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Despido de empleados públicos: se revisarán en 90 días todos los contratos con Monotributo

Un decreto siemple establece la caída de los contratos del último año y la revisión durante 90 días de la situación de todos los monotributistas del Estado
26/12/2023 - 08:17hs
Despido de empleados públicos: se revisarán en 90 días todos los contratos con Monotributo

El Gobierno oficializó este martes un decreto simple mucho más amplio de los esperado respecto de despidos de empleados públicos y achique de la planta del Estado en más de 7.000 empleados, ya que no sólo terminarán el próximo 31 los contratos de este año, sino que todos las contrataciones previas se revisarán durante 90 días para analizar su continuidad.

A quiénes afecta el recorte de empleados públicos

Las medidas alcanzan a estos dos grupos de empleados estatales, que incluyen al PAMI, la ANSES y la AFIP:

  • Administración nacional, conformada por la administración central y los organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las instituciones de seguridad social.
  • Entes públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.

En la administración del Gobierno central hay casi 500.000 empleados, pero este número crece a casi 4 millones si se consideran, además, los funcionarios provinciales, municipales, de empresas públicas, de la banca estatal y de universidades y organismos autónomos.

Qué contratos de personal son los que se cortarán

El Decreto 84/2023, publicado este martes en el Boletín Oficial, se refiere al régimen de contratación de personas humanas, para la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales. O sea, a la gran cantidad de empleados públicos que facturan como monotributistas.

Estos contratos no podrán superar los 12 meses, siempre que no exceda el período presupuestario en curso, por lo que muchos empleados del Estado están renovando sus contratos durante años, aunque también hubo pases a planta transitoria y permanente periódicos durante los últimos gobiernos.

La norma que quiere recortar contratados del Estado recuerda el DNU 8, del 10 de diciembre pasado, que redujo a 8 la cantidad de ministerios, así como muchas secretarías.

También cualquier otra contratación por leyes que hayan asignado cupos.

Qué determina el decreto en materia de despidos

A partir de todo este entramado, el decreto da por concluida el 31 de diciembre toda contratación de personal que se haya realizado en el Estado a partir de enero de 2023 y que termine este mes.

Sólo se podrá excluir de la medida, y por lo tanto, podrán continuar en sus puestos de trabajo, aquellos empleados públicos de los que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para su funcionamiento.

El empleado público podrá continuir si el superior firma una decisión fundada de que es indispensable
El empleado público podrá continuir si el superior firma una decisión fundada de que es indispensable

Pero la decisión deberá tomarse de manera restrictiva y fundada, y deberá demostrarse que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento.

Qué pasa con contratados anteriores a 2023

El Decreto establece que las contrataciones cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1 de enero de 2023, no podrán ser renovadas por un periodo mayor a 90 días corridos.

Y en ese mismo período de 3 meses, las autoridades competentes de cada jurisdicción alcanzada deberán realizar un relevamiento exhaustivo del personal contratado cuya fecha de ingreso sea previa al 1 de enero de 2023 con el fin de evaluar la renovación de las contrataciones mencionadas precedentemente.

En caso de que las autoridades decidan renovar dichos contratos, deberán fundar la decisión demostrando la necesidad de continuar con la contratación.