Ya es oficial: ARCA elevó a $10 millones el monto para identificar en las facturas a consumidores finales
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ARCA eleva a $10.000.000 el importe a partir del cual corresponde identificar en los comprobantes al adquirente, locatario o prestatario cuando revista el carácter de consumidor final.
Así lo establece la Resolución General 5700/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial.
En paralelo, la flamante norma amplía a $ 500.000 el importe de las operaciones que pueden respaldarse mediante la utilización del "Facturador".
Al consumidor final, se lo identifica -superado los $10 millones- a través de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) o, en su caso, número de documento nacional de identidad (DNI). En el supuesto de extranjeros, documento o cédula de identidad del país de origen o pasaporte.
ARCA: los nuevos valores que disparan las investigaciones del organismo fiscal
A continuación, el detalle de los nuevos valores que rigen desde junio 2025 para no ser investigados por ARCA, la ex AFIP:
- Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $50 millones para personas físicas y de $30 millones para personas jurídicas
- Extracciones en efectivo: el umbral será de $10 millones para personas físicas y de $10 millones para jurídicas
- Los saldos bancarios se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas
- Plazos fijos: se elevan a $100 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas
- Tenencias en sociedades de bolsa: sube a $100 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas
- Compras de consumidor final: se eleva a $10 millones para ambos rubros
- Se podrán hacer compras de hasta $10 millones sin que nadie requiera información adicional
Qué estableció ARCA sobre los regímenes de información
Las resoluciones generales 5697/2025 y 5698/2025 de ARCA derogan regímenes de información referidos a inmuebles, vehículos usados, consumo de servicios relevantes y expensas.
Régimen informativo para compras con tarjeta de débito, crédito y billeteras virtuales para consumos personales. Las administradoras de tarjetas de crédito le informaban a ARCA todas las compras que hace una persona usando ese medio de pago. Desde ahora no se van a informar más, por lo que el monto de los consumos personales va a estar resguardado como toda información privada.
CITI Escribanos (Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes), un sistema de información implementado por la ex AFIP, a través del cual los escribanos debían reportar mensualmente determinadas operaciones notariales a partir de $10 millones. Desde ahora, los escribanos ya no deberán reportar ninguna operación a ARCA.
Régimen informativo de compra-venta de vehículos usados (rodados). Los concesionarios no deberán reportar ninguna operación a ARCA.
Régimen informativo de pago de expensas (informaba a partir de $32.000). Las administradoras de consorcios no deberán reportar más el pago de expensas a ARCA.
Código Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI). El vendedor de una propiedad o el agente inmobiliario no deberá reportar más a ARCA cuando ponga la propiedad a la venta.