Ganancias: luego de los anuncios, quiénes pueden no declarar su patrimonio con el nuevo régimen
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Ya ingresó al Congreso de la Nación el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, que impulsa la creación de un nuevo régimen simplificado para el Impuesto a las Ganancias, dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas.
La iniciativa apunta a reducir la carga administrativa de los contribuyentes que saquen los dólares del colchón para su circulación legal, mientras se simplifica las formas con las que se cumplen las obligaciones fiscales.
De acuerdo al proyecto, el trámite de opción se podrá realizar a partir del 1 de junio de 2025 y hasta el día previo al primer vencimiento general de la declaración jurada de Ganancias en junio de 2026.
Régimen simplificado de Ganancias: quiénes pueden no declarar su patrimonio
de aprobarse el proyecto en el Congreso, aquellos contribuyentes que elijan optar por el régimen simplificado, no tendrán la obligación de informar el patrimonio al inicio y al final del período fiscal, lo que podría eliminar esta carga administrativa en el futuro.
Por ende, esto también elimina el cálculo del monto consumido que se deriva del cruce patrimonial y es el dinero utilizado para vivir durante el año. Esta modificación permite un sistema más ágil, basado en información precargada por ARCA, y reduciendo la carga administrativa para el contribuyente.
Requisitos para adherirse al régimen simplificado ARCA
El nuevo régimen será aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones. A continuación, los requisitos:
- No contar con CUIT limitado administrativamente por los motivos establecidos en el artículo 9 de la RG (AFIP) 3832.
- No estar clasificados en los segmentos de mayor significación fiscal (segmentos 11 o 12) según la segmentación que realiza ARCA
Asimismo, deberán cumplir, al 31 de diciembre del año anterior al que se ejerza la opción, y durante los dos años fiscales anteriores a aquel, con los siguientes parámetros simultáneos:
- Ingresos totales: hasta $1.000 millones (incluye gravados, exentos y/o no gravados por Ganancias).
- Patrimonio total: hasta $10.000 millones (considerando bienes en el país y en el exterior, tanto gravados como no gravados y/o exentos en bienes personales).
- No ser considerado Gran Contribuyente Nacional por parte de ARCA.