsidio puede llegar a $2 millones para pequeños prestadores de hasta 50 empleados

2. Pequeños prestadores

Estos prestadores son los que cuenten con hasta 50 empleados. El monto máximo de aportes no reembolsables es de $2 millones, con un porcentaje del 70% del monto total del proyecto y contrapartida mínima obligatoria del 30% del monto total del proyecto.

Cuáles son los criterios de selección para el subsidio

Para acceder al InTur, los prestadores de servicios turísticos o quienes realicen actividades vinculadas al turismo deberán presentar una "idea proyecto". Esa propuesta debe tener al turismo accesible, favorecer la distribución territorial de la actividad y el ambiente sustentable.

A su vez, los prestadores deben demostrar desarrollo de la oferta de opciones turísticas, que se desempeñan con perspectiva de género, aprueban paquetes con Previaje y apuntan a la calidad de sus servicios.

Cómo es el trámite de acceso al beneficio de InTur

El trámite de presentación de los prestadores turísticos y de actividades relaciones para acceder a los montos no reembolsables que prevé el Programa es totalmente digital.

El trámite de inscripción a InTur es 100% digital

Documentación obligatoria para personas físicas

  • DNI del responsable (anverso y reverso).
  • Inscripción en AFIP bajo un CLAE turístico.
  • Si no tiene CLAE turístico, aval que acredite que se trata de un prestador turístico.
  • Certificado Pyme vigente.
  • Constancia de CBU.
  • Habilitación municipal y/o provincial.
  • Formulario 931 de contribuciones patronales, en caso de tener empleados (último mes disponible).
  • Documentación complementaria al proyecto (situación inicial y presupuestos)

Para proyecto de inversión: datos del prestador (TAD), proyecto de inversión (TAD) y cuadro de adquisiciones (Excel a descargar de la web).

Cómo deben presentarse las empresas turísticas al InTur

Las empresas turísiticas tienen un trámite especial para la inscripción

Documentación obligatoria para personas jurídicas

  • Estatuto de la entidad actualizado y su inscripción en el Registro.
  • Última acta de designación de autoridades.
  • Poder del apoderado, si actúa en representación.
  • DNI del representante legal o apoderado (anverso y reverso).
  • Inscripción en AFIP bajo un CLAE turístico.
  • Si no tiene CLAE turístico, aval que acredite que se trata de un prestador turístico
  • Certificado Pyme vigente.
  • Constancia de CBU.
  • Habilitación municipal y/o provincial.
  • Formulario 931 de contribuciones patronales, en caso de tener empleados a cargo (último mes disponible).
  • Documentación respaldatoria (presupuestos y situación inicial).

Para proyectos de inversión: datos del prestador (TAD), proyecto de inversión (TAD) y cuadro de adquisiciones (Excel a descargar de la web).

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