Economía del Conocimiento: ajustan pautas para la emisión de bonos de crédito fiscal para 2025
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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, mediante la Resolución 67/2025 publicada en el Boletín Oficial, establece modificaciones significativas en el proceso de emisión de bonos de crédito fiscal para las empresas inscriptas en el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, y fija en cero la tasa de verificación y control hasta fin de año, buscando una administración más eficiente del cupo fiscal.
Entre las principales novedades, desde Errepar destacan que la resolución establece que las empresas que iniciaron su trámite en 2024 y sean dadas de alta en 2025 no recibirán beneficios correspondientes al período anterior, debido al agotamiento del cupo fiscal de 2024. A partir de ahora, la emisión de los bonos de crédito fiscal comenzará en enero de 2025 para las nuevas inscripciones, siempre sujeto a la disponibilidad del cupo fiscal.
La medida, busca optimizar la gestión de los beneficios fiscales, especialmente en lo referente a los bonos de crédito fiscal, responden a la necesidad de administrar eficientemente el cupo fiscal disponible y garantizar la continuidad de los beneficios previstos por la ley.
Economía del conocimiento: cambios en la emisión de bonos de crédito fiscal
Con el objetivo de mejorar la previsibilidad y evitar el impacto negativo de la retroactividad en el cálculo del cupo fiscal, la normativa modifica el momento de emisión de los bonos para las nuevas inscripciones. De ahora en más, para las empresas que inicien sus trámites tras la entrada en vigencia de esta resolución, la emisión de los bonos de crédito fiscal se realizará a partir del mes siguiente a la fecha de notificación del acto administrativo que otorga la inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios.
Asimismo, se especifican los criterios para los ajustes sobre los bonos:
- Solo procederán ajustes a favor de las beneficiarias si la Autoridad de Aplicación cometió un error material durante la emisión.
- Las modificaciones al Formulario 931 ARCA realizadas con posterioridad a la emisión de los bonos no generarán ajustes retroactivos para ese período.
- Se limita a cuatro períodos previos la información de los F. 931 ARCA que se considerará para la emisión de un período determinado.
- El restablecimiento de beneficios fiscales suspendidos por incumplimientos (como demoras en presentaciones anuales o bienales) no tendrá efecto retroactivo a la fecha original de presentación.
Tasa de Verificación y control en cero para 2025
También se establece que para las empresas del sector se fija en CERO POR CIENTO (0%) del monto a abonar en concepto de tasa de verificación y control, hasta el 31 de diciembre de 2025. Según los considerandos de la resolución, esta decisión se toma al contar con fondos suficientes para afrontar las auditorías correspondientes al presente año.
En paralelo, la Secretaría de la Pequeña y Mediana empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento mediante resolución 68/2025, pone en marcha el Consejo Asesor del Fondo para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC).
Su propósito será brindar asesoramiento a la secretaría y subsecretaría de la pequeña y mediana empresa, emprendedores y economía del conocimiento, para el diseño, implementación y evaluación de programas y proyectos destinados a fomentar el empleo y la competitividad en el sector de la Economía del Conocimiento.