Ganancias Personas Humanas: ARCA actualiza las normas vigentes
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ARCA oficializa el ordenamiento, revisión y actualización de las normas vigentes en el Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas y las agrupa en un solo cuerpo normativo.
Así lo establece la Resolución general 5692/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
En primer término, la flamante norma establece que la determinación del impuesto, así como la confección de la respectiva declaración jurada, deberán realizarse -exclusivamente- a través del servicio denominado "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado" disponible en el sitio web de ARCA.
Para ello, los contribuyentes deberán contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior. Las características, funcionalidades y demás aspectos técnicos del aludido servicio informático podrán consultarse en el micrositio "Ganancias y Bienes Personales" del sitio web de ARCA.
Ganancias personas humanas y sucesiones indivisas: actualización de pautas
En tanto, la presentación del formulario de declaración jurada F. 711, deberá efectuarse cuando, respecto de un período fiscal, exista alguna de las siguientes situaciones:
a) El contribuyente se encuentre inscripto, aun en los casos en que no se determine ganancia neta sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal, o
b) corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun si el contribuyente no hubiera solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso.
Por otra parte, el ingreso del saldo resultante se realizará mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos a través de Internet, a cuyo efecto se deberá generar el respectivo Volante Electrónico de Pago (VEP) utilizando el código de Impuesto-Concepto-Subconcepto: 11-019-019.
Para el pago de los intereses y demás accesorios que correspondan a la obligación principal, se deberán seleccionar los códigos de subconcepto pertinentes al generar el Volante Electrónico de Pago (VEP).
La presentación de la declaración jurada deberá efectuarse hasta el día del mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal conforme la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los responsables.
El ingreso del saldo resultante de la declaración jurada deberá realizarse hasta el día hábil administrativo inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda, de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior.
Ganancias: Participaciones societarias
La determinación del resultado impositivo derivado de sociedades, será efectuada por el socio con participación social mayoritaria o, en caso de participaciones iguales, por el que posea la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) menor.
Los sujetos que tengan participaciones en sociedades deberán solicitar a las mismas y éstas entregar, los datos necesarios para que aquellos cumplan con las obligaciones establecidas en la normativa vigente.
De tratarse de las sociedades antes mencionadas, será obligación del socio responsable de la presentación del formulario de declaración jurada respectivo facilitar la disponibilidad de la correspondiente información, la que deberá suministrarse con una antelación suficiente para permitir el cumplimiento oportuno, según la fecha de vencimiento general fijada para la presentación de la declaración jurada para cada año fiscal.
En tanto, las declaraciones juradas originarias y/o rectificativas determinativas del impuesto a las ganancias anteriores al período fiscal 2017, deberán confeccionarse de acuerdo con las pautas que a continuación se indican:
- Por el período 2007 hasta 2016: Programa aplicativo unificado denominado "SIAP-GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS - BIENES PERSONALES - Versión 18.01".
- Por el período 2006 y anteriores: Programa aplicativo denominado "SIAP-GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS Versión 7.1 Release 4".