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Cuota de las prepagas: qué dijeron cuatro fallos que suspendieron el aumento para jubilados

Los jueces frenan la desregulación de las cuotas de la medicina prepaga, teniendo en cuenta la edad y que el costo insume la mitad del haber del jubilado
23/02/2024 - 08:40hs
Cuota de las prepagas: qué dijeron cuatro fallos que suspendieron el aumento para jubilados

La Justicia está volteando el capítulo del DNU 70 que desreguló las cuotas de las empresas de medicina prepaga. En concreto, hay 4 fallos claves en distintas provincias que obligaron a las empresas de medicina prepaga a suspender los aumentos para jubilados que no los pueden pagar.

Qué está pasando en la Justicia con el DNU por las prepagas

El DNU 70/2023 modificó el Marco regulatorio de la medicina prepaga, todo control del Gobierno en la autorización de los valores de las cuotas y sobre los planes, con lo cual a partir de enero de 2024 comenzaron a llegar aumentos de los afiliados con aumentos, acumulando febrero, que en casos superan el 150% de lo que se pagaba en diciembre de 2023, indica el abogado Gastón Vidal Quera.

La desregulación de las cuotas está motivando muchas presentaciones judiciales, sobre todo de jubilados y pensionados, a lo largo y a lo ancho del país, por afectar el derecho de propiedad y el derecho a la salud.

Esos aumentos están siendo limitados por la Justicia de diferentes fueros con el dictado de medidas cautelares, en una discusión que no es corta y que está siendo fuertemente resistida por las empresas de medicina prepaga, afirma.

El derecho a la salud es uno de los consagrados por la Constitución Nacional, con lo cual, los derechos adquiridos, no pueden ser cercenados por entidad pública ni privada, sostiene.

El derecho a la vida y a la preservación de la salud, tienen una directa relación con el principio fundamental de la dignidad inherente a la persona humana, soporte y fin de los demás derechos humanos amparados por la Constitución Nacional, Convención Americana sobre Derechos Humanos y Pacto de San José de Costa Rica, puntualiza.

La Justicia avala que los jubilados no paguen los aumentos de la medicina prepaga
La Justicia avala que los jubilados no paguen los aumentos de la medicina prepaga

Qué fallos rechazaron los aumentos de las cuotas

Los cuatro principales fallos que frenaron los aumentos de las empresas de medicina prepaga por el DNU desregulador hasta ahora son los siguientes, según enumera Vidal Quera:

  1. El Juzgado Federal Nº2 de Mendoza emitió un fallo a favor de un afiliado a la empresa de medicina prepaga Medifé que ordena la suspensión de los aumentos de las cuotas mensuales. El hombre de 68 años percibió incrementos que superaban el 55% (entre noviembre, diciembre y enero).
  2. El juez del juzgado 2 de faltas de San Martín, Alejandro Sengiali, le hizo saber a la empresa Medifé que "la cuota del mes de enero de 2024 deberá recalcularse aplicando por RIPTE, lo que se traduce en 6,3% de aumento respecto del valor de la cuota de diciembre de 2023, a cuyo resultante deberá sumarle los impuestos correspondientes".
  3. La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la cautelar dictada por el Juzgado Comercial N°9 para que la empresa de medicina prepaga Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica deje sin efecto el aumento del valor de la cuota del grupo familiar dispuesto en razón de la edad de una mujer afiliada, quien había cumplido 70 años. "Los aumentos injustificados y desproporcionados de la cuota del plan de medicina prepaga, sin dudas pueden devenir en la suspensión o resolución del contrato", había considerado la fiscal.
  4. El Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martin, en el caso "Brauchli, Marta Cristina c/ Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires s/ amparo colectivo" otorgó una medida cautelar, y además:
Los tribunales emitieron 4 fallos claves en defensa de los jubilados
Los tribunales emitieron 4 fallos claves en defensa de los jubilados

Que la empresa de medicina prepaga deje sin efectos los aumentos del DNU 70/23, "limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación, hasta que ese dicte sentencia definitiva".

Teniendo en cuenta "los principios que rigen la preservación de la salud y la vida de las personas, derechos estos reconocidos en el Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales, en el Pacto de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La verosimilitud del derecho, invocada por la accionante, y el peligro en la demora, aparece como inminente dentro del marco escueto de conocimiento que habilita la instancia cautelar –

"La actora corre riesgo inminente de no poder pagar el valor mensual pretendido por la empresa de medicina prepaga demandada y esto conllevaría la falta de cobertura médica necesaria, según denuncia, por su edad y ponderando que de acuerdo a las constancias de la causa percibe un haber previsional que asciende a $323.089,39, el aumento implicaría una erogación de aproximadamente la mitad de su haber".

En el mismo sentido, se expidió el fuero federal de San Martin en varios otros casos, entre otros tribunales que están suspendiendo la aplicación el DNU 70 en lo que hace la desregulación de las cuotas de las empresas de medicina prepaga, sobre todo en casos de jubilados.

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