• 14/10/2024

Reforma laboral: el Gobierno ataca la baja de impuestos para pymes y la indemnización por despidos

El Gobierno quiere mandar su reforma laboral propia y no incluir la baja de impuestos a las pymes, que impulsa la UCR con la disminución de otros costos
15/04/2024 - 18:40hs
Reforma laboral: el Gobierno ataca la baja de impuestos para pymes y la indemnización por despidos

El Gobierno busca impulsar una la reforma laboral propia, buscando legitimar el DNU que anuló la Justicia, para que no avance el proyecto del radicalismo, que defiende una baja de impuestos para las pymes, a pesar de que reduciría la recaudación de la AFIP.

El proyecto de reforma de la UCR también es superador en materia de eliminación de la litigiosidad laboral, ya que norma límites al castigo por no registración o trabajo en gris, para evitar que los jueces puedan establecer cualquier cifra que deja a las pymes fuera del negocio.

También se moderniza la Ley de Contrato de Trabajo con la baja de muchos costos laborales, así como el peso de las indemnizaciones por despido.

Qué dice la reforma laboral sobre los impuestos de las pymes

El secretario de Trabajo aseguró que se presentará un proyecto de reforma laboral dentro de la ley bases, y que se incluirá "todo lo que contenía el DNU"., a pesar del rechazo de los gremios a través de presentaciones en la Justicia.

Sin embargo, hay tensión porque la UCR tiene ya presentada una iniciativa que baja los impuestos al trabajo para las pymes, mientras que mantener la recaudación es clave para el déficit cero del Gobierno.

"De la base imponible sobre la que corresponda aplicar la alícuota (de contribuciones patronales), se detraerá mensualmente, por cada uno y hasta el total de 5 trabajadores por empleador, la suma equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), en concepto de remuneración bruta", plantea el primer artículo del proyecto radical.

El Gobierno quiere enviar al Congreso su propia reforma laboral porque la UCR baja impuestos
El Gobierno quiere enviar al Congreso su propia reforma laboral porque la UCR baja impuestos

Cómo se limita la litigiosidad por falta de registración

Por una parte, el proyecto de la UCR deroga las mismas multas judiciales que el DNU del Gobierno. Pero, por otra parte, agrega limitaciones para que los jueces no puedan fijar cualquier indemnización, sino que la sanción por no registración o trabajo en gris estén normadas por ley. Esto dice el texto:

  1. Habrá defectuosa registración del salario cuando se consignen pagos en dinero inferiores a la remuneración real percibida en dinero por el trabajador. A dichos efectos, y en particular para la procedencia de la multa, no se considerarán remuneración no registrada los viáticos, ni ninguna otra contraprestación no dineraria que reciba el trabajador
  2. Para los empleadores que no registren una relación laboral, las indemnizaciones por antigüedad derivadas de la extinción, por cualquier causa del vínculo laboral, se incrementarán en un 100%, con un tope de 12 salarios.
  3. Para el caso de que se produjera una defectuosa registración, la indemnización por antigüedad derivada de la extinción por cualquier causa del vínculo laboral, se incrementarán en un 50% con un tope de 6 salarios.

Las personas humanas y las personas jurídicas, ante una sentencia judicial condenatoria, podrán acogerse al pago total de la misma en hasta un máximo de 12 cuotas mensuales consecutivas, que se actualizarán por IPC más 3% mensual.

Cómo se pueden evitar estas multas laborales

Las sanciones previstas procederán cuando el trabajador o la asociación sindical que lo representen cumplimente en forma fehaciente las siguientes acciones:

  • Intime al empleador a fin de que proceda a la inscripción, establezca la fecha real de ingreso o el verdadero monto de las remuneraciones.
  • Proceda de inmediato y, en todo caso, no después de las 24 horas hábiles siguientes, a remitir a la AFIP copia de ese requerimiento.

Si el empleador contesta la intimación y da total cumplimiento a la intimación dentro del plazo de los 30 días, quedará eximido del pago de estas multas.

Si el empleado intima al empresario y este corrige la registración, no habra multas laborales
Si el empleado intima al empresario y este corrige la registración, no habra multas laborales

Cómo se baja el costo de las indemnizaciones por despido

Entre los motivos para despedir con justa causa, se incluye como "injuria laboral grave", la participación en bloqueos o tomas de establecimiento. En caso de daño a personas o cosas, ni siquiera será necesario intimar en forma previa al despido.

La base de cálculo de la indemnización por despido no incluirá el aguinaldo, ni conceptos de pago semestral o anual.

Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior 8% de la remuneración computable.

Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado de capitalización a su costo, a fin de solventar la indemnización.

En caso de reingreso, la indemnización resultante no podrá ser inferior a la que hubiera correspondido al trabajador si su período de servicios hubiera sido solo el último y con prescindencia de los períodos anteriores al reingreso.

En el proyecto radical, quien denuncia tiene que aportar la prueba
En el proyecto radical, quien denuncia tiene que aportar la prueba

Cuáles son los 9 cambios claves en la Ley de Contrato de Trabajo

Las siguientes son las principales modificaciones de la Ley de Contrato de Trabajo que bajan los costos de las empresas:

1. En los juicios se mantiene la ley más favorable al trabajador, pero la prueba corresponde a quien invoca un derecho.

2. Es posible establecer acuerdos relativos a modificaciones de elementos esenciales del contrato de trabajo o de desvinculación. La homologación es optativa.

3. La presunción de contrato de trabajo no será de aplicación cuando la relación se trate de contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios, y se emitan los recibos o facturas.

4. El certificado de trabajo se considera cumplido cuando la información se encuentre actualizada y disponible para el trabajador a través de la página web de ANSES.

5. El período de prueba se alarga a 6 meses, y no a 8 como hacía el DNU.

6. El sueldo se podrá depositar en Mercado Pago.

7. Se mantiene la solidaridad en caso de tercerización, pero se prevé un mecanismo simplificado para que la empresa que contrata retenga a la que presta el servicio, el pago las remuneraciones y contribuciones previsionales que reclamen los trabajadores.

8. El recibo de sueldo puede contener una simple firma electrónica.

9. Queda a disposición del convenio colectivo el régimen de trabajo, las horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral.

El Gobierno busca impulsa el DNU rechazado por la Justicia, como reforma laboral propia, para que no avance el proyecto del radicalismo, que defiende una baja de impuestos para las pymes, a pesar de que reduciría la recaudación de la AFIP.

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